Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una sociedad financiera de objeto limitado que se denominará Financiera Educativa de México, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado

EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fecha de publicación03 Mayo 2005
Fecha de disposición03 Mayo 2005
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se autoriza la organización y operación de una sociedad financiera de objeto limitado que se denominará Financiera Educativa de México, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 213.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31 fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 6o. fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Finedu, S.A. de C.V. , mediante diversos escritos, el último de fecha 17 de febrero de 2005, presentados por la licenciada Myrna Briselda Blancas Vargas y por el ingeniero Francisco Eduardo González-Cos Rocha, en su carácter de representantes legales de la misma, personalidad que tienen debidamente acreditada ante esta Secretaría, solicitaron autorización del Gobierno Federal, a través de esta dependencia, para que dicha sociedad anónima se organice y opere como sociedad financiera de objeto limitado;

  2. En el escrito señalado en el numeral anterior, Finedu, S.A. de C.V. , solicitó autorización de esta Secretaría para que, una vez autorizada su organización y operación como sociedad financiera de objeto limitado, modifique su denominación social por la de Financiera Educativa de México, S.A. de C.V., Sociedad Financiera de Objeto Limitado , adecuando su objeto social y estatutos conforme a la autorización que se les otorgue para esos efectos;

  3. Mediante oficio UBA/DGABM/1220/2004 del 12 de noviembre de 2004, esta Secretaría le informó a la licenciada Myrna Briselda Blancas Vargas, que a efecto de estar en aptitud de otorgar la autorización a que se refiere el artículo 103 fracción IV de la Ley de Instituciones de Crédito, debería remitir la información y documentación descrita en el propio oficio;

  4. Finedu, S.A. de C.V. , actuando a través de su representante legal, mediante escritos del 7 de enero y 4 de febrero de 2005, remitió la información y documentación solicitada en el oficio mencionado en el punto anterior;

  5. Mediante oficio UBA/DGABM/203/2005 de fecha 11 de febrero de 2005, esta Secretaría solicitó la opinión de la Comisión...

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