Lineamientos del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) y del Programa de Reconocimiento y Operación del SARE (PROSARE).

Fecha de disposición20 Mayo 2019
Fecha de publicación20 Mayo 2019
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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LINEAMIENTOS del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) y del Programa de Reconocimiento y Operación del SARE (PROSARE). CÉSAR EMILIANO HERNÁNDEZ OCHOA, Comisionado de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía, con fundamento en los artículos 24, fracción XII; 26, 27, fracciones I y VIII; 88 y artículo Décimo Primero Transitorio, fracciones I y II de la Ley General de Mejora Regulatoria; así como 3, fracción VII y 9, fracciones II, III, VII, inciso e), XIX y XX del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

CONSIDERANDO

Que el último párrafo del artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las autoridades de todos los órdenes de gobierno, en el ámbito de su competencia, deberán implementar políticas públicas de mejora regulatoria para la simplificación de regulaciones, trámites, servicios y demás objetivos que establezca la Ley General de Mejora Regulatoria;

Que el 18 de mayo de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Mejora Regulatoria que tiene por objeto establecer los principios y las bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de mejora regulatoria a la que se deberán adherir los sujetos obligados de la Administración Pública Federal y sus respectivos homólogos de las entidades federativas, los municipios y alcaldías y sus dependencias y entidades;

Que la Ley General de Mejora Regulatoria establece en su artículo 23 que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria tiene como objetivo promover la mejora de las regulaciones y la simplificación de trámites y servicios, así como la transparencia en la elaboración y aplicación de los mismos, procurando que éstos generen beneficios superiores a sus costos y el máximo beneficio para la sociedad, y tiene, entre otras atribuciones, las de revisar el marco regulatorio nacional, diagnosticar su aplicación, así como crear, desarrollar, proponer y promover Programas Específicos de Simplificación y Mejora Regulatoria;

Que los Programas Específicos de Simplificación y Mejora Regulatoria son herramientas para promover la mejora de las regulaciones y la simplificación de trámites y servicios, así como fomentar la aplicación de buenas prácticas nacionales e internacionales en materia de mejora regulatoria, a través de certificaciones otorgadas por las Autoridades de Mejora Regulatoria;

Que el artículo Décimo Primero Transitorio de la Ley General de Mejora Regulatoria establece que el Sistema de Apertura Rápida de Empresas y el Programa de Reconocimiento y Operación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas son Programas Específicos de Simplificación y Mejora Regulatoria;

Que el Sistema de Apertura Rápida de Empresas y el Programa de Reconocimiento y Operación del Sistema de Apertura Rápida de Empresas son herramientas que buscan facilitar el ambiente para hacer negocios y facilitar el establecimiento y funcionamiento de las empresas según su nivel de riesgo, considerando su tamaño, la rentabilidad social, la ubicación en zonas de atención prioritaria, así como otras características relevantes para el país;

Que el 10 de julio de 2009 la Junta de Gobierno del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo para el uso del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte (SCIAN) en la recopilación, análisis y presentación de estadísticas económicas y sus actualizaciones, como clasificador obligatorio para las Unidades del Estado que generen u obtengan estadísticas económicas a través del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, substituyendo a la Clasificación Mexicana de Actividades y Productos;

Que de un total de 1,059 giros o clases de actividades económicas agrupados de conformidad con el Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte, 42% correspondían a un total de 449 giros o actividades de bajo riesgo y susceptibles de ser desarrolladas por la micro, pequeña y mediana empresa, las cuales representan alrededor de 80% de las actividades económicas de más alta frecuencia en nuestro país;

Que el 4 de octubre de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos del Sistema de Apertura Rápida de Empresas (SARE) y del Programa de Reconocimiento y Operación del SARE (PROSARE) con el objeto de establecer las directrices a las que se ha de observar en la instalación del SARE y la operación y funcionamiento óptimo del PROSARE, garantizando estándares mínimos en la aplicación de dichos programas;

Que el 23 de julio de 2018 se incorporaron cambios en la estructura económica, se realizaron modificaciones relevantes a raíz de los acuerdos trilaterales con Canadá y Estados Unidos en los sectores 21, Minería; 22, Generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, suministro de agua y de gas natural por ductos al consumidor final; 51, Información en medios masivos, y 53, Servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles. Los acuerdos trilaterales establecidos en estos

sectores también trajeron cambios en el nivel de detalle nacional del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte. Esto arrojó un total de 1,084 giros o clases de actividades económicas, 42% corresponden a 454 giros o actividades de bajo riesgo y susceptibles de ser desarrolladas por la micro, pequeña y mediana empresa;

Que el artículo 88 de la Ley General de Mejora Regulatoria establece que la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria expedirá los lineamientos aplicables a los Programas Específicos de Simplificación y Mejora Regulatoria, para lo cual he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS DEL SISTEMA DE APERTURA RÁPIDA DE EMPRESAS (SARE) Y DEL PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO Y OPERACIÓN DEL SARE (PROSARE)

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERO. Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer los estándares mínimos, formatos, procedimiento, indicadores, métricas y mecanismos para la operación y correcto funcionamiento del Programa del Sistema de Apertura Rápida de Empresas y para la operación y funcionamiento óptimo del Programa de Reconocimiento y...

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