Lineamientos de Racionalidad y Austeridad Presupuestaria 2019.

Fecha de disposición27 Febrero 2019
Fecha de publicación27 Febrero 2019
EmisorCAMARA DE SENADORES
SecciónPRIMERA. Poder Legislativo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.- LXIV Legislatura. LINEAMIENTOS DE RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD PRESUPUESTARIA 2019

EL SECRETARIO GENERAL DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS DE LA CÁMARA DE SENADORES, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 66, NUMERAL 1, 77, NUMERAL 1; 99 Y 110, DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Y CON LA APROBACIÓN DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO, PUBLICA LOS LINEAMIENTOS DE RACIONALIDAD Y AUSTERIDAD PRESUPUESTARIA 2019, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL PENÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 13 DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2019, Y

CONSIDERANDO

  1. Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2019, se le aprobó a la Cámara de Senadores 3,940.0 millones de pesos, y que con objeto de ejercer de manera eficiente y eficaz el presupuesto autorizado se hace necesario definir acciones específicas de ahorro, con la finalidad de que con los recursos disponibles cumpla con sus objetivos, cabe destacar que este presupuesto es significativamente menor al del ejercicio inmediato anterior.

  2. Que la Cámara de Senadores es un Órgano Colegiado, parte integrante del Poder Legislativo Federal, conforme al artículo 50 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  3. Que por disposición del artículo 77, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cada una de las Cámaras del Poder Legislativo Federal puede, sin la intervención de su colegisladora, dictar resoluciones económicas relativas a su régimen interior;

  4. Que el ejercicio y la administración de los recursos públicos federales a disposición de los Poderes de la Unión y de los Órganos Constitucionales Autónomos, deben realizarse con base en criterios de legalidad, honestidad, austeridad, economía, racionalidad, eficacia, eficiencia, control, rendición de cuentas, transparencia y equidad de género.

  5. Que conforme lo señala el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, en el ámbito del Poder Legislativo se deben implantar medidas tendientes a la reducción del gasto destinado a las actividades administrativas, por lo que se hace necesario definir acciones específicas de ahorro con la finalidad de que, con menos recursos públicos, se alcancen los objetivos y metas establecidas.

  6. Que la Junta de Coordinación Política con fecha 1 de septiembre de 2018, estableció criterios y medidas de austeridad presupuestaria que deberán observarse en el Senado de la República para el ejercicio fiscal 2019.

  7. Que, de conformidad con lo expresado, los Órganos de Gobierno del Senado de la República estiman conveniente establecer las disposiciones de austeridad para el ejercicio fiscal 2019, conforme al siguiente:

    ACUERDO

    PRIMERO.- El presente acuerdo establece las disposiciones y medidas administrativas dictadas por los Órganos de Gobierno, con el objeto de racionalizar el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo de la Cámara de Senadores, a través de incrementar la productividad sin afectar el cumplimiento de las metas de carácter legislativo, con lo que se pretende obtener un ahorro por concepto de honorarios, materiales y artículos de construcción, materiales de administración, alimentos y utensilios, servicios de impresión, capacitación, servicio telefónico, congresos y convenciones, comunicación social, pasajes y viáticos, el cual se destinará a cubrir los compromisos propios del desarrollo del trabajo legislativo y, en su caso, a la conservación y adaptación de las instalaciones del Senado de la República.

    SEGUNDO. - Los lineamientos de racionalidad y austeridad presupuestaria deberán garantizar que los recursos se privilegien para cubrir los servicios de apoyo para el trabajo legislativo y de gestión de los Senadores y las Comisiones; los gastos de operación; y el cumplimiento de las obligaciones fiscales del órgano legislativo.

    TERCERO. - Son sujetos de las presentes medidas las unidades de apoyo parlamentario y de apoyo administrativo dependientes de las Secretarías Generales de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos, así como las unidades de apoyo técnico de la Cámara de Senadores. Estas medidas de racionalidad y austeridad presupuestaria no deberán afectar las actividades relativas al trabajo legislativo ni la seguridad de los legisladores, servidores públicos y personas que asistan a las instalaciones de la Cámara de Senadores, ni el patrimonio de la Institución.

    Para los efectos de los presentes lineamientos, se entenderá por Órganos de Gobierno a la Junta de

    Coordinación Política, Mesa Directiva y a la Comisión de Administración.

    CUARTO. - El Secretario General de Servicios Administrativos, con el apoyo de los titulares de cada área, instruirá a las unidades ejecutoras del gasto, así como a las administradoras de gasto para que, en el ámbito de su competencia, instrumenten las medidas del presente acuerdo, tendientes a fomentar la racionalidad en la prestación de los servicios a su cargo y cumplan con los criterios de austeridad, proporcionalidad, equidad, rendición de cuentas y transparencia del ejercicio presupuestal.

    QUINTO. - Conforme lo establece la ley, en el ejercicio del presupuesto y la administración de los recursos humanos, técnicos, materiales y de servicios, los servidores públicos de las áreas parlamentarias, administrativas y técnicas de la Cámara se abstendrán de destinar...

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