Acuerdo por el que se declaran días no laborables de la Auditoría Superior de la Federación, adicionales a los previstos en el artículo 59 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

Fecha de disposición28 Febrero 2013
Fecha de publicación28 Febrero 2013
EmisorAUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION
SecciónPRIMERA. Poder Legislativo

Al margen un logotipo, que dice: Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados.

ACUERDO POR EL QUE SE DECLARAN DIAS NO LABORABLES DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION, ADICIONALES A LOS PREVISTOS EN EL ARTICULO 59 DE LA LEY DE FISCALIZACION Y RENDICION DE CUENTAS DE LA FEDERACION.

CPC. JUAN MANUEL PORTAL MARTINEZ, Auditor Superior de la Federación, con fundamento en los artículos 74, fracción VI, y 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, 59, 79, 85, fracciones I, XII, y XXII, y demás relativos de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación; 1o, 2o, 4o y 5o, fracciones I y XX, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 74, fracción VI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que para la revisión de la Cuenta Pública, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión se apoyará en la entidad de fiscalización superior de la Federación;

Que el artículo 79 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece las atribuciones a cargo de la entidad de fiscalización superior de la Federación;

Que la Auditoría Superior de la Federación tiene autonomía técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones y para decidir sobre su organización interna, funcionamiento y resoluciones, de conformidad con lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación;

Que la Auditoría Superior de la Federación es la entidad de fiscalización superior de la Federación, con las atribuciones y funciones encomendadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación y demás ordenamientos jurídicos aplicables, la que para su ejercicio y despacho de los asuntos que le competen, contará con unidades administrativas y servidores públicos adscritos a las mismas;

Que el artículo 59 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación establece que las actuaciones y diligencias se practicarán en días y horas hábiles; son días hábiles todos los del año, con excepción de los sábados, domingos, el 1 de enero, el primer lunes de febrero, el tercer lunes de marzo, el 1 de mayo, el 5 de mayo, el 16 de septiembre, el 2 de noviembre, el tercer lunes de noviembre, el 25 de diciembre y los días que declare como no laborables la Auditoría Superior de la Federación mediante publicación en...

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