Lineamientos Programático-Presupuestales

Fecha de disposición08 Septiembre 2011
Fecha de publicación08 Septiembre 2011
MateriaDerecho Público y Administrativo
EmisorTRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.- Comisión de Administración.- Secretaría.- Secretaría Administrativa. LINEAMIENTOS PROGRAMATICO-PRESUPUESTALES

INDICE

  1. PRESENTACION

  2. ANTECEDENTES

  3. GENERALIDADES

    III.1 Objetivo general

    III.2 Marco jurídico

  4. CONSIDERANDOS

  5. LINEAMIENTOS

    V.1 Planeación

    V.2 Programación

    V.3 Presupuestación

    V.4 Ejercicio y Control

    V.5 Seguimiento

    V.6 Evaluación

  6. TRANSITORIOS

  7. PRESENTACION

    El presente documento ha sido elaborado en cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento Interno que precisa, como una de las atribuciones de la Secretaría Administrativa (SA): "Establecer directrices para el diseño y operación del modelo de planeación estratégica institucional, para la formulación de programas, proyectos e indicadores de gestión". Asimismo, "Emitir lineamientos y adoptar medidas para que las áreas respectivas del Tribunal Electoral cumplan con sus programas anuales de trabajo, con el ejercicio oportuno de su presupuesto y con el programa anual de ejecución de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y obra pública".

    Estos Lineamientos establecen los criterios y mecanismos para la formulación, recepción, registro, integración, análisis, seguimiento y presentación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y del Programa Anual de Trabajo (PAT), e informar los avances con la periodicidad establecida, que le corresponden a la Dirección General de Planeación y Evaluación Institucional (DGPEI).

    Asimismo, corresponde a la Coordinación Financiera (CF) "...coordinar los procesos de planeación, asignación, ejecución y control de los recursos financieros autorizados para el eficaz cumplimiento de las tareas asignadas a la Sala Superior y las Salas Regionales"; así como "...Vigilar el ejercicio oportuno del presupuesto del Tribunal Electoral, procurando que los calendarios de ejecución del gasto guarden congruencia con los compromisos y metas establecidos en los programas anuales de trabajo y el programa anual de ejecución de adquisiciones, arrendamientos, prestación de servicios y obra pública;

    Por su parte, la Coordinación de Adquisiciones, Servicios y Obra Pública (CASOP) tiene la encomienda de supervisar, controlar y garantizar que los programas, recursos y atribuciones en materia de adquisiciones, de bienes y servicios, arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, prestación de servicios de toda índole, obra pública y servicios relacionados con la misma, requeridos para el buen funcionamiento del Tribunal Electoral.

    Los Lineamientos comprenden los apartados de planeación; programación; presupuestación; ejercicio y control; seguimiento, así como el relativo a la evaluación.

  8. ANTECEDENTES

    En 2009, mediante acuerdo 393/S12(9-XII-2009) la Comisión de Administración (CA) aprobó los Lineamientos programático-presupuestales del TEPJF que regulan y ordenan los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y control, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos de la institución. De esta manera, se administran los recursos presupuestales con eficiencia, eficacia, honradez y transparencia en la consecución de los objetivos institucionales.

    En 2010, mediante acuerdo 037/S2(22-II-2010) la CA aprobó el PEI 2010-2016, mismo que integra la misión y visión del TEPJF, los objetivos estratégicos, las conductas, las estrategias y los proyectos enfocados a mejorar su desempeño y la capacidad de respuesta frente a los desafíos y problemas institucionales.

    A un año de la implementación de los Lineamientos programático-presupuestales se requiere realizar ajustes a dicho instrumento normativo, acordes a las modificaciones realizadas en el PEI 2010-2016 y a las nuevas realidades de la institución.

  9. GENERALIDADES

    III.1 Objetivo general

    Establecer las normas y criterios que estandaricen e integren los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejecución y control, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos del TEPJF.

    III.2 Marco jurídico

    1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

    2. Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

    3. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    4. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su reglamento.

    5. Ley General de Contabilidad Gubernamental.

    6. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

    7. Acuerdo General de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del TEPJF.

    8. Reglamento Interno del TEPJF.

    9. Manual Específico de Organización de la DGPEI autorizado por la CA mediante acuerdo 139/S5 (20-V-2009).

    10. Acuerdo General 381/S12(8-XII-2010) que regula los procedimientos de adquisición, arrendamiento de bienes muebles, prestación de servicios, obra pública y los servicios relacionados con la misma del TEPJF.

    11. Acuerdo 58/S2(16-II-2011) mediante el cual la CA aprueba el Clasificador por Objeto del Gasto.

    12. Acuerdo 277/S91(08-XII-2004) de la CA donde autorizó a la Secretaría Administrativa (SA) para que previa dictaminación de la Contraloría Interna del TEPJF, apruebe las adecuaciones presupuestales e informe a este cuerpo colegiado.

    13. Acuerdo 088/S95(13-IV-2005) de la CA mediante el cual autorizó los Lineamientos para el manejo de disponibilidades financieras y la inversión de excedentes de tesorería, última reforma mediante acuerdo 215/S100(07-IX-2005).

    14. Acuerdo 159/S6(18-VI-2008) mediante el cual la CA autorizó los Lineamientos para el trámite y control de egresos.

    15. Acuerdo 239/S8(19-VIII-2009) mediante el cual la CA autorizó los Lineamientos para la recepción, registro y control de los ingresos del TEPJF.

    16. Acuerdo General del Comité Coordinador para Homologar criterios en materia administrativa e interinstitucional del Poder Judicial de la Federación por el que se establecen las medidas de carácter general de racionalidad y disciplina presupuestal para el ejercicio fiscal dos mil once. Diario Oficial de la Federación (DOF) del 25-II-2011.

  10. CONSIDERANDOS

    PRIMERO.- De conformidad con lo previsto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el artículo 99, décimo párrafo, en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en los artículos 186, fracción VI, VII; 205 y 209, fracciones III, XXIV y XXV, y en el Reglamento Interno del TEPJF en el artículo 45, el TEPJF cuenta con facultades para dictar su propio régimen interior y emitir los acuerdos generales necesarios para su adecuado funcionamiento, con autonomía administrativa y presupuestal que ejerce a través de la CA, que tiene a su cargo la administración, vigilancia y disciplina, y de velar en todo momento, en el ámbito de su competencia, por la autonomía de gestión y el manejo de los recursos del TEPJF.

    SEGUNDO.- El artículo 62, fracciones I, II, III, IV, V y IX, del Reglamento Interno del TEPJF, establece que el o la titular de la Secretaría Administrativa tendrá a su cargo, de conformidad con los lineamientos que fije la CA administrar los recursos humanos y materiales, para atender las necesidades del TEPJF, hacer las previsiones presupuestales para llevar a cabo las actividades previstas, aportando todos los elementos necesarios para la integración del anteproyecto del presupuesto anual de egresos, así como analizar las diversas instancias de planeación, organización y control del área administrativa, contando para ello con los manuales e instructivos de carácter administrativo.

    TERCERO.- Para el cumplimiento e instrumentación de las facultades precitadas, se formularon los presentes Lineamientos programático- presupuestales a fin de regular, orientar e informar sobre los procesos de planeación, programación, presupuestación, ejercicio y control, seguimiento y evaluación de los programas y proyectos institucionales, y de esta manera administrar los recursos presupuestarios de que disponga el TEPJF, con eficiencia, eficacia, honradez y transparencia en la consecución de sus objetivos institucionales.

  11. LINEAMIENTOS

    1. Ambito de aplicación y responsabilidad

      Estos lineamientos son de observancia obligatoria para todas las áreas que conforman el TEPJF.

    2. Glosario

      Para los efectos de interpretación y aplicación de los presentes lineamientos se entenderá por:

      Término Descripción
      I. Adecuaciones presupuestarias Modificaciones a las estructuras funcional-programática, administrativa y económica, y a los calendarios de presupuesto, así como las ampliaciones y reducciones al presupuesto aprobado por la CA y/o al presupuesto modificado autorizado, que permitan un mejor cumplimiento de los objetivos de los programas.
      II. Adecuaciones presupuestarias compensadas Incrementos y decrementos, por el mismo monto, en dos o más claves presupuestarias de la estructura programática vigente.
      III. Ampliaciones líquidas Aumento a la asignación original de una clave presupuestaria que incrementa el total del presupuesto.
      IV. Anteproyecto de presupuesto Instrumento de la programación- presupuestación mediante el cual se asignan recursos presupuestarios, con base en las estructuras programática y administrativa autorizadas.
      V. Calendario del presupuesto autorizado. Es la calendarización de los gastos que requerirá el TEPJF para la ejecución de sus programas. Representa el programa anual de ministraciones de recursos presupuestales, con base en la estacionalidad de gasto.
      VI. Clasificador por objeto del gasto Documento que ordena e identifica en forma genérica, homogénea y coherente, los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros que requiere el TEPJF, para desarrollar sus atribuciones.
      VII. Comité interinstitucional Organo integrado por representantes de las áreas responsables de la programación presupuestación, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Consejo de la Judicatura Federal (CJF) y TEPJF.

      VIII. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal
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