Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia dictada por el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal el 15 de enero de 2007 en el juicio de amparo 969/2006 promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., la emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 9 de enero de 2008 en el amparo en revisión 493/2007, y la dictada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de 14 de marzo de 2008 en el amparo en revisión RA-171/2007-2589   

Fecha de disposición15 Enero 2007
Fecha de publicación30 Mayo 2008
MateriaDerecho Procesal
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se da cumplimiento a la sentencia dictada por el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal el 15 de enero de 2007 en el juicio de amparo 969/2006 promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., la emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 9 de enero de 2008 en el amparo en revisión 493/2007, y la dictada por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de 14 de marzo de 2008 en el amparo en revisión RA-171/2007-2589.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

RESOLUCION POR LA QUE SE DA CUMPLIMIENTO A LA SENTENCIA DICTADA POR EL JUEZ DECIMOSEXTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL EL 15 DE ENERO DE 2007 EN EL JUICIO DE AMPARO 969/2006 PROMOVIDO POR LA UNION AGRICOLA REGIONAL DE FRUTICULTORES DEL ESTADO DE CHIHUAHUA, A.C., LA EMITIDA POR LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION EL 9 DE ENERO DE 2008 EN EL AMPARO EN REVISION 493/2007, Y LA DICTADA POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO DE 14 DE MARZO DE 2008 EN EL AMPARO EN REVISION RA-171/2007-2589.

La Secretaría de Economía, en adelante la Secretaría, en cumplimiento de la sentencia dictada por el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal el 15 de enero de 2007 en el juicio de amparo 969/2006 promovido por la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en relación con las diversas emitidas por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación el 9 de enero de 2008 en el amparo en revisión 493/2007, y por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito de 14 de marzo de 2008 en el amparo en revisión RA-171/2007-2589, emite esta Resolución con base en los siguientes:

RESULTANDOS

Resolución final de la investigación antidumping

1. El 12 de agosto de 2002, la Secretaría publicó en el Diario Oficial de la Federación, en lo sucesivo el DOF, la resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de manzanas de mesa de las variedades red delicious y sus mutaciones y golden delicious, mercancía clasificada en la fracción arancelaria 0808.10.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en adelante la TIGIE originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia.

Cuotas compensatorias definitivas

2. En la resolución citada con antelación, la Secretaría impuso una cuota compensatoria en los siguientes términos:

A. De 0 (cero) por ciento para las importaciones de manzanas de mesa provenientes de las empresas Price Cold Storage & Packing Company, Inc., y Washington Fruit and Produce Co., en los términos descritos en la propia resolución, y

B. De 46.58 por ciento a las importaciones de manzanas de mesa de las variedades red delicious y sus mutaciones y golden delicious, originarias de Estados Unidos y provenientes de cualquier empresa exportadora distinta a las mencionadas, o bien que, proviniendo de estas empresas, no sean de los huertos a los que compraron las mercancías durante el periodo investigado.

Procedimiento de revisión anual solicitado por C.M. Holtzinger Fruit Company Inc.

Resolución de inicio

3. El 21 de octubre de 2003 se publicó en el DOF la resolución por la que se aceptó la solicitud y se declaró el inicio de la revisión de la cuota compensatoria de 46.58 por ciento impuesta a las importaciones de manzanas de mesa de las variedades red delicious y sus mutaciones y golden delicious, originarias de Estados Unidos, para lo cual se fijó como periodo de revisión el comprendido de enero a julio de 2003.

Resolución preliminar

4. El 7 de julio de 2004, la Secretaría publicó en el DOF la resolución preliminar de la revisión señalada en el punto anterior, en la que determinó continuar el procedimiento de revisión sin modificar los términos de la cuota compensatoria en revisión.

Resolución final

5. El 12 de septiembre de 2006 se publicó en el DOF la resolución final de la revisión señalada, mediante la cual se revocó la cuota compensatoria definitiva de 46.58 por ciento impuesta mediante la resolución final de 12 de agosto de 2002 a las importaciones de manzanas originarias de Estados Unidos y provenientes de la empresa C.M. Holtzinger Fruit Company, Inc.

Juicio de Amparo

6. El 4 de octubre de 2006 la Unión Agrícola Regional de Fruticultores del Estado de Chihuahua, A.C., en lo sucesivo la UNIFRUT, promovió juicio de amparo indirecto en contra de la resolución que se especifica en el punto anterior. Fue remitido por razón de turno al Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal.

7. Por sentencia de 15 de enero de 2007, el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en lo sucesivo el Juez de la causa, determinó no amparar ni proteger a la quejosa...

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