Lineamientos de participación para la obtención del Distintivo México sin Trabajo Infantil.

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EmisorSecretaria del Trabajo y Previsión Social

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. ROBERTO RAFAEL CAMPA CIFRIÁN, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, fracción XII, 5, fracción III, 6, fracción I y 22, XIII fracción del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, he tenido a bien expedir los siguientes

LINEAMIENTOS DE PARTICIPACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL DISTINTIVO MÉXICO SIN TRABAJO INFANTIL

TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 17
Artículo 1 Los presentes Lineamientos tienen por objeto establecer el procedimiento que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social debe realizar para otorgar el Distintivo México sin Trabajo Infantil.
Artículo 2 El Distintivo México sin Trabajo Infantil tiene como fin distinguir a los centros de trabajo que implementen prácticas laborales que contribuyen a la prevención y erradicación del trabajo infantil, así como la protección de las y los adolescentes trabajadores en edad permitida, con el fin de garantizar los derechos humanos de la niñez y adolescencia.
Artículo 3

Para efectos de los presentes Lineamientos se entiende por:

  1. Adolescentes. A las personas de entre doce años cumplidos y menores de dieciocho años de edad;

  2. Centro de trabajo. Cualquier espacio o área, en donde confluyen empleador(es) y trabajadoras y/o trabajadores que desempeñan una actividad laboral;

  3. Comité dictaminador. Grupo interinstitucional integrado por servidores públicos representantes de las instituciones de la Administración Pública Federal que forman parte de la Comisión Intersecretarial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida en México;

  4. Delegaciones Federales. Representaciones de las dependencias de la Administración Pública Federal en las entidades federativas, cuya función básica es propiciar y coadyuvar a que la planeación realizada entre la federación y los estados sea congruente y de acuerdo con las normas y lineamientos establecidos en los ámbitos federal y estatal;

  5. Derechos Humanos. Son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de las personas, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada;

  6. Dirección General. Dirección General de Inclusión Laboral y Trabajo de Menores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

  7. Distintivo. Al Distintivo México sin Trabajo Infantil otorgado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;

  8. Guía de operación. Al documento emitido por la Dirección General en el cual se detallan las características del Distintivo, su fundamento, sus propósitos, así...

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