Lineamientos del Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales (PROIND), para el Ejercicio Fiscal 2012

Fecha de disposición04 Febrero 2012
Fecha de publicación04 Febrero 2012
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 74, 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 5, fracción XVI y 22, fracciones XII y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 28 último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala que se podrán otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando éstas sean generales, de carácter temporal y no afecten las finanzas de la Nación;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en su segundo eje, Economía competitiva y generadora de empleos, tiene como uno de sus objetivos, potenciar la productividad y competitividad de la economía mexicana para lograr un crecimiento económico sostenido y acelerar la creación de empleos; para lo cual se establece como estrategia diseñar agendas sectoriales para la competitividad de sectores económicos de alto valor agregado y contenido tecnológico, y de sectores precursores, así como la reconversión de sectores tradicionales, a fin de generar empleos mejor remunerados;

Que uno de los principales objetivos que establece el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 es la aplicación transparente y efectiva de los recursos federales, a fin de contar con mecanismos eficientes de orientación y control de gasto público;

Que la industria alimentaria, que integra a los distintos eslabones de las cadenas agroindustriales, enfrenta una importante desarticulación con los sectores agrícola y pecuario, lo que ha generado que la producción se concentre en bienes poco elaborados, en contraste con la tendencia de la demanda mundial por alimentos más procesados, y que la reconversión de dicha industria hacia productos con mayores niveles de transformación, proceso que integra a los distintos eslabones de las cadenas agroindustriales, es fundamental para potenciar su crecimiento;

Que la coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, explotar la complementariedad y reducir gastos administrativos, a través de acciones de coordinación con dependencias del sector público federal, estatal o municipal, o los organismos del sector privado;

Que la Secretaría de Economía tiene como facultad el promover, orientar, fomentar y estimular la industria nacional, y establecer la política de industrialización de los productos agrícolas, en coordinación con las dependencias competentes;

Que el Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales (PROIND) es una política del Gobierno Federal para impulsar la competitividad de Sectores Industriales estratégicos;

Que la intención de la Secretaría de Economía es que dichos mecanismos de coordinación garanticen que el PROIND no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones del Gobierno Federal, y

Que con el propósito de contar con un mecanismo que asegure la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados, se expiden los siguientes

LINEAMIENTOS DEL PROGRAMA PARA IMPULSAR LA COMPETITIVIDAD DE LOS SECTORES INDUSTRIALES (PROIND), PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012

OBJETIVOS Y DEFINICIONES

Objetivos generales y específicos

  1. El Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales tiene como objetivo general, promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de subsidios de carácter temporal para

    mantener o promover la producción de los Sectores Industriales en México en actividades económicas estratégicas, que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad y sustentabilidad, además de buscar elevar la competitividad y atenuar el impacto en el desempeño productivo de las industrias afectadas por coyunturas económicas.

  2. Son objetivos específicos del PROIND:

    1. Promover el desarrollo productivo y económico de los Sectores Industriales;

    2. Mantener, estimular y promover la inversión de los Sectores Industriales;

    3. Mantener la producción de los Sectores Industriales;

    4. Estimular la competitividad de los Sectores Industriales;

    5. Atenuar el impacto del incremento de precios de materias primas e insumos;

    6. Contribuir al mejoramiento de los procesos productivos de los Sectores Industriales;

    7. Fomentar la generación, integración y fortalecimiento de las cadenas productivas;

    8. Contribuir al desarrollo y modernización de la infraestructura física, industrial, comercial y de servicios para favorecer la integración de las capacidades técnicas, operativas y comerciales de los Sectores Industriales, y

    9. Fomentar el acceso al financiamiento de los Sectores Industriales;

    Definiciones

  3. Para efectos de los presentes Lineamientos, se entenderá por:

    1. Apoyos: Los recursos económicos, vía subsidios de carácter temporal, que el Gobierno Federal otorgará por conducto de la Secretaría de Economía, en los términos del Presupuesto de Egresos de la Federación vigente, a quienes resulten Beneficiarios;

    2. Beneficiario: Persona física o moral del Sector Industrial autorizado por el Consejo Directivo, para acceder al apoyo del PROIND mediante una Solicitud de Apoyo presentada a través del Organismo Intermedio. En el caso de utilizar la categoría VI podrán ser beneficiarios los Organismos Intermedios cuyas solicitudes de apoyo contribuyan a la creación, consolidación y competitividad de la población objetivo y sean autorizados por el Consejo Directivo;

    3. COFEMER: Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

    4. Consejo Directivo: Es la instancia normativa del PROIND;

    5. Convenio de Colaboración: Instrumento jurídico que será celebrado entre la Secretaría de Economía, a través de la Subsecretaría de Industria y Comercio, en su caso, la Representación Federal y la Instancia Ejecutora, y el Organismo Intermedio, para formalizar la entrega de los apoyos del PROIND para la ejecución de las Solicitudes de Apoyo autorizadas por el Consejo Directivo y en el que se establecerán los compromisos generales y acciones tendientes a promover el desarrollo de los Sectores Industriales, de acuerdo con los objetivos específicos del Programa;

    6. Criterios de Operación: Documento mediante el cual el Consejo Directivo precisa la operación del PROIND para cada Sector Industrial específico, el cual será autorizado por el Titular del Ramo, y que se publicará en el Diario Oficial de la Federación;

    7. DGIB: La Dirección General de Industrias Básicas de la Secretaría de Economía, instancia ejecutora del PROIND;

    8. Informe de avance: Información que el Beneficiario, en su caso, envía para corroborar la correcta aplicación de los recursos federales otorgados así como el cumplimiento de lo establecido en la Solicitud de Apoyo autorizada por el Consejo Directivo al Organismo Intermedio y este último, una vez validada y aprobada la información, la envía a la DGIB. La información deberá cumplir con lo establecido en los Criterios de Operación del sector industrial;

    9. Informe final: Información que el Beneficiario envía para corroborar la correcta aplicación de los recursos federales otorgados así como el cumplimiento de lo establecido en la Solicitud de Apoyo autorizada por el Consejo Directivo al Organismo Intermedio y este último, una vez validada y

      aprobada la información, la envía a la DGIB. El informe deberá cumplir con lo establecido en el formato que se establezca en los Criterios de Operación del Sector Industrial;

    10. Organismo Empresarial: Organismos, uniones, asociaciones, cooperativas, cámaras, consejos, federaciones, grupos o entidades de fomento empresarial, sin fines de lucro; empresas integradoras; la banca de desarrollo; todos ellos constituidos conforme a la legislación mexicana;

    11. Organismo Intermedio: Organismo Empresarial cuyos fines u objeto sean promover o apoyar preponderadamente al Sector Industrial autorizado, para que este último dé cumplimiento a uno o más de los objetivos del PROIND o de los Criterios de Operación del Sector Industrial o la banca de desarrollo. Estos organismos deberán ser autorizados para fungir como tal por el Consejo Directivo;

    12. Personas Morales: La agrupación de personas que forman entes colectivos con finalidad lícita, a la que la ley les ha reconocido capacidad jurídica independiente a la de sus integrantes para adquirir derechos y contraer obligaciones;

    13. Población Objetivo: Industrias estratégicas vulnerables de padecer efectos negativos de una coyuntura económica, pudiendo ser personas físicas, con actividad empresarial, o morales del Sector Industrial autorizado, considerándose en este rubro a los organismos, agrupamientos empresariales, empresas integradoras y asociaciones civiles; los organismos públicos, privados o mixtos sin fines de lucro entre cuyos objetivos se encuentre el desarrollo del Sector Industrial autorizado; la banca de desarrollo y las asociaciones del sector financiero que tengan dentro de sus objetivos el fortalecimiento de ese mismo Sector;

    14. Población Potencial: Sectores Industriales vulnerables a padecer los efectos negativos de una coyuntura económica;

    15. PROIND: Programa para Impulsar la Competitividad de los Sectores Industriales;

    16. Representación Federal: Delegación, Subdelegación u Oficina de Servicio de la Secretaría de Economía correspondiente;

    17. SE: La Secretaría de Economía;

    18. Sector Industrial: Conjunto de industrias cuya actividad económica principal consiste en el diseño, desarrollo, producción y/o comercialización de productos con valor agregado. El Consejo Directivo autorizará el o los Sectores Industriales por apoyar, y definirá sus respectivos Criterios de Operación;

    19. SHCP: Secretaría de Hacienda y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR