Manual General de Organización de la Secretaría de Economía

Fecha de disposición03 Diciembre 2003
Fecha de publicación03 Diciembre 2003
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

MANUAL General de Organización de la Secretaría de Economía.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACION DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA

MISION

Crear las condiciones necesarias para fortalecer la competitividad, tanto en el mercado nacional e internacional, de todas las empresas del país; en particular de las Micro, Pequeñas y Medianas. Instrumentar una nueva política de desarrollo empresarial que promueva la creación y consolidación de proyectos productivos que contribuyan al crecimiento económico sostenido y generen un mayor bienestar para todos los mexicanos.

ANTECEDENTES

La primera referencia que se tiene de la Secretaría, se encuentra en el Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal , expedido por la Junta Provisional Gubernativa el 8 de noviembre de 1821, el cual crea cuatro secretarías de Estado y del despacho: Justicia y Negocios Eclesiásticos, Guerra y Marina, Hacienda, y Relaciones Interiores y Exteriores, confiriendo a esta última facultades para la atención de todas las ramas económicas, entre ellas las de comercio.

En el año de 1843, por disposición contenida en las Bases de Organización Política de la República Mexicana , se crea el Ministerio de Justicia, Negocios Eclesiásticos, Instrucción Pública e Industria, cuyo articulado le atribuye también funciones en materia de comercio.

El 22 de abril de 1853, se crea la Secretaría de Fomento, Colonización, Industria y Comercio, encomendándosele los siguientes asuntos: formación de la estadística general de la industria agrícola, minera y mercantil, siguiendo en cada año el movimiento que estos ramos tengan, la colonización, las medidas conducentes al fomento de todos los ramos industriales y mercantiles, la expedición de las patentes y privilegios, las exposiciones públicas de productos de la industria agrícola, minera y fabril, los caminos, canales y todas las vías de comunicación de la República, el desagüe de la Ciudad de México y todas las obras concernientes al mismo, así como todas las obras públicas de utilidad y ornato que se hagan con fondos públicos.

Al promulgarse el Decreto del 23 de febrero de 1861, las atribuciones descritas se reasignan entre seis Secretarías de Estado, correspondiendo a la Secretaría de Fomento, las de intervenir en el comercio, exposiciones de productos industriales, lonjas, corredores, agentes de negocios, pesas y medidas.

Por Decreto del 13 de mayo de 1891, la Secretaría de Fomento conservó parte de las funciones públicas que hasta entonces le correspondían, transfiriendo otras a la dependencia que se denominó Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio.

Por Decreto el 31 de marzo de 1917 se crea la Secretaría de Industria y Comercio, la cual tendría a su cargo el despacho de los asuntos relacionados con el comercio, industria en general, cámaras y asociaciones industriales y comerciales, enseñanza comercial, minería, petróleo, propiedad mercantil e industrial, privilegios exclusivos, trabajo, asociaciones obreras, emigración, sociedades anónimas, seguros, lonjas y corredores, exposiciones nacionales e internacionales, estadística comercial, fabril y minera, pesas y medidas.

La Ley de Secretarías de Estado del 25 de diciembre de 1917 modifica las facultades y la denominación de esta Secretaría, amplía sus atribuciones en materia de trabajo y le otorga el nombre de Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo.

Esta ley es abrogada por la Ley de Secretarías de Estado, Departamentos Administrativos y demás Dependencias del Poder Ejecutivo Federal (D.O.F. 6/04/1934) y por ella se crea la Secretaría de la Economía Nacional, así como las secretarías de Comunicaciones y Obras Públicas, de Agricultura y Fomento, y el Departamento del Trabajo.

La Ley de Secretarías y Departamentos de Estado (D.O.F. 31/12/1935) conserva la denominación de la dependencia y amplía sus facultades para: intervenir, cuando la venta de primera mano se haga por los productores directamente a comerciantes extranjeros, el control de las industrias extractivas y de la industria eléctrica, la organización, fomento y vigilancia de las sociedades cooperativas, sociedades mercantiles, cámaras y asociaciones industriales, propiedad industrial y mercantil, así como para intervenir en la expedición y modificaciones a las leyes y los reglamentos derivados del artículo 28 constitucional.

Esta ley es sustituida (D.O.F. 21/12/1946), y la dependencia toma el nombre de Secretaría de Economía y adiciona a su competencia la conservación y el desarrollo de los recursos naturales del país, así como asuntos relacionados con el seguro social.

La Ley de Secretarías y Departamentos de Estado (D.O.F. 24/12/1958) restituye a la dependencia la denominación de Secretaría de Industria y Comercio, suprime facultades que le habían sido conferidas por disposiciones anteriores y le otorga las atribuciones de intervenir en todo lo relacionado con la industria pesquera, con el fin de lograr un aprovechamiento integral de estos recursos, fomentar el comercio exterior del país, y se le faculta para participar en aranceles y determinar las restricciones de los artículos de importación y exportación, fijar precios máximos y vigilar su estricto cumplimiento, establecer tarifas en la prestación de aquellos servicios que se consideren necesarios, definir el uso preferente que debe darse a determinadas mercancías, asesorar técnicamente a las nuevas industrias de transformación, organizar el artesanado, las industrias familiares y proteger y fomentar la industria nacional.

Con la promulgación de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (D.O.F. 29/12/1976), la dependencia se transforma en Secretaría de Comercio, suprimiéndosele las atribuciones relativas a industria y a pesca y facultándola para: el despacho de los asuntos, formular y conducir las políticas generales de comercio del país, estudiar, proyectar y determinar los aranceles, así como las restricciones para los artículos de importación y exportación, participar en la fijación de los criterios generales para el establecimiento de los estímulos al comercio exterior, establecer la política de precios, orientar y estimular los mecanismos de protección al consumidor, coordinar y dirigir la acción estatal orientada a asegurar el abastecimiento de los consumos básicos de la población, establecer y vigilar las normas de calidad, pesas y medidas, fomentar el desarrollo del pequeño comercio rural y urbano, así como impulsar, en coordinación con las dependencias centrales y entidades del sector paraestatal que tengan relación con las actividades específicas de que se trate, la producción de bienes y servicios que se consideren fundamentales para la regularización de los precios.

El Decreto que adiciona a la Secretaría de Comercio (D.O.F. 8/12/1978), la facultad de intervenir en todas las adquisiciones que realice la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal, así como en el manejo de almacenes, control de inventarios, avalúos y baja de los bienes muebles que utilice.

Al reformarse la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal por Decreto (D.O.F. 29/12/1982), la hasta entonces Secretaría de Comercio cambia su denominación a Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, confiriéndosele nuevas facultades, tales como: la promoción de la planta industrial del país, formular y conducir las políticas generales de la industria, establecer la política de industrialización de diversos productos, escuchando la opinión de otras dependencias, regular la producción industrial, asesorar a la iniciativa privada en el establecimiento de nuevas industrias que se dediquen a la exportación de manufacturas nacionales, etc., funciones que desempeñaba la extinta Secretaría de Patrimonio y Fomento Industrial, la promoción y aplicación de estímulos fiscales necesarios para el fomento industrial, el comercio interior, exterior y el abasto, derivados de la fijación de los montos globales establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el Programa de Desarrollo de las Franjas Fronterizas y Zonas Libres del País, que operaba la Secretaría de Programación y Presupuesto, y el desarrollo de instrumentos de política económica, que en materia de productos básicos tenía la Presidencia de la República.

Entre otras modificaciones que sufrió la Secretaría destacan: la transferencia a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de las atribuciones que se tenían en materia de precios y tarifas del sector público, y a las secretarías de Programación y Presupuesto y de la Contraloría General de la Federación, las correspondientes a normas sobre adquisiciones y bienes muebles.

De acuerdo con las disposiciones emitidas por el Ejecutivo Federal el 22 de julio de 1985, se reducen las estructuras de la administración pública, se revisó y analizó la organización y funcionamiento de la dependencia, simplificando considerablemente su estructura orgánica.

La estructura orgánico funcional derivada de este ejercicio se mantuvo vigente hasta diciembre de 1987 cuando, con motivo de la firma del Pacto de Solidaridad Económica por parte del gobierno federal y los representantes de los sectores público y privado, se adquirieron diversos compromisos que profundizaron las acciones de racionalidad para reducir la estructura de la administración pública, así como el uso y aprovechamiento de los recursos.

Para instrumentar tales medidas el Ejecutivo Federal expidió el Acuerdo de Austeridad para las Dependencias y Entidades de la Administración Pública (D.O.F. 4/1/1988).

De acuerdo con las disposiciones aludidas se efectuó el proceso de compactación como parte de las acciones del Programa de Modernización Administrativa. Al iniciarse la administración 1988-1994, el Titular del Ejecutivo definió las directrices básicas de su gobierno, orientado a impulsar la...

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