Lineamientos para coordinar y llevar a cabo los procedimientos de contratación consolidada para la adquisición o arrendamiento de bienes muebles o la prestación de servicios de cualquier naturaleza.

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EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- HACIENDA.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público. THALÍA CONCEPCIÓN LAGUNAS ARAGÓN, Oficial Mayor en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 31, fracciones XXV, XXVI y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; Transitorios Primero, Sexto, Séptimo, Octavo y Décimo Tercero del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de noviembre de 2018; 17, párrafos primero y tercero, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 13 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 2, fracción IV, y 8, fracción XXV y su último párrafo, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y primero y segundo del Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a la persona titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en materia de compras consolidadas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los recursos económicos públicos de que dispongan la Federación, las Entidades Federativas, los Municipios y las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados; para lo cual, las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen los diferentes entes públicos se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes;

Que de conformidad con las atribuciones con que cuenta la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en materia de contrataciones públicas, por virtud del "Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2018, y específicamente a las previstas en el artículo 31, fracción XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a esta dependencia del Ejecutivo Federal, por conducto de la Oficialía Mayor, fungir como área consolidadora de los procedimientos de contratación de adquisiciones o arrendamientos de bienes o de prestación de servicios que la propia Secretaría determine;

Que en virtud del Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a la persona titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en materia de compras consolidadas (Acuerdo), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de octubre de 2019, tiene la facultad de determinar los bienes y servicios que serán contratados de manera consolidada, fungir como área consolidadora de los procedimientos de compra o arrendamiento de dichos bienes y contratación de servicios, así como para establecer los lineamientos para coordinarlos y llevarlos a cabo, de la misma manera, la persona titular de la Oficialía Mayor podrá auxiliarse de los servidores públicos adscritos a dicha unidad administrativa que para tal efecto designe;

Que la agregación de la demanda de bienes o servicios por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal puede propiciar mejores condiciones para el Estado Mexicano, por lo que se hace necesario instrumentar mecanismos para llevar a cabo procedimientos de contratación consolidados;

Que se ha observado que es necesario actualizar los Lineamientos para Coordinar y llevar a cabo los procedimientos de contratación para consolidar la adquisición o arrendamiento de bienes muebles o la prestación de servicios de cualquier naturaleza emitidos por la Oficialía Mayor el 15 de noviembre de 2019, por lo cual se expiden los siguientes

LINEAMIENTOS PARA COORDINAR Y LLEVAR A CABO LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN

CONSOLIDADA PARA LA ADQUISICIÓN O ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES O LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CUALQUIER NATURALEZA

  1. GENERALIDADES

    1. Los presentes Lineamientos son de observancia general y obligatoria para las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y tienen por objeto establecer las directrices que deberán observarse para llevar a cabo los procedimientos de contratación consolidada para la adquisición o arrendamiento de los bienes y servicios de uso generalizado o sectorizado en la Administración Pública Federal, con el propósito de obtener las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad y oportunidad.

    2. Para efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

  2. ACUERDO: Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a la persona titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en materia de compras consolidadas, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de octubre de 2019;

  3. APF: Administración Pública Federal;

  4. AUTORIZACIÓN DE LIBERACIÓN: Determinación que emite la Oficialía Mayor para que las dependencias y entidades efectúen por sí mismas las contrataciones de bienes o servicios;

  5. CLAVE PRESUPUESTARIA: La que define el artículo 2, fracción VII, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria;

  6. COMPRANET: El Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental sobre adquisiciones, arrendamientos y servicios, que se define en el artículo 2, fracción II de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público;

  7. CONTRATACIÓN CONSOLIDADA: Procedimiento jurídico-administrativo que lleva a cabo la Dirección General Contratante, mediante el cual se realiza de manera consolidada la adquisición o arrendamiento de bienes o la prestación de servicios de uso generalizado o sectorizado que requieran las dependencias y entidades de la APF a través de su...

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