Acuerdo por el que se da a conocer el Plan de Manejo Pesquero de pulpo (O. Maya y O. Vulgaris) del Golfo de México y Mar Caribe

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. ENRIQUE MARTÍNEZ Y MARTÍNEZ, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 12, 14, 26 y 35 fracciones XXI y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, 8, fracción II, 20 fracción XI, 29 fracción XV, 36 y 39, de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 1, 3, 5 fracción XXII y 48 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Primero, Segundo y Tercero del Decreto por el que se establece la organización y funcionamiento del Organismo Descentralizado denominado Instituto Nacional de Pesca; y 1, 4 y 5 del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Pesca y

CONSIDERANDO

Que la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables confiere a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, por conducto del Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA), la facultad para la elaboración y actualización de los Planes de Manejo Pesquero.

Que los Planes de Manejo tienen por objeto dar a conocer el conjunto de acciones encaminadas al desarrollo de la actividad pesquera de forma equilibrada, integral y sustentable; basadas en el conocimiento actualizado de los aspectos biológicos, ecológicos, pesqueros, ambientales, económicos, culturales y sociales que se tengan de ella, que en su conjunto son el anexo del presente instrumento.

Que para la elaboración de los Planes de Manejo, el INAPESCA atiende a lo requerido por el Consejo Nacional de Pesca y los Consejos Estatales de Pesca y Acuacultura a que corresponda, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL PLAN DE MANEJO PESQUERO DE PULPO (O. MAYA Y O. VULGARIS) DEL GOLFO DE MÉXICO Y MAR CARIBE

ARTÍCULO ÚNICO

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer el Plan de Manejo Pesquero de Pulpo (O. maya y O. vulgaris) del Golfo de México y Mar Caribe.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, D.F., a 28 de febrero 2014.- El Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, Enrique Martínez y Martínez.- Rúbrica.

PLAN DE MANEJO PESQUERO DE PULPO (O. MAYA Y O. VULGARIS) DEL GOLFO DE MÉXICO Y MAR CARIBE

ÍNDICE:

  1. Resumen ejecutivo

  2. Marco jurídico

  3. Ámbitos de aplicación del Plan de Manejo

    3.1. Ámbito biológico

    3.2. Ámbito geográfico

    3.3. Ámbito ecológico

    3.4. Ámbito socioeconómico

  4. Diagnóstico de la pesquería

    4.1. Importancia

    4.2. Especies objetivo

    4.3. Captura incidental y descartes

    4.4. Tendencias históricas

    4.5. Disponibilidad del recurso

    4.6. Unidad de pesca

    4.7. Infraestructura de desembarco

    4.8. Proceso e industrialización

    4.9. Comercialización

    4.10. Indicadores socioeconómicos

    4.11. Demanda pesquera

    4.12. Grupos de interés

    4.13. Estado actual de la pesquería

    4.14. Medidas de manejo existentes

  5. Propuesta de manejo de la pesquería

    5.1. Imagen objetivo al año 2022

    5.2. Fines

    5.3. Propósito

    5.4. Componentes

    5.5. Líneas de acción

    5.6. Acciones

  6. Implementación del Plan de Manejo

  7. Revisión, seguimiento y actualización del Plan de Manejo

  8. Programa de investigación

  9. Programa de inspección y vigilancia

  10. Programa de capacitación

  11. Costos y financiamiento del Plan de Manejo

  12. Glosario

  13. Referencias

  14. Anexo

  15. Resumen ejecutivo

    La pesquería de pulpo es una de las más importantes del país; en el litoral del Golfo de México y Mar Caribe es la primera en cuanto a volumen y la segunda en cuanto a valor. Dada la importancia del recurso pulpo en esta región y promoviendo su ordenamiento y manejo bajo los principios de sustentabilidad y pesca responsable, se presenta el Plan de Manejo Pesquero que impulsará el desarrollo integral y armónico con enfoque social, ecosistémico y productivo. Este Plan de Manejo presenta los aspectos generales sobre la biología de las dos especies de pulpo que integran esta pesquería, destacando que las principales zonas de captura corresponden a los estados de Campeche y Yucatán, con menor intensidad en Veracruz y Quintana Roo y se presenta una caracterización del hábitat de las mismas, así como la interacción con el ambiente, su problemática ambiental, y relación con otras pesquerías y otras especies. En el ámbito socioeconómico se

    denota que la mayor producción económica que genera esta pesquería ocurre en el estado de Yucatán seguido por el estado de Campeche, estados en los que en cada temporada de captura aproximadamente 90% de la población pesquera se dedica a esta actividad. La industria pesquera en ambos estados, basa sus objetivos de captura anuales en el recurso pulpo. No se tienen registros sobre la magnitud de la pesca ilegal, se conoce el uso de artes ilegales, tanto en temporada de captura como durante la veda. A nivel nacional, la tendencia de la pesquería de pulpo durante los últimos cuatro años es decreciente, esto puede deberse a diversos factores, señalados más adelante. Se presentan una caracterización de las unidades pesqueras, tanto de la flota artesanal como la industrial, la infraestructura de desembarco y la comercialización, estimaciones de la biomasa total como de la cuota de captura por temporada de pesca para el pulpo maya, Octopus maya. En el presente Plan de Manejo se anotan una serie de objetivos que deben promoverse y adecuarse con las observaciones de los usuarios y actores relacionados con la explotación de este recurso, incluyendo objetivos Sociopolíticos, Generales de Manejo, Económicos y sobre la Calidad. En este plan también se trazan estrategias y medidas de manejo y se sugieren indicadores y puntos de referencia que deberían ser útiles en el manejo. Se proponen líneas de investigación para el manejo de este recurso.

  16. Marco jurídico

    Este Plan de Manejo Pesquero se apega al Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, por lo que corresponde a ésta el dominio directo de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos, de igual manera son considerados propiedad de la misma las aguas de los mares territoriales en la extensión y términos que fije el derecho internacional; las aguas marinas interiores, las de las lagunas y esteros que se comuniquen permanentemente o intermitentemente con el mar; las de los lagos interiores de formación natural que estén ligados directamente a corrientes constantes; así como las de los ríos y sus afluentes directos o indirectos, el Sector Pesquero es estratégico y prioritario para el desarrollo del país porque, además de ofrecer los alimentos que consumen las familias mexicanas y proveer materias primas para las industrias manufacturera y de transformación, se ha convertido en un importante generador de divisas al mantener un gran dinamismo exportador. Esta riqueza biológica de los mares mexicanos puede traducirse en riqueza pesquera y generadora de empleos, siendo oportuno que su potencial sea explotado atendiendo los principios de sustentabilidad y respeto al medio ambiente. Además de la pesca, la acuacultura y la maricultura son actividades que también demandan de un impulso ante su desarrollo aún incipiente, por lo que los Planes de Manejo Pesquero se encuentran apegados a lo establecido en nuestra Carta Magna, a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables en los artículos 4 fracción XXXVI, 36 fracción II y 39, y a la Carta Nacional Pesquera.

    La Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables (LGPAS), reconoce a la pesca y la acuacultura como actividades que fortalecen la soberanía alimenticia y territorial de México, considerándolas de importancia para la seguridad nacional y prioritaria para el desarrollo del país. Estableciendo los principios de ordenamiento, fomento y regulación del manejo integral y el aprovechamiento sustentable de la pesca y la acuacultura, considerando los aspectos sociales, tecnológicos, productivos, biológicos y ambientales.

    Definiendo las bases para la ordenación, conservación, la protección, la repoblación y el aprovechamiento sustentable de los recursos pesqueros y acuícolas, así como la protección y rehabilitación de los ecosistemas en que se encuentran dichos recursos. Indicando los principios para ordenar, fomentar y regular el manejo integral. Promueve el mejoramiento de la calidad de vida de los pescadores y acuicultores del país a través de los programas que se instrumenten para el sector pesquero y acuícola. Procura el derecho al acceso, uso y disfrute preferente de los recursos pesqueros y acuícolas de las comunidades y propone mecanismos para garantizar que la pesca y la acuacultura se orienten a la producción de alimentos. Además es un Plan de Manejo con enfoque precautorio, acorde con el Código de Conducta para la Pesca Responsable, del cual México es promotor y signatario, y es congruente con el objetivo 4.10 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 para contribuir un sector agropecuario y pesquero que garantice la seguridad alimentaria del país.

    Adicionalmente a la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, otras leyes concurrentes son: a) Ley Federal sobre Metrología y Normalización, concerniente a la emisión de Normas reglamentarias de las pesquerías; b) Ley General de Sociedades Cooperativas que rige la organización y funcionamiento de las sociedades de producción pesquera, y c) Ley General del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR