Lineamientos para la divulgación de las sanciones que imponga la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro en términos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.

Fecha de disposición12 Marzo 2019
Fecha de publicación12 Marzo 2019
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. LINEAMIENTOS PARA LA DIVULGACIÓN DE LAS SANCIONES QUE IMPONGA LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO EN TÉRMINOS DE LA LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA

El Presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 108 de Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, así como 1o., 2o., 5o., fracciones I, II, III, XIII bis y XV, 11, 12 fracciones I, VIII y XVI de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y

CONSIDERANDO

Que con base en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, esta Comisión cuenta con la obligación de emitir los lineamientos para la divulgación de las sanciones que imponga en términos de citada Ley, y

Que con el objeto de tutelar el ejercicio del derecho de acceso a la información pública gubernamental, tal y como lo establece el ordenamiento legal aludido, resulta necesario que esta Comisión haga del conocimiento del público en general, a través de su portal de internet, las sanciones que al efecto imponga, ha resuelto expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS PARA LA DIVULGACIÓN DE LAS SANCIONES QUE IMPONGA LA COMISIÓN NACIONAL DEL SISTEMA DE AHORRO PARA EL RETIRO EN TÉRMINOS DE LA LEY PARA REGULAR LAS INSTITUCIONES DE TECNOLOGÍA FINANCIERA

Artículo 1

Los presentes lineamientos tienen por objeto determinar la forma en que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro deberá hacer del conocimiento del público las Sanciones que imponga por infracciones a la Ley o a las disposiciones que emanen de ella.

Para efectos de estos lineamientos se entenderá por:

  1. La Comisión, a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro;

  2. Ley, a la Ley para regular las Instituciones de Tecnología Financiera, y

  3. Sanciones, a aquellas que de conformidad con la Ley o las disposiciones que emanen de ella, imponga la Comisión, ya sea de tipo pecuniario o no pecuniario.

Artículo 2

La Comisión deberá hacer del conocimiento del público en general en su página electrónica en la red mundial denominada Internet, las Sanciones que imponga en ejercicio de sus facultades, así como mantener dicha...

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