Lineamientos generales para la organización y conservación de los archivos del Poder Ejecutivo Federal

Fecha de disposición03 Julio 2015
Fecha de publicación03 Julio 2015
EmisorARCHIVO GENERAL DE LA NACION
SecciónSEGUNDA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Archivo General de la Nación. El Archivo General de la Nación y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 44, fracción XXIV, tercero transitorio de la Ley Federal de Archivos; 32, 37, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 59, fracción XII, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 42 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 21, fracción III, 22, fracción V del Estatuto Orgánico del Archivo General de la Nación, y en cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo (R) OG-O-1-15-7.5 del Órgano de Gobierno del Archivo General de la Nación, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 6º, Apartado A, fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos administrativos actualizados;

Que el artículo 4, fracción V de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental establece como uno de sus objetivos mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos;

Que los artículos 32, 37, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 42 de su Reglamento disponen que el Archivo General de la Nación, en coordinación con el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, actualmente Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, expedirá los lineamientos que contengan los criterios para la organización, conservación y adecuado funcionamiento de los archivos de las dependencias y entidades;

Que la Ley Federal de Archivos, de conformidad con su artículo 1, tiene por objeto establecer las disposiciones que permitan la organización y conservación de los archivos en posesión de los Poderes de la Unión, para preservar el patrimonio documental de la Nación;

Que en términos del artículo 6, fracción I de la Ley Federal de Archivos, uno de los objetivos de dicha Ley es promover el uso, métodos y técnicas que garanticen la localización y disposición expedita de documentos a través de sistemas modernos de organización y conservación de los archivos, que contribuyan a la eficiencia gubernamental, la correcta gestión gubernamental y el avance institucional;

Que el Programa Institucional del Archivo General de la Nación 2014-2018, dentro del objetivo de promover la administración eficiente de los archivos públicos, prevé establecer de manera coordinada con las instancias normativas los lineamientos, guías y criterios para homologar los procesos técnico-archivísticos;

Que es indispensable regular la organización y conservación del Sistema Institucional de Archivos de las dependencias y entidades, a fin de que éstos se preserven actualizados y permitan la publicación en medios electrónicos de la información relativa a sus indicadores de gestión y el ejercicio de recursos públicos, así como aquella que por su contenido tenga un alto valor para la sociedad;

Que para asegurar la disponibilidad, localización expedita, integridad y conservación de los documentos de archivo en posesión de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, se expiden los siguientes:

LINEAMIENTOS GENERALES PARA LA ORGANIZACIÓN Y CONSERVACIÓN DE LOS ARCHIVOS DEL PODER EJECUTIVO FEDERAL

CAPÍTULO I
Disposiciones generales

Primero. Los presentes Lineamientos establecen los criterios de organización y conservación de los archivos de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, para que éstos sean preservados íntegros, disponibles y faciliten el ejercicio del derecho de acceso a la información.

Segundo. La interpretación de los presentes Lineamientos para efectos administrativos, corresponde al Archivo General de la Nación en coordinación con el Instituto, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

CAPÍTULO II

Organización de los archivos

Tercero. La organización de los archivos deberá asegurar la disponibilidad, localización expedita, integridad y conservación de los documentos de archivo en posesión de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal.

Cuarto. Además de lo establecido en el artículo 12 de la Ley Federal de Archivos y 10 de su Reglamento, el responsable del área coordinadora de archivos tendrá las siguientes funciones:

  1. Participar en la coordinación de las medidas dirigidas a la conservación de los documentos de archivo que obren en los archivos de trámite, concentración e históricos, en su caso;

  2. Solicitar a la unidad administrativa correspondiente la difusión, a través de los medios de comunicación interna y de su publicación en el Portal de Obligaciones de Transparencia, de los acuerdos, criterios y políticas en materia de organización y conservación de archivos, que hayan sido aprobados por el Comité de Información;

  3. Actualizar los instrumentos de control y consulta archivística a los que se refiere el artículo 19 de la Ley Federal de Archivos, en coordinación con los responsables de los archivos de trámite, de concentración y, en su caso, histórico;

  4. Elaborar, en coordinación con los responsables de los archivos de concentración y, en su caso, histórico, un calendario anual de transferencias documentales que permita cumplir con las vigencias y plazos de conservación registrados en el catálogo de disposición documental, y

  5. Elaborar y actualizar el registro de los responsables a los que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal de Archivos.

Quinto. El responsable del área coordinadora de archivos, en cumplimiento con el artículo 32, segundo párrafo de la Ley Federal de Transparencia y...

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