Aviso de demarcación de zona federal de los manantiales La Garita, Agua para Tomar y de Arriba y del arroyo La Garita, localizados en el Municipio de Acapulco de Juárez, Gro

Fecha de disposición10 Mayo 1999
Fecha de publicación10 Mayo 1999
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

AVISO de demarcación de zona federal de los manantiales La Garita, Agua para Tomar y de Arriba y del arroyo La Garita, localizados en el Municipio de Acapulco de Juárez, Gro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.- Comisión Nacional del Agua.- Subdirección General de Administración del Agua.

AVISO DE DEMARCACION DE ZONA FEDERAL DE LOS MANANTIALES LA GARITA, AGUA PARA TOMAR Y DE ARRIBA Y DEL ARROYO LA GARITA, LOCALIZADOS EN EL MUNICIPIO DE ACAPULCO DE JUAREZ, ESTADO DE GUERRERO

Conforme lo dispuesto en los artículos 16 y 27 párrafo quinto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 32 Bis fracciones III, V, XXIV y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 y 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 4o., 9o. fracciones V y XV, 113 fracción IV y demás relativos de la Ley de Aguas Nacionales; 4o. fracción IV y 40 fracción I y 44 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca; se hace del conocimiento general que la Subdirección General Técnica de la Comisión Nacional del Agua, realizó los trabajos técnicos topográficos correspondientes a la delimitación del cauce y la zona federal de los manantiales La Garita, Agua para Tomar y de Arriba y del arroyo La Garita, localizados desde sus orígenes hasta sus desembocaduras en el Océano Pacífico en un punto de la Bahía de Acapulco denominado El Farallón. Las aguas de los manantiales La Garita, Agua para Tomar y de Arriba y del arroyo La Garita están determinadas de propiedad nacional, según declaratoria número 50 de fecha 13 de octubre de 1938, publicada en el Diario Oficial, órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, el 11 de noviembre de 1938.

El presente Aviso deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero y en el periódico de mayor circulación en Acapulco de Juárez, Gro., fijando un plazo de 30 días naturales, que se contarán a partir de la última publicación, para efecto de que los propietarios colindantes con la zona federal de los manantiales La Garita, Agua para Tomar y de Arriba y del Arroyo La Garita, se sirvan acudir a la oficina de la Comisión Nacional del Agua conocida con el nombre de “Colegio Argudín”, sita en Gran Vía Tropical número 26...

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