Lineamientos en materia de protección de datos personales del Comité de Evaluación a que se refiere el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Fecha de disposición08 Octubre 2018
Fecha de publicación08 Octubre 2018
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Comité de evaluación a que se refiere el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. LINEAMIENTOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

El Comité de Evaluación a que se refiere el artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Comité de Evaluación),

CONSIDERANDO

Que el legislador facultó al Comité de Evaluación, mediante disposiciones de carácter especial, en los artículos 14, fracción VII, de la Ley Federal de Competencia Económica, y 11, fracción VII, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para acordar la forma en que deberá garantizar la protección de los datos personales de los aspirantes al cargo de Comisionado de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Que en términos de los artículos 13 de la Ley Federal de Competencia Económica y 10 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como de la Tercera, inciso n), de las Bases de Funcionamiento del Comité de Evaluación, este último no tiene estructura ni presupuesto propios, por lo que para el ejercicio de sus atribuciones, se auxiliará del personal adscrito a las instituciones de las que son titulares sus integrantes y podrá emplear los recursos materiales y financieros de éstas en los términos que acuerden los integrantes del propio Comité.

Que la Tercera, inciso j), de las Bases de Funcionamiento del Comité de Evaluación establece que ese órgano colegiado acordará la forma en que deberá garantizar la protección de los datos personales de los aspirantes al cargo de Comisionado de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

Que la Undécima de las Bases de Funcionamiento del Comité de Evaluación establece, en su parte conducente, que el Comité de Evaluación emitirá los lineamientos necesarios para garantizar la protección de los datos personales de los aspirantes al cargo de Comisionado.

Ha resuelto expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 28 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

PRIMERO. La documentación en posesión del Comité de Evaluación que contenga datos personales de los aspirantes a Comisionado de la Comisión...

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