Lineamientos de Operación del Fondo Regional para el Ejercicio Fiscal 2020.

Fecha de disposición21 Febrero 2020
Fecha de publicación21 Febrero 2020
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo

LINEAMIENTOS de Operación del Fondo Regional para el Ejercicio Fiscal 2020. VICTOR MANUEL MOJICA VILCHIS, Titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 75 y 85 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 23, fracción I, inciso c), subinciso iii), de su Reglamento; 10, fracción I, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, y 62 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 10, fracción I, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 establece que el Fondo Regional tiene por objeto apoyar a las 10 entidades federativas con menor índice de desarrollo humano respecto del índice nacional, a través de programas y proyectos de inversión destinados a permitir el acceso de la población a los servicios básicos de educación y salud, mantener e incrementar el capital físico o la capacidad productiva, así como de infraestructura básica; mediante la construcción, rehabilitación y ampliación de infraestructura pública y su equipamiento;

Que el artículo 10 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 establece que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitirá, a más tardar el último día de febrero de 2020, las disposiciones para la aplicación de los recursos de este Fondo;

Que en el Anexo 20 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, correspondiente al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, en el renglón de Desarrollo Regional, se prevé una asignación de $1,988,788,209.00 (Mil novecientos ochenta y ocho millones setecientos ochenta y ocho mil doscientos nueve pesos 00/100 Moneda Nacional) para el Fondo Regional;

Que del monto total señalado en el considerando anterior, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá destinar hasta el 1 por ciento para la administración del Fondo, y transferirá a la Auditoría Superior de la Federación una cantidad equivalente al 1 al millar del monto aprobado, para su fiscalización;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020 establece en su artículo 10, fracción I, que los recursos del Fondo Regional destinados para el financiamiento de programas y proyectos de inversión que sean propuestos por las entidades federativas, se aplicarán a través del fideicomiso público denominado Fondo Regional constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y que la aprobación de esos programas y proyectos de inversión, estará a cargo del Comité Técnico del Fideicomiso del Fondo Regional;

Que los recursos del Fondo Regional se considerarán devengados al momento de su aportación al fideicomiso de conformidad con lo establecido en el artículo 10, fracción I, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, y

Que con el objetivo de...

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