Lineamientos L/CPA/001/2021 de austeridad y disciplina presupuestaria de la Fiscalía General de la República para el ejercicio fiscal 2021.

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EmisorFiscalia General de la Republica

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Fiscalía General de la República. LINEAMIENTOS L/CPA/001/2021

LINEAMIENTOS DE AUSTERIDAD Y DISCIPLINA PRESUPUESTARIA DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021.

FRANCISCO SANTIAGO SÁENZ DE CÁMARA AGUIRRE, Coordinador de Planeación y Administración de la Fiscalía General de la República, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 21 y 102, Apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 33, Apartado B, fracciones IV, X, XVI y XVIII de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, y 10, penúltimo párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021; y

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, primer párrafo, dispone que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados;

Que la Ley Federal de Austeridad Republicana en su artículo 1, segundo párrafo, establece que los Poderes Legislativo y Judicial, así como los órganos constitucionales autónomos tomarán las acciones necesarias para dar cumplimiento a la citada Ley, de acuerdo con la normatividad aplicable a cada uno de ellos, cuando se les asignen recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación;

Que la Cámara de Diputados expidió el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de noviembre del 2020, en su artículo 10, penúltimo párrafo, establece que los entes autónomos deberán implementar medidas equivalentes a las aplicables en las dependencias y entidades, respecto a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo y del presupuesto regularizable de servicios personales, para lo cual publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en sus respectivas páginas de Internet, a más tardar el último día hábil del mes de febrero, sus respectivos lineamientos y el monto correspondiente a la meta de ahorro;

Que el presupuesto solicitado por la Fiscalía General de la Republica para el ejercicio dos mil veintiuno, fue atendiendo sus necesidades administrativas, lo que implicó en su caso, un proceso de diseño institucional eficaz, eficiente, con calidad, programático, abierto, dirigido con racionalidad y transparencia;

Que el artículo 61 primer y segundo párrafos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria establece que "Los ejecutores de gasto, en el ejercicio de sus respectivos presupuestos, deberán tomar medidas para racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo, sin afectar el cumplimiento de las metas de los programas aprobados en el Presupuesto de Egresos", y que "Los ahorros generados como resultado de la aplicación de dichas medidas deberán destinarse, en los términos de las disposiciones generales aplicables, a los programas prioritarios del ejecutor de gasto que los genere."

Que el 14 de...

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