Lineamientos para la instalación/rehabilitación y operación de las sedes educativas del Programa Universidades para el Bienestar Benito Juárez García en el Programa Presupuestal U083, correspondiente al Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García.

Fecha de disposición21 Noviembre 2019
Fecha de publicación21 Noviembre 2019
EmisorORGANISMO COORDINADOR DE LAS UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUAREZ GARCIA

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- EDUCACIÓN.- Secretaría de Educación Pública.- Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García. LINEAMIENTOS PARA LA INSTALACIÓN/REHABILITACIÓN Y OPERACIÓN DE LAS SEDES EDUCATIVAS DEL PROGRAMA UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA EN EL PROGRAMA PRESUPUESTAL U083, CORRESPONDIENTE AL ORGANISMO COORDINADOR DE UNIVERSIDADES PARA EL BIENESTAR BENITO JUÁREZ GARCÍA.

Noviembre 8, 2019

  1. Antecedentes

    La asignación presupuestal para el desarrollo del Programa Universidades para el Bienestar se estableció en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado por el Congreso de la Unión en diciembre de 2018. El programa presupuestario U083 se radicó en la Dirección General de Educación Superior, de la Subsecretaría de Educación Superior de la Secretaría de Educación Pública. Las actividades preparatorias para el establecimiento del Programa se desarrollaron en el Centro Regional de Educación para Adultos de la América Latina y el Caribe a partir del 6 de diciembre de ese año, en que se realizó la reunión extraordinaria del Consejo de Administración de CREFAL, se presentó el Programa y se designó como Directora General del Centro a la Dra. Raquel de la Luz Sosa Elízaga, coordinadora general del Programa.

    UBBJG inició inmediatamente sus actividades, y la Secretaría de Hacienda registró, desde la DGESU, los objetivos del Programa, su Árbol de Problemas y Resultados y la Matriz de Indicadores Inicial y para Resultados (MIR). En el documento matriz se establece que

    El Programa está orientado a formar profesionales con sentido público, comprometidos con las necesidades sociales de la población más desfavorecida del país, con conocimientos de los problemas que plantean la supervivencia y sustentabilidad de las comunidades en que residan y realicen sus estudios, y formados en un amplio horizonte que les permita desarrollar sus capacidades, creatividad, sentido crítico y propositivo, experiencia práctica e interacción sistemática con su entorno.

    Para ello se establecerán sedes educativas en localidades de 15,000 a 45,000 habitantes, en que más de la mitad de la población se encuentre en condiciones de pobreza moderada y/o extrema, y que carezcan de suficientes instituciones de educación superior pública o privada.

    Cada sede educativa contará con un máximo de dos edificaciones capaces de albergar a un total de 1,280 estudiantes en total. Se buscará establecer espacios que propiciarán un ambiente adecuado para el desarrollo académico y con estructuras que ayuden a la prevención de riesgos. Los modelos se realizarán con base en los materiales locales promoviendo además la participación de la comunidad beneficiada.

    No obstante, no fue sino hasta el 30 de julio de 2019 que se publicó el Decreto de Creación del Organismo Coordinador de Universidades para el Bienestar Benito Juárez García, que entró en vigor el 31 de julio de 2019. El Presidente de la República, Lic. Andrés Manuel López Obrador, designó a la Dra. Raquel de la Luz Sosa Elízaga como Directora General del Organismo el 8 de agosto, y ese mismo día se realizó la Sesión de Instalación del Organismo, que aprobó por unanimidad los siguientes documentos:

    1) Estatuto Orgánico del Organismo;

    2) Estructura Orgánica del Organismo;

    3) Proyecto de presupuesto 2019, según techo presupuestal de la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la SEP;

    4) Anteproyecto de presupuesto 2020, según techo presupuestal de la Dirección General de Presupuesto y Recursos Financieros de la SEP;

    5) Programa institucional

  2. Glosario

    Beneficiarios directos: La población de la comunidad integrada por miembros de la comunidad escolar, representados por la Comisión de Administración, así como los estudiantes que se benefician directamente con la educación universitaria recibida en la sede del programa.

    Beneficiarios indirectos: Población de la comunidad beneficiada con la reactivación económica que implica la instalación de la sede educativa

    Comisión de Administración: Integrantes de la Comisión encargada de ejecutar las obras y administrar los recursos

    Comisión de Supervisión: Integrantes de la Comisión encargada de supervisar la adecuada y eficiente utilización de recursos y el cumplimiento del calendario de instalación y/o rehabilitación de las sedes

    Organismo, Organismo Coordinador, OCUBBJG: Organismo Coordinador de las Universidades para el Bienestar Benito Juárez García

    Proyecto ejecutivo: Proyecto ejecutivo arquitectónico, de seguridad estructural y sembrado de las edificaciones

    Sede educativa: Instalaciones educativas en cada municipio en que establece el Programa

  3. Objetivos del proyecto de instalación y/o rehabilitación de sedes educativas

    3.1 General

    Garantizar la ejecución de proyectos y acciones para la instalación y/o rehabilitación de las sedes educativas del Organismo, a fin de contar con la infraestructura física necesaria para la prestación de los servicios educativos del tipo superior de calidad en comunidades sin acceso o con acceso insuficiente a estudios universitarios.

    3.2 Objetivos específicos

    3.2.1. Atender a la población radicada en municipios y comunidades de alta y muy alta marginación, según el CONAPO y el INEGI, con servicios educativos de tipo superior de licenciatura, con calidad y pertinencia.

    3.2.2. Impulsar la participación activa de la sociedad, padres de familia, estudiantes y demás miembros de la población beneficiaria, mediante el fomento del trabajo colectivo, fortalecimiento de mecanismos de transparencia y rendición de cuentas e incidencia positiva en las economías locales mediante la aportación directa de recursos.

    3.2.3. Garantizar que la instalación y/o rehabilitación de infraestructura para la prestación de servicios educativos del tipo superior atienda a las condiciones físicas, medioambientales y climáticas de las comunidades beneficiadas, y cumpla con las condiciones de uso y seguridad estructural previstas en la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como en el Reglamento de Construcciones del Distrito Federal y sus Normas Técnicas.

    3.2.4. Garantizar que, en base a los prototipos arquitectónicos, de seguridad estructural y sembrado de las edificaciones previstos para cada sede, las instalaciones y/o rehabilitaciones de espacios se realicen con materiales procedentes de bancos locales (ej: grava, piedra, arena, cemento; se emplee exclusivamente fuerza de trabajo de la comunidad, bajo la supervisión profesional designada por el Organismo, y se promueva en todo el desarrollo económico y la participación social.

    3.2.5. Utilizar procedimientos previstos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Entidades Públicas para la adquisición de equipamiento de las sedes.

  4. Lineamientos para la incorporación de sedes educativas al Programa

    4.1 Cobertura

    La cobertura del Programa será nacional, en función de los criterios de elegibilidad establecidos en los presentes Lineamientos.

    4.2 Población potencial

    La población potencial está...

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