Lineamientos para el ejercicio de los recursos disponibles del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Poder Judicial de la Federación.

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Técnica del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia. LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS DISPONIBLES DEL FONDO DE APOYO A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION

CONSIDERANDO

El Poder Judicial de la Federación, para dar cumplimiento al postulado previsto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referente a una administración de justicia pronta, completa, imparcial y gratuita, requiere que los Órganos Jurisdiccionales Federales cuenten con instalaciones apropiadas y con elementos humanos debidamente capacitados, para así satisfacer esa elevada labor, siendo consecuente y necesario el que puedan contar con mayores recursos que les permitan atender adecuadamente con su fin público.

En reconocimiento a la trascendencia de dicha necesidad, el Congreso de la Unión de los Estados Unidos Mexicanos por Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el catorce de febrero de dos mil seis, adicionó el Título Décimo Segundo a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, con los artículos 242 al 251, en los que se prevé la creación de un fondo económico para el mejoramiento de la administración de justicia, cuyos recursos financieros serán administrados por el Consejo de la Judicatura Federal que fungirá como Comité Técnico del mismo.

El artículo 244 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, señala que los recursos con los que se integre y opere el Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, son diferentes de los recursos que se le asignan al Poder Judicial de la Federación anualmente en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal correspondiente y no afectará la partida que sea autorizada mediante dicho presupuesto.

En este contexto, los recursos del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia constituyen una fuente de financiamiento distinta a los recursos que obtiene anualmente a través de la asignación presupuestal, los que deben destinarse a los fines contemplados en el artículo 249 de la mencionada Ley.

En este mismo sentido el 14 de mayo de 2007, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General 17/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal por el que se regula la organización y funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia.

El artículo 38 del Acuerdo General mencionado establecía que el Comité Técnico del Fondo, tiene entre otras atribuciones las de dictar las medidas que estime necesarias para la correcta administración de los recursos del Fondo, así como para su efectivo manejo y operación.

Asimismo, es necesario definir la forma y términos en que se ejercerán los recursos disponibles del Fondo atendiendo a su propia naturaleza en tanto que son diferentes a los que se comprenden en el Presupuesto que anualmente se asigna al Poder Judicial de la Federación y por disposición de la propia Ley no debe afectar la partida que lo conforma.

Por ello, durante el desahogo de la quinta sesión ordinaria de dos mil nueve del Comité Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, celebrada en fecha veintidós de abril del mismo año, los señores Consejeros integrantes del citado órgano colegiado, aprobaron los "Lineamientos para el ejercicio de los recursos disponibles del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Poder Judicial de la Federación", mismos que fueron publicados en fecha veintisiete de abril de dos mil nueve a través de la página electrónica del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.

Asimismo, durante el desahogo de la sexta sesión ordinaria de dos mil once del Comité Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, celebrada en fecha ocho de junio del mismo año, los señores Consejeros integrantes del citado órgano colegiado, aprobaron las reformas de los numerales 2, 25 y 28 de los "Lineamientos para el ejercicio de los recursos disponibles del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Poder Judicial de la Federación", derivado de diversas situaciones que se presentan día a día de las relaciones que surgen entre el Poder Judicial de la Federación frente a terceros, respecto del manejo de los recursos del Fondo, las cuales no se encontraban previstas en los mismos, por lo que resultaba necesario identificar dicha realidad con los Lineamientos de mérito, a efecto de precisar el manejo y control de la información de las operaciones relacionadas con el ejercicio de los recursos disponibles del Fondo, las cuales fueron publicadas en fecha quince de junio de dos mil once a través de la página electrónica del Consejo de la Judicatura Federal en Intranet e Internet.

Durante el desahogo de la décima sesión ordinaria de dos mil doce del Comité Técnico del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, celebrada en fecha diez de octubre del mismo año, los señores Consejeros integrantes del citado órgano colegiado, aprobaron las reformas de los numerales 2, 7, 9, 9.3, 11, 21, 22, 23 y 24 de los "Lineamientos para el ejercicio de los recursos disponibles del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Poder Judicial de la Federación", derivado de la creación de la Reglas de Operación en materia de capacitación, mejoramiento y especialización profesional, para servidores públicos beneficiarios del Poder Judicial de la Federación, con cargo a los recursos disponibles del Fondo.

En consecuencia, con fundamento en la aprobación antes citada y en los artículos 44, 45, 60 y 61, del Acuerdo General 17/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se regula la organización y funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, el Comité Técnico acordó reformar los numerales 2, 7, 9, 9.3, 11, 21, 22, 23, y 24, de los "Lineamientos para el ejercicio de los recursos disponibles del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia del Poder Judicial de la Federación".

El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el veinticinco de septiembre del dos mil trece, el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintidós de noviembre de dos mil trece y entró en vigor el veintitrés de noviembre de dos mil trece.

En el citado acuerdo, el artículo Tercero, ubicado en el Título Décimo denominado "De las Reformas a los Acuerdos Generales del Pleno", derogó los artículos 37 a 40, así como 69 y 70 del Acuerdo General 17/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se regula la organización y funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia.

Posteriormente, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó el diecinueve de noviembre de dos mil catorce, el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo, el cual fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el dos de enero de dos mil quince y entró en vigor al día siguiente de su publicación. En dicho acuerdo, se regula la organización y funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, mismo que en su artículo Tercero Transitorio fracción XIV abrogó el Acuerdo General 17/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se regula la organización y funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia.

LINEAMIENTOS

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
  1. Objeto. Los presentes lineamientos tienen por objeto regular el ejercicio, registro y control de la aplicación de los recursos disponibles del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia con base en los principios de transparencia y rendición de cuentas.

  2. Definiciones. Para efectos de los presentes lineamientos se entenderá por:

    1. Acuerdo General en Materia Administrativa: Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en materia de actividad administrativa del propio Consejo;

    2. Apoyo Económico: Recurso disponible que será erogado por el Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia, para el otorgamiento de becas, financiamiento o...

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