Manual de Organización de la Auditoría Superior de la Federación. (Continúa en la Cuarta Sección)

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MANUAL de Organización de la Auditoría Superior de la Federación. (Continúa en la Cuarta Sección) (Viene de la Segunda Sección)

  1. Ordenar y efectuar visitas domiciliarias a particulares, personas físicas o morales, únicamente para exigir la exhibición de los libros, papeles, contratos, convenios, nombramientos, dispositivos magnéticos o electrónicos de almacenamiento de información, documentos y archivos indispensables para la realización de sus investigaciones, sujetándose a las leyes respectivas y a las formalidades establecidas para los cateos, con motivo de la fiscalización de la Cuenta Pública, así como designar al personal encargado de practicarlas;

  2. Requerir a las entidades fiscalizadas, servidores públicos y, en general, a cualquier entidad o persona física o moral, pública o privada, la información y documentación necesarias para realizar la función de fiscalización;

  3. Solicitar a las instancias de control competentes, en el ámbito de sus atribuciones, copia de los informes y dictámenes de las auditorías por ellas practicadas o por medio de despachos externos;

  4. Verificar y supervisar que las auditorías sobre el desempeño, y las evaluaciones a las políticas públicas, se realicen conforme a las normas de calidad establecidas en cada uno de los procesos de planeación, desarrollo y elaboración de informes;

  5. Promover prácticas elementales para la mejora en la calidad de las auditorías de desempeño y la evaluación a las políticas públicas, para ir construyendo una plataforma para lograr la excelencia;

  6. Revisar y aprobar, en su caso, los informes de auditoría y de evaluación a las políticas públicas formuladas por las direcciones generales, verificando que se hayan cumplido con los estándares de calidad establecidos;

  7. Coordinar el seguimiento de las recomendaciones y acciones promovidas ante las entidades fiscalizadas y autoridades competentes, para propiciar prácticas de buen gobierno;

  8. Condonar total o parcialmente, en el ámbito de su competencia, las multas impuestas en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

  9. Supervisar la integración de los documentos y elementos necesarios para que por conducto de la Unidad de Asuntos Jurídicos se promueva ante las autoridades competentes el fincamiento de otro tipo de responsabilidades;

  10. Supervisar la integración, clasificación, control y guarda de los expedientes de los papeles de trabajo que respaldan las auditorías y evaluaciones a las políticas públicas realizadas por la Auditoría Especial de Desempeño, observándose las normas institucionales establecidas para tal efecto;

  11. Formular los dictámenes para destruir la documentación que obre en sus archivos después de diez años, siempre y cuando se haya microfilmado, digitalizado, escaneado o respaldado por algún otro medio, conforme a lo establecido en el artículo 11 de la LFRCF;

  12. Celebrar con las entidades fiscalizadas dos reuniones como mínimo en las que se les dé a conocer la parte que les corresponde de los resultados y, en su caso, las observaciones preliminares de las auditorías que se les practicaron, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15, fracción XXVII, 16 y 17 de la LFRCF, debiendo informar a los representantes de dichas entidades el carácter reservado de la información que corresponda;

  13. Celebrar las reuniones de trabajo que estime necesarias durante las auditorías de desempeño, para la revisión de los resultados preliminares, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la LFRCF;

  14. Expedir copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos relacionados con la práctica de auditorías; con las limitaciones que señalan las disposiciones jurídicas en materia de reserva, confidencialidad, secrecía y de acceso a la información pública gubernamental;

  15. Promover la defensa y preservación de la integridad institucional en el ejercicio de sus funciones y en las del personal a su cargo;

  16. Verificar que durante el desarrollo de las revisiones a su cargo, mediante cotejo, se obtengan copias certificadas de los documentos originales derivados de la fiscalización de la Cuenta Pública;

  17. Verificar y supervisar la observancia de la normativa relacionada con la organización y operación de las direcciones generales a su cargo y, en su caso, proponer al Auditor Superior de la Federación las modificaciones que juzgue convenientes;

  18. Asistir y participar en los consejos, comités, comisiones o grupos de trabajo que le corresponda en el

    ámbito de su competencia;

  19. Crear, modificar o extinguir, en el ámbito de su competencia, los comités internos que estime convenientes, para la adecuada coordinación de sus actividades, excepto los previstos en la fracción XIII del artículo 6o. del RIASF;

  20. Proponer, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, las modificaciones de los principios, postulados, normas, procedimientos, métodos y sistemas de registro y contabilidad; las disposiciones para el archivo, guarda y custodia de los libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso, gasto y deuda pública; así como todos aquellos elementos que posibiliten la adecuada rendición de cuentas y la práctica idónea de las auditorías;

  21. Presentar las propuestas que deban enviarse al Consejo Nacional de Armonización Contable, en los términos de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, relativas a la información complementaria a la prevista en dicha ley para incluirse en la Cuenta Pública y modificaciones a los formatos de integración correspondientes y someterlas a consideración del Auditor Superior de la Federación;

  22. Participar en los proyectos, programas, acciones o eventos que promuevan los organismos internacionales que agrupan a las entidades de fiscalización homólogas, cuando así lo determine el Auditor Superior de la Federación;

  23. Proponer y mantener mecanismos de coordinación con las UAA de la ASF para lograr la integralidad del IR;

  24. Informar periódicamente al Auditor Superior de la Federación sobre el estado que guardan los asuntos encomendados y los avances alcanzados en los programas y proyectos asignados;

  25. Instruir a los directores generales en la aplicación de medidas para el control del personal, evaluación de su desempeño y, en su caso, para promover las sanciones a que se hagan acreedores;

  26. Aportar la información necesaria para formular el proyecto de presupuesto anual de la Auditoría Especial de Desempeño y de sus direcciones generales;

  27. Proponer los programas y cursos de formación y capacitación para elevar el nivel técnico y profesional del personal de la Auditoría Especial de Desempeño, así como evaluar su desempeño conforme a las políticas y procedimientos establecidos;

  28. Promover y dar seguimiento a la imposición de las sanciones que procedan al personal de su adscripción, cuando incurran en responsabilidades administrativas en el desempeño de sus funciones;

  29. Proponer los nombramientos del personal de confianza que integran las UA de su adscripción; ordenar su cambio de adscripción, así como proponer a la UGA la terminación de los efectos de dichos nombramientos cuando procedan, acompañando los documentos que acrediten las razones de dicha terminación, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

  30. Realizar las gestiones necesarias para incorporar al personal auditor de la Auditoría Especial de Desempeño al Servicio Fiscalizador de Carrera de la ASF;

  31. Efectuar, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para cumplir las disposiciones aplicables en las materias de transparencia y acceso a la información pública, así como la clasificación, conservación, guarda y custodia de los archivos a su cargo;

  32. Suplir en sus ausencias al Auditor Superior de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 46 y 47 del RIASF;

  33. Atender, en el ámbito de su competencia, los asuntos relacionados con el SGC, y

  34. Efectuar las demás funciones que, en el ámbito de su competencia, le confieran las disposiciones jurídicas aplicables y el Auditor Superior de la Federación.

    30000 SECRETARIO TÉCNICO

    El Auditor Especial de Desempeño, para la atención de los asuntos administrativos y técnicos de las UA de su adscripción, será auxiliado por un Secretario Técnico.

    Funciones:

  35. Participar en la formulación e integración del proyecto del PAAF y del Programa Anual de Actividades de la Auditoría Especial de Desempeño, conforme a la normativa y lineamientos establecidos;

  36. Dar seguimiento a la observancia del PAAF y del Programa Anual de Actividades de la Auditoría Especial de Desempeño, en términos de actividades, metas y fechas previstas en el programa;

  37. Integrar los reportes periódicos de la Auditoría Especial de Desempeño que soliciten las áreas centrales de la ASF sobre el PAAF y del Programa Anual de Actividades, y los demás que se le requieran, en la materia, a la Auditoría Especial de Desempeño;

  38. Fungir como enlace de la Auditoría Especial de Desempeño ante la Coordinación de Planeación y Programación en lo relativo al proceso de planeación, específicamente en la selección de los sujetos u objetos por auditar y sobre las adecuaciones o modificaciones a las propuestas de la Auditoría Especial de Desempeño;

  39. Participar en la integración del anteproyecto de presupuesto anual de la Auditoría Especial de Desempeño;

  40. Colaborar en la preparación de estudios y proyectos que competan a la Auditoría Especial de Desempeño, en la forma que determine el Auditor Especial de Desempeño;

  41. Llevar el registro y seguimiento de los avances semanales en los procesos de auditoría y evaluación a las políticas públicas y en los asuntos administrativos y de control de la Auditoría Especial de Desempeño;

  42. Participar, en coordinación con los directores generales, en la revisión y actualización de las normas y procedimientos para realizar las auditorías sobre el desempeño y para la evaluación a las políticas públicas, a programas de gobierno, programas presupuestarios, proyectos...

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