Lineamientos para la elaboración de los Programas de Mejora Regulatoria 2015-2016, así como los reportes periódicos sobre los avances correspondientes, y el calendario para su presentación a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por parte de las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal

Fecha de disposición02 Abril 2015
Fecha de publicación02 Abril 2015
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Comisión Federal de Mejora Regulatoria. LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA REGULATORIA 2015-2016, ASÍ COMO LOS REPORTES PERIÓDICOS SOBRE LOS AVANCES CORRESPONDIENTES, Y EL CALENDARIO PARA SU PRESENTACIÓN A LA COMISIÓN FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA POR PARTE DE LAS DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.

MARIO EMILIO GUTIÉRREZ CABALLERO, Director General de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 69-D, fracción II y último párrafo, 69-E, fracciones I, IV y VIII, y 69-G de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; Primero, Segundo, Cuarto, Quinto, Séptimo y Segundo Transitorio del Decreto por el que se establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios así como 3, fracción VII, y 9, fracciones II, IV, V y XXXI, del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo establece, en su artículo 69-D, fracción II, que las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, a través de sus responsables de mejora regulatoria, someterán a la opinión de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, al menos cada dos años, de acuerdo con el calendario que ésta establezca, un programa de mejora regulatoria en relación con la normatividad y trámites que aplican, así como reportes periódicos sobre los avances correspondientes;

Que los Programas de Mejora Regulatoria constituyen un instrumento fundamental para la planeación, transparencia y rendición de cuentas, que permiten a la sociedad en general conocer oportunamente la agenda regulatoria de las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal; relativas a la emisión y modificación de regulaciones y trámites, con lo que se fomenta su participación para un mejor diseño y eficacia del andamiaje jurídico nacional;

Que además, los Programas de Mejora Regulatoria son un mecanismo transversal para mejorar el acervo normativo e implementar acciones de simplificación administrativa para contar con un gobierno eficaz, transparente y que rinda cuentas, así como para promover el bienestar, la competitividad y el crecimiento económico del país en beneficio de la sociedad;

Que el 5 de enero de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios, mediante el cual el Ejecutivo Federal establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria como una política del Gobierno Federal a efecto de:

  1. Generar mayores beneficios y menores costos en la expedición y aplicación de regulaciones de la Administración Pública Federal;

  2. Evaluar bajo criterios de mejora regulatoria, la instrumentación de los objetivos, estrategias y líneas de acción de los programas sectoriales, especiales, regionales e institucionales derivados del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018;

  3. Promover la mejora del acervo regulatorio y de sus procesos de instrumentación, a través de la reducción progresiva del costo de la aplicación de trámites del Gobierno Federal, en coordinación con las autoridades de la Administración Pública Federal, las entidades federativas, municipios y órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, e

  4. Impulsar la democratización de la productividad mediante regulación que mejore el clima de negocios.

Que los artículos Quinto y Séptimo del Decreto por el que se establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios, prevén que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria emitirá los lineamientos que establecerán los mecanismos y formularios para la elaboración de los Programas de Mejora Regulatoria, así como los lineamientos sobre calendarios, mecanismos, formularios e indicadores específicos para dar seguimiento y evaluar los resultados de las dependencias y organismos descentralizados, respecto de las materias a que se refiere el propio Decreto;

Que el artículo Décimo Segundo del Decreto de mérito contempla que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, conforme a los formularios e indicadores a que se refiere el artículo Séptimo del mismo Decreto, verificará el impacto efectivo favorable de la mejora regulatoria y sus avances en los ámbitos económico,

normativo, de desarrollo humano, de simplificación de trámites y de la Agenda Común; así como mecanismos periódicos de diagnóstico, evaluación y seguimiento en dichos ámbitos;

Que las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal obligados a la observancia de la mejora regulatoria, en términos de lo establecido en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo instrumentarán la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria a través de los Programas de Mejora Regulatoria 2015-2016;

Que en el caso de las dependencias y las entidades paraestatales exceptuadas de la aplicación de la mejora regulatoria por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, los órganos constitucionales autónomos, entidades federativas y municipios, podrán adoptar la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria mediante la suscripción de convenios con la Comisión Federal de Mejora Regulatoria; y

Que la presente Administración tiene el firme propósito de dar resultados con estas medidas y sentar las bases para una mejora regulatoria continua, a través de acciones concretas, coordinadas, programadas y que sean periódicamente evaluadas, por lo que en atención al Segundo Transitorio del Decreto por el que se establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios, que señala que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria tendrá un plazo de noventa días naturales desde su publicación para emitir y publicar en el Diario Oficial de la Federación los lineamientos a que hacen referencia los artículos Quinto y Séptimo del propio Decreto, he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE MEJORA REGULATORIA 2015- 2016, ASÍ COMO EL DE LOS REPORTES PERIÓDICOS SOBRE LOS AVANCES CORRESPONDIENTES, Y EL CALENDARIO PARA SU PRESENTACIÓN A LA COMISIÓN FEDERAL DE MEJORA REGULATORIA POR PARTE DE LAS DEPENDENCIAS Y ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

PRIMERO. OBJETO. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los términos, criterios, mecanismos y formularios para la elaboración y presentación de los Programas de Mejora Regulatoria 2015-2016, así como de los reportes periódicos sobre los avances correspondientes, y el calendario para su presentación por parte de las dependencias y organismos descentralizados de la Administración Pública Federal sujetos al Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

SEGUNDO. DEFINICIONES. Para efectos de los presentes lineamientos, se entiende por:

  1. COFEMER: la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

  2. Decreto: el Decreto por el que se establece la Estrategia Integral de Mejora Regulatoria del Gobierno Federal y de Simplificación de Trámites y Servicios;

  3. Dependencias y organismos descentralizados: las Secretarías de Estado y sus órganos desconcentrados, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, los órganos reguladores coordinados en materia energética y las unidades administrativas de la Oficina de la Presidencia de la República, con excepción de las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina, así como los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal Paraestatal, sujetos al Título Tercero A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

  4. Ley: la Ley Federal de Procedimiento Administrativo;

  5. Programas: los Programas de Mejora Regulatoria a que se refiere el artículo 69-D, fracción II, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo que presenten las dependencias y organismos descentralizados a la COFEMER;

  6. Registro: el Registro Federal de Trámites y Servicios;

  7. Regulación: los actos administrativos de carácter general a que se refiere el artículo 4 de la Ley;

  8. Responsables Oficiales de Mejora Regulatoria: los servidores públicos designados por los titulares de las dependencias o los directores generales de los organismos descentralizados de la Administración Pública Federal, para someter a la opinión de la COFEMER, sus respectivos Programas de Mejora Regulatoria en relación con la normatividad y trámites que aplica la dependencia u organismo descentralizado de que se trate, así como sus reportes periódicos de avances correspondientes, en términos de lo establecido en el artículo 69-D, fracción II, de la Ley;

  9. Secretaría: la Secretaría de Economía; y,

  10. Trámite: cualquier solicitud o entrega de información que las personas físicas o morales del sector privado hagan ante una dependencia u organismo descentralizado, ya sea para cumplir una obligación, obtener un beneficio o servicio o, en general, a fin de que se emita una resolución, así como cualquier documento que dichas personas estén obligadas a conservar, no comprendiéndose aquella documentación o información que sólo tenga que presentarse en caso de un requerimiento de una dependencia u organismo descentralizado.

    TERCERO. DEL CONTENIDO DE LOS PROGRAMAS. Las dependencias y organismos descentralizados deberán ejecutar acciones con criterios de mejora regulatoria en relación con la...

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