Lineamientos y criterios generales para la definición, identificación y medición de la pobreza.

Fecha de disposición30 Octubre 2018
Fecha de publicación30 Octubre 2018
EmisorCONSEJO NACIONAL DE EVALUACION DE LA POLITICA DE DESARROLLO SOCIAL
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. LINEAMIENTOS Y CRITERIOS GENERALES PARA LA DEFINICION, IDENTIFICACION Y MEDICION DE LA POBREZA.

GONZALO HERNANDEZ LICONA, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36 y 81 de la Ley General de Desarrollo Social; 59 fracción I y XII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y 15 de su Reglamento; 5 fracción XXIV del Decreto por el que se regula el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social; 11, 20 fracción XIX y 28 de su Estatuto Orgánico, y

CONSIDERANDO

Que el 10 de junio de 2011 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos que, entre otras modificaciones, incorpora en el artículo 1° la interpretación de las normas relativas a derechos humanos bajo el principio pro personae, y establece que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Que conforme a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Social, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social es un organismo público descentralizado que tiene por objeto normar y coordinar la evaluación de las políticas y programas de desarrollo social que ejecuten las dependencias públicas y establecer los lineamientos y criterios para la definición, identificación y medición de la pobreza, garantizando la transparencia, objetividad y rigor técnico en dicha actividad.

Que en cumplimiento a lo señalado en el artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, con fecha 16 de junio de 2010, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos y criterios generales para la definición, identificación y medición de la pobreza.

Que el Anexo Unico de los Lineamientos y criterios generales para la definición, identificación y medición de la pobreza denominado "Metodología para la medición multidimensional de la pobreza en México", prevé en lo referente a la actualización de indicadores y umbrales, que algunas de las condiciones y criterios podrán variar conforme se modificaran los patrones y dinámicas de la sociedad mexicana y el marco normativo que la gobierna.

Que con fecha 9 de febrero de 2012, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reformó el artículo 3° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que además de la educación básica, se contempló a la educación media superior como obligatoria.

Que con fecha 7 de noviembre de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el cual se adicionó la fracción IX al artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, relativa al indicador de Grado de Accesibilidad a carretera pavimentada.

Que con fecha 1 de junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el cual se reformó la fracción VII del artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social, relativa al indicador de Acceso a la alimentación nutritiva y de calidad.

Que el H. Comité Directivo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, con fundamento en el artículo 58 fracción I de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, aprobó en su segunda sesión ordinaria de 2018, celebrada el día 15 de junio de 2018, la Actualización de los Lineamientos y criterios generales para la definición, identificación y medición de la pobreza, así como de su Anexo Unico denominado "Metodología para la medición multidimensional de la pobreza en México", a fin de considerar en el contexto del marco normativo vigente los indicadores de rezago educativo, acceso a la alimentación nutritiva y de calidad y grado de accesibilidad a carretera pavimentada, así como los resultados de la revisión de la metodología para fortalecer los umbrales que determinan el indicador de acceso a la seguridad social y las líneas de pobreza utilizadas para la medición del espacio de bienestar económico.

Que en cumplimiento al acuerdo tomado por el H. Comité Directivo del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social y con el propósito de dar a conocer la actualización del documento, se instruyó al Secretario Ejecutivo para hacer su difusión, por lo que se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL CUAL SE ACTUALIZAN LOS LINEAMIENTOS Y CRITERIOS GENERALES PARA LA

DEFINICION, IDENTIFICACION Y MEDICION DE LA POBREZA

ARTICULO UNICO

Se modifican los artículos Segundo, Séptimo, Octavo...

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