Lineamientos específicos del Programa de Coinversión Social 2004

Fecha de disposición19 Marzo 2004
Fecha de publicación19 Marzo 2004
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

LINEAMIENTOS específicos del Programa de Coinversión Social 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

CECILIA LORIA SAVIÑON, Directora General del Instituto Nacional de Desarrollo Social, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 35 fracción I, 39 fracción IV y 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y numeral 4 de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, dadas a conocer mediante el Acuerdo por el que se emiten y publican las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social para el ejercicio fiscal 2004, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 12 de marzo de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se emiten y publican las modificaciones a las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social para el ejercicio fiscal 2004.

Que el Programa de Coinversión Social, a cargo del Instituto Nacional de Desarrollo Social, órgano desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo Social, conforme lo establecen sus Reglas de Operación, tiene como objetivo general impulsar la corresponsabilidad con los tres órdenes de gobierno y los actores sociales para fomentar el desarrollo integral de la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social, por medio de la coinversión en proyectos y acciones, así como el diseño de estrategias, promoviendo una distribución equitativa entre hombres y mujeres de los recursos, las oportunidades y los beneficios del Programa.

Que con la perspectiva de equidad en la distribución de recursos, acorde a las condiciones de los beneficiarios y alcance geográfico de los proyectos, el Programa de Coinversión Social se desarrolla, de acuerdo con su naturaleza, en las vertientes Social; Económica; Fortalecimiento Institucional; Capacitación; e Investigación, mismas que se encuentran definidas en las Reglas de Operación del Programa.

Que conforme a las Reglas de Operación del Programa, corresponde al Instituto Nacional de Desarrollo Social formular y emitir los Lineamientos Específicos de dicho Programa, los cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación, he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS ESPECIFICOS DEL PROGRAMA DE COINVERSION SOCIAL 2004

TRANSITORIO

UNICO.- Los presentes Lineamientos entrarán en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de marzo de dos mil cuatro.- La Directora General del Instituto Nacional de Desarrollo Social, Cecilia Loría Saviñón.- Rúbrica.

Los presentes Lineamientos son complementarios de lo dispuesto en las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social para el Ejercicio Fiscal 2004 y tienen por objeto, precisar los aspectos normativos y operativos del Programa en sus distintas vertientes de actuación, a efecto de asegurar que los proyectos y los apoyos beneficien, directa o indirectamente, a la población en situación de pobreza, vulnerabilidad, marginación, desigualdad de género o exclusión social. Estos lineamientos deberán ser observados por los actores sociales que participen en el Programa.

Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

  1. Actores Sociales: Organizaciones de la sociedad civil (OSC), gobiernos municipales e instituciones académicas de educación superior o de investigación que participan en este Programa presentado proyectos.

  2. AREP: Los Agentes Responsables de la Ejecución de los Proyectos;

  3. Indesol: El Instituto Nacional de Desarrollo Social;

  4. Delegación(es) Delegación(es) Federal(es) de la Sedesol en el (los) Estado(s).

  5. Lineamientos: Los presentes Lineamientos;

  6. Reglas de Operación: Las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social 2004.

  7. Sedesol: La Secretaría de Desarrollo Social, y

  8. Programa: El Programa de Coinversión Social.

    Marco de referencia

    Con objeto de disminuir y revertir las desigualdades sociales y mejorar las condiciones de vida de la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social, la política de desarrollo social y humano definida en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y en la Estrategia Contigo tiene entre sus objetivos rectores mejorar los niveles de educación y bienestar; acrecentar la equidad y la igualdad de oportunidades; impulsar la educación para el desarrollo de las capacidades personales de iniciativa individual y colectiva, y fortalecer la cohesión y capital sociales.

    La política de desarrollo social y humano tiene entre sus principios básicos la corresponsabilidad, entendida por el Programa como el interés común entre diversos actores sociales -tales como los tres órdenes de gobierno, sociedad civil e instituciones académicas de educación superior o de investigación- para fomentar el desarrollo social integral de la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social, por medio de la coinversión en proyectos y acciones, así como el diseño de estrategias, promoviendo una distribución equitativa, entre hombres y mujeres, de los recursos, oportunidades y beneficios del Programa.

    Los actores sociales que podrán participar en el Programa presentando proyectos en los términos de las diversas convocatorias deberán tener las siguientes características generales:

  9. Organizaciones de la Sociedad Civil, que acrediten su legal constitución, que de sus estatutos no se desprenda que tengan fines de lucro o de proselitismo partidista, sindical o religioso alguno y que su objeto social esté dirigido a tareas de desarrollo social.

  10. Instituciones Académicas de Educación Superior o de Investigación, públicas o privadas con experiencia de investigación en temas de desarrollo social.

  11. Gobiernos Municipales. Los municipios y, en su caso, las asociaciones de municipios que se constituyen de conformidad con el artículo 115 fracción III inciso i) párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, interesados en desarrollar proyectos destinados a fortalecer sus capacidades administrativas, técnicas y financieras, vinculadas al desarrollo social de sus municipios, dando prioridad a aquellos que se ubiquen en las Microrregiones, consultables en la página web del Indesol: www.indesol.gob.mx.

    Los actores sociales participan en el Programa en diversas vertientes, entendidas como los distintos tipos de proyectos con los que se busca contribuir al cumplimiento de los objetivos básicos de la política de desarrollo social y humano. De conformidad con las Reglas de Operación, las vertientes son: social, económica, de capacitación, de fortalecimiento institucional, y de investigación.

    Como lo establecen las Reglas de Operación en el numeral 4.2, los actores sociales que resulten beneficiados con recursos del Programa son responsables de la ejecución de los proyectos que éstos presenten, por lo que, una vez que se suscriba el convenio correspondiente se les denominará como AREP.

    Los recursos financieros del Programa complementan los recursos humanos, materiales y financieros que aportan los actores sociales para la realización del proyecto que presentan en el Programa de Coinversión Social; esta aportación es entendida como coinversión.

    Operación del programa

    Etapas. El desarrollo del Programa comprende las siguientes etapas operativas:

    4.1 Emisión y difusión de convocatorias

    El Indesol podrá emitir diversas convocatorias, por sí o en coordinación con una o más dependencias, entidades u organismos, nacionales o internacionales, públicos o privados, en concordancia con las prioridades del Programa Nacional de Desarrollo Social 2001-2006, Superación de la Pobreza: Una Tarea Contigo, y de acuerdo con la suficiencia presupuestaria. Los actores sociales podrán participar en el Programa a través de las convocatorias públicas emitidas por Indesol en las que se definirán:

  12. Vertiente

  13. Objetivo, temática y cobertura

  14. Actores sociales que pueden participar

  15. Características de los proyectos

  16. Monto máximo de aportación del Programa

  17. Tipo y Porcentaje de Coinversión

  18. Criterios de Elegibilidad y de priorización que aplican

  19. Rango de beneficiarios por proyecto

  20. Lugares y plazos de recepción de proyectos

  21. Esquema de dictaminación

    Las Reglas de Operación del Programa, los presentes lineamientos, las convocatorias, así como el formato oficial para la presentación de proyectos, el informe parcial y final estarán disponibles en la página electrónica del Indesol: www.indesol.gob.mx

    Las delegaciones podrán promover las convocatorias en sus Estados respectivos. Adicionalmente, las convocatorias podrán hacerse públicas por otros medios.

    Asimismo, tanto la información del programa como la presentada por los actores sociales, estarán sujetas a las disposiciones que establece la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    4.2 Presentación y recepción de proyectos

    1. Del formato oficial

      Para la participación en el Programa el actor social contará con el formato oficial para la presentación de proyectos, mismo que forma parte integral de estos lineamientos en forma anexa.

    2. De la recepción de proyectos

      Los proyectos se recibirán únicamente en los lugares y los plazos indicados en la convocatoria. Los proyectos se presentarán en forma impresa y medio electrónico en el formato oficial anexo a los presentes lineamientos. Adicionalmente, deberá presentar los siguientes documentos:

      Copia simple de:

  22. Acta Constitutiva (y para el caso de que haya sufrido modificaciones, se deberán presentar las actas de asambleas debidamente protocolizadas ante notario público);

  23. Decreto o acuerdo de creación del actor social y de la representación legal vigente;

  24. ...

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