Lineamientos para la instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de las sedes educativas del Programa Universidades para el Bienestar Benito Juárez García en el Programa Presupuestal U083, correspondiente al Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.

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EmisorOrganismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juarez Garcia

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García. LINEAMIENTOS PARA LA INSTALACIÓN/REHABILITACIÓN, EQUIPAMIENTO Y OPERACIÓN DE LAS SEDES EDUCATIVAS DEL PROGRAMA UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA EN EL PROGRAMA PRESUPUESTAL U083, CORRESPONDIENTE AL ORGANISMO COORDINADOR DE UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA.

Marzo 2021

  1. Antecedentes

    El Programa Universidades para el Bienestar Benito Juárez García es un Programa Prioritario del Gobierno de la República. Sus convocatorias han dado lugar a la incorporación de 28,087 estudiantes y 992 docentes. Ha registrado un total de 36 carreras universitarias ante la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. Cuenta con 140 sedes educativas en 31 estados del país.

    Nuestras Universidades se han abierto camino en circunstancias poco atendidas por universidades públicas y privadas: constituye una opción para miles de personas que no han podido iniciar estudios superiores por haber sido excluidos de las universidades públicas, por no haber tenido las condiciones económicas o familiares para sufragar los costos de las universidades privadas o, incluso, el cobro de transporte y gastos de mantenimiento para continuar con su formación alejados de sus comunidades de origen.

    El Gobierno de la República les ofrece a estas personas la posibilidad de hacer exigible y real su derecho a la educación superior con una opción gratuita, de calidad, pertinencia y sentido público para apoyar a comunidades y pueblos a superar las dificultades y rezagos que sufren por su aislamiento, lejanía o, incluso en zonas densamente pobladas, carencias y abandono debidas a estrategias políticas de exclusión, dominantes en los últimos cuarenta años.

    A diferencia también de otros modelos educativos, que consideran a la familia y a la comunidad como cargas o lastres para la educación, Universidades para el Bienestar ha echado raíces en lo más profundo de las comunidades en que se establece, con el apoyo de los pueblos, padres y madres de familia, comisariados ejidales, consejos comunales y ayuntamientos, que albergan a nuestros estudiantes y docentes, ofrecen terrenos en donación para la construcción de nuestras sedes, y participan activamente en Comisiones de Administración y Supervisión que hacen posible la instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de sedes educativas dotados de ecotecnias básicas, con espacio suficiente para el cultivo de especies endémicas, con programas de trabajo fincados en el conocimiento e identificación con la problemática de las comunidades y con propuestas de intervención que se apoyan en el conocimiento científico y técnico más avanzado, a la vez que muestran su sensibilidad y compromiso con la cultura, la identidad y la riqueza profunda de quienes han hecho suyo este Programa.

    En el año 2021, Universidades para el Bienestar se propone, de acuerdo con el avance de su demanda educativa, consolidar el proceso de instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de sus ciento cuarenta sedes, y considerar la viabilidad de incorporar nuevas sedes para el segundo ciclo escolar del año, sujeto a que cumplan con los requisitos planteados y autorizaciones específicas para ejercer el presupuesto en el año 2021. En caso de no contar con estas condiciones, las sedes que cumplan con requerimientos serán propuestas para el año 2022. En todos los casos, las sedes aprobadas deberán cumplir con las normas del Programa.

  2. Glosario

    2.1 Población Objetivo: Personas no atendidas en su requerimiento de ejercer su derecho a la educación superior por instituciones públicas y privadas.

    2.2. Población Potencial: Personas que habitan en localidades y municipios en los que se han instalado sedes educativas del Programa, así como de otras entidades que aspiren a incorporarse a esta opción pública, gratuita y pertinente de educación superior.

    2.3. Población Beneficiaria: Personas que se han registrado en la plataforma oficial del Programa y han acudido a la sede educativa que han elegido para confirmar su inscripción.

    2.4. Comisión de Administración: Dos padres o madres de familia de estudiantes inscritos activos en la sede educativa (sin relación familiar entre ellos), designados expresamente en reunión de padres y madres de

    estudiantes activos en la sede y el/la Coordinador/a Académico/a de la sede, que hayan firmado el convenio de concertación con el Organismo y se obliguen a cumplir con los procedimientos y normas que en él se establezcan. Las personas designadas serán responsables de aperturar y administrar una cuenta con dos titulares, o un/a titular y un/a beneficiario/a y de comprometerse a rendir cuentas al Organismo de todos los movimientos que realicen con los recursos asignados por el Programa para la instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de las sedes educativas. La participación de los integrantes de la Comisión de Administración será honorífica.

    2.5. Comisión de Supervisión: Un/a docente y un/a estudiante de la sede educativa, un/a funcionario/a designado/a por el/la Presidente/a Municipal, un/a Servidor/a de la Nación asignado/a en la localidad donde se encuentra la sede. Su apoyo será indispensable para garantizar la adecuada y eficiente utilización de recursos y el cumplimiento de las metas previstas de instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de cada sede. La participación de los integrantes de la Comisión de Supervisión será honorífica.

    2.6. Convenio de Concertación: Instrumento jurídico que suscribirán los integrantes de la Comisión de Administración y Supervisión, en el que se establecen las bases, condiciones y responsabilidades para el ejercicio de los recursos que tienen por objeto la distribución y ejercicio de los subsidios para la instalación y/o rehabilitación, equipamiento y operación de las sedes educativas del Programa.

    2.7. Organismo, Organismo Coordinador, OCUBBJG: Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.

    2.8. Proyecto ejecutivo: Se integra por un proyecto arquitectónico, de seguridad estructural y sembrado de las edificaciones.

    2.9. Asesoría y apoyo técnico: Constituida por ingenieros/as y arquitectos/as que colaboran con el Programa; residentes de obra, enlaces administrativos, e integrantes de la Coordinación Operativa del Organismo.

    2.10. Sede educativa: Instalaciones educativas en cada municipio en que se establece el Programa.

  3. Objetivos del proyecto de instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de sedes educativas

    3.1. General

    Garantizar la ejecución de proyectos y acciones para la instalación/rehabilitación, equipamiento y operación de las sedes educativas del Organismo con procedimientos de autoconstrucción comunitaria, a fin de contar con la infraestructura física necesaria para la prestación de los servicios educativos del tipo superior adecuados y pertinentes.

    3.2. Objetivos específicos

    3.2.1. Incorporar a estudiantes que hayan concluido el bachillerato y no hayan podido ingresar a la educación superior al haber sido excluidos por razones educativas, económicas, sociales, culturales o de cualquier otra índole.

    3.2.2. Impulsar la...

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