Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, por el que se modifican los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2011, aprobados mediante el Acuerdo JGE25/2011

Fecha de disposición06 Septiembre 2011
Fecha de publicación06 Septiembre 2011
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Junta General Ejecutiva.- JGE84/2011. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2011, APROBADOS MEDIANTE EL ACUERDO JGE25/2011.

Antecedentes

  1. En sesión ordinaria del 13 de diciembre de 2010, el Consejo General mediante Acuerdo CG421/2010, aprobó el Presupuesto del Instituto Federal Electoral para el Ejercicio Fiscal 2011, establece las obligaciones y las medidas de racionalidad y disciplina presupuestaria que se derivan de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011.

  2. En el punto Séptimo del Acuerdo antes referido en el antecedente 1, se establece que la Dirección Ejecutiva de Administración someterá a la aprobación de la Junta General Ejecutiva, a más tardar en el mes de febrero del presente año, la actualización de los Lineamientos generales para el ejercicio presupuestal 2011.

  3. El 25 de febrero del 2011 en sesión extraordinaria, la Junta General Ejecutiva aprobó los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2011.

    Considerando

    1. Que los artículos 41, párrafo segundo, Base V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;104; 105, párrafo 2 y 106, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establecen que la organización de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un organismo público autónomo denominado Instituto Federal Electoral, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propios, en cuya integración participan el Poder Legislativo de la Unión, los partidos políticos nacionales y los ciudadanos, en los términos que ordena la ley, y que en el ejercicio de esa función estatal la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad serán principios rectores.

    2. Que el artículo 134, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que la administración de los recursos federales deberá realizarse con eficiencia, economía, transparencia, eficacia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

    3. Que el artículo 106, párrafo 2 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, determina que el patrimonio del Instituto se integra con los bienes muebles e inmuebles que se destinen al cumplimiento de su objeto y las partidas que anualmente se le señalen en el Presupuesto de Egresos de la Federación, así como con los ingresos que reciba por cualquier concepto, derivados de la aplicación de las disposiciones del citado Código.

    4. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 del Código comicial federal, los órganos centrales del Instituto Federal Electoral son: el Consejo General, la Presidencia del Consejo General, la Junta General Ejecutiva, la Secretaría Ejecutiva y la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos.

    5. Que conforme a lo establecido en el artículo 121, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Junta General Ejecutiva del Instituto será presidida por el Presidente del Consejo General y se integrará con el Secretario Ejecutivo y con los Directores Ejecutivos del Registro Federal de Electores, de Prerrogativas y Partidos Políticos, de Organización Electoral, del Servicio Profesional Electoral, de Capacitación Electoral y Educación Cívica, y de Administración.

    6. Que en términos del artículo 122, párrafo 1, inciso b) del Código de la materia, es atribución de la Junta General Ejecutiva fijar los procedimientos administrativos, conforme a las políticas y programas generales del Instituto.

    7. Que la coordinación de la Junta General Ejecutiva está a cargo del Secretario Ejecutivo, quien además conduce la administración y supervisa el desarrollo adecuado de las actividades de los órganos ejecutivos y técnicos del Instituto, como lo establece el artículo 123 del citado Código.

    8. Que el artículo 125, párrafo 1, incisos k) y p) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece como atribuciones del Secretario Ejecutivo, proveer a los órganos del Instituto de los elementos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como ejercer las partidas presupuestales aprobadas.

    9. Que de conformidad con el artículo 133, párrafo 1, incisos a), b), d) y h) del Código comicial, son atribuciones de la Dirección Ejecutiva de Administración, aplicar las políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros y materiales del Instituto; organizar, dirigir y controlar la administración de los recursos materiales y financieros, así como la prestación de los servicios generales del Instituto; establecer y operar los sistemas administrativos para el ejercicio y control presupuestales, y atender las necesidades administrativas de los órganos del Instituto.

    10. Que de conformidad con el artículo 391, incisos e) y f) del Código comicial, corresponde a la Contraloría General verificar que las diversas áreas administrativas del Instituto que hubieren recibido, manejado, administrado o ejercido recursos, lo hagan conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y montos autorizados, así como en el caso de los egresos, con cargo a las partidas correspondientes y con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas conducentes, así como revisar que las operaciones presupuestales que realice el Instituto se hagan con apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables a estas materias.

    11. Que el artículo 38, numeral 1, incisos a) y c) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, establece que corresponde a la Junta General Ejecutiva cumplir y ejecutar los Acuerdos del Consejo General del Instituto Federal Electoral, así como dictar los Acuerdos y Lineamientos necesarios para la adecuada ejecución de los mismos.

    12. Que el artículo 39, numeral 2, inciso b) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral, establece que le corresponde al Secretario Ejecutivo ejecutar y supervisar el adecuado cumplimiento de los Acuerdos del Consejo General y de la Junta General Ejecutiva.

    13. Que el artículo 48, numeral 1, incisos c) y e) del mismo Reglamento, establece que corresponde a la Dirección Ejecutiva de Administración dirigir y supervisar la elaboración de los documentos normativo-administrativos necesarios para el desarrollo de las funciones del Instituto, sometiéndolos a la aprobación de la Junta General Ejecutiva, así como organizar y dirigir la administración de los recursos materiales, financieros y del personal del Instituto.

    14. Que en el transcurso de la aplicación de los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2011, diversas áreas administrativas del Instituto Federal Electoral han formulado observaciones a su contenido, por lo que la Dirección Ejecutiva de Administración evaluó la procedencia de incluirlas y presentar a consideración de la Junta General Ejecutiva las modificaciones a los Lineamientos, con la finalidad de hacerlos más precisos a efecto de cumplir oportunamente con los objetivos estratégicos y específicos del Instituto.

    15. Que en razón de lo anterior, es necesario que la Junta General Ejecutiva emita el presente Acuerdo.

      De conformidad con los antecedentes y considerandos expresados, y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 41, Base V, párrafo primero; 134, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 104; 105, párrafo 2 y 106, párrafos 1 y 2; 108; 121, párrafo 1; 122, párrafo 1, inciso b); 123; 125, párrafo 1, incisos k) y p); 133, párrafo 1, incisos a), b), d) y h); 391, incisos e) y f); del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; 38, numeral 1, incisos a) y c); 39, numeral 2, inciso b); 48, numeral 1, incisos c) y e) del Reglamento Interior del Instituto Federal Electoral; punto Séptimo del Acuerdo CG421/2010 del Consejo General, por el que se aprueba el presupuesto del Instituto Federal Electoral para el Ejercicio Fiscal 2011, la Junta General Ejecutiva emite el siguiente:

      Acuerdo

      PRIMERO.- Se modifican los Lineamientos Generales para el Ejercicio Presupuestal 2011 los cuales se anexan y forman parte del presente Acuerdo, y se abrogan los Lineamientos aprobados mediante el Acuerdo JGE25/2011.

      SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección Ejecutiva de Administración para que haga del conocimiento de todas las unidades administrativas del Instituto Federal Electoral el presente Acuerdo.

      TERCERO.- La Dirección Ejecutiva de Administración vigilará la correcta aplicación de los presentes Lineamientos.

      CUARTO.- La Contraloría General del Instituto Federal Electoral verificará que el ejercicio del presupuesto del año 2011 del Instituto se efectúe conforme a los presentes Lineamientos.

      QUINTO.- Todas aquellas disposiciones normativas aprobadas por la Junta General Ejecutiva y que se contrapongan a los presentes Lineamientos quedarán sin efecto a partir de la entrada en vigor de los mismos.

      SEXTO.- En cumplimiento a lo establecido por el Acuerdo del Consejo General CG421/2010, la Presidencia del Consejo, los Consejeros Electorales, la Secretaría Ejecutiva, los Directores Ejecutivos, el Contralor General, el Titular de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, los Directores de Unidades Técnicas, así como los Vocales Ejecutivos Locales y Distritales serán responsables de que el manejo, control y comprobación del ejercicio del presupuesto autorizado, se ejecute con base en los presentes Lineamientos Generales; así como de las demás disposiciones que para tal efecto aprueben y emitan las autoridades competentes de este Instituto.

      SEPTIMO.- Las plurianualidades reguladas en los artículos 21, párrafo tercero del Reglamento del Instituto Federal Electoral en...

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