Manual de Organización General de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Fecha de disposición27 Noviembre 2012
Fecha de publicación27 Noviembre 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. FRANCISCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 5o. fracción X del Reglamento Interior de esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION

CONTENIDO

INTRODUCCION
  1. ANTECEDENTES

  2. MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO

  3. MISION, VISION Y OBJETIVOS

  4. ATRIBUCIONES

  5. ESTRUCTURA ORGANICA

  6. ORGANIGRAMA

  7. OBJETIVO Y FUNCIONES POR AREA

INTRODUCCION

En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y al artículo 5o. fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, se formula el presente Manual de Organización General, cuyo propósito fundamental es conformar una fuente actualizada de información que sirva de referencia y, a la vez, oriente a los servidores públicos de esta Secretaría, así como a otras dependencias, entidades del Gobierno Federal y a los particulares, respecto a la organización y funcionamiento de la Institución.

Para tal efecto, el documento contiene, en forma específica, información ordenada y sistemática sobre los antecedentes más relevantes en materia agroalimentaria, ganadera, de desarrollo rural y pesca, el marco jurídico aplicable, misión, visión, objetivos, atribuciones, estructura orgánica, organigrama y objetivo y funciones de cada una de las unidades administrativas que integran la Secretaría hasta el nivel de Dirección General.

Es importante señalar, que la configuración actual de la estructura orgánica de la Secretaría, se deriva de su Reglamento Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012 y atiende, primordialmente, a los criterios siguientes:

· Mantener una estricta correlación entre la estructura orgánica y las atribuciones, funciones, programas y metas por cumplir.

· Mantener el principio de racionalidad y austeridad con sentido productivo, considerando únicamente los órganos, niveles jerárquicos y personal estrictamente necesario para cumplir con los programas asignados.

· Evitar duplicidades, dispersión de esfuerzos y fallas de coordinación, mediante una delimitación precisa de responsabilidades, ámbitos de competencia y relaciones de trabajo entre las distintas áreas de la Institución.

En este sentido, el Manual de Organización General responde a la estructura y objetivo del Reglamento Interior, con el propósito de constituir un instrumento que contribuya a que el ejercicio de las atribuciones de la Secretaría se realice de manera ágil, eficiente y transparente.

  1. ANTECEDENTES

    El 8 de noviembre de 1821, se expidió el Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal, por medio del cual se crean cuatro secretarías, siendo una de ellas la Secretaría de Estado y del Despacho de Relaciones Interiores y Exteriores, sus facultades eran inmensas, entre ellas, la seguridad interior, las instituciones de beneficencia y la actividad de fomento (agricultura y minería), acompañada de las políticas de colonización.

    El 2 de diciembre de 1842, se decretó la creación de la que fue la Dirección General de Industria, una entidad que dependía del Ministerio de Relaciones Exteriores e Interiores, que tuvo como función principal el fomento agropecuario y, para el año de 1846, se le adicionó la función de colonización.

    El 28 de abril de 1853, se creó el Ministerio de Fomento, Colonización, Industria y Comercio, al cual además de las funciones de fomento agropecuario y colonización se le incorporó la función de irrigación, conforme a las bases para la administración de la República.

    El 13 de mayo de 1891, se promulgó la Ley de Secretarías de Estado, la cual le otorgó al Ministerio de Fomento, Colonización, Industria y Comercio el rango de Secretaría y la denominó Secretaría de Fomento, dependencia a la que se le adjudicaron las funciones administrativas inherentes con las actividades agropecuarias, de ubicación de las colonias y de obras de riego.

    En el año de 1917, la Ley de Secretarías de Estado, adicionó a la Secretaría las funciones de dotación de tierras y fraccionamiento de latifundios y, por reformas a la ley, en diciembre del mismo año, se le llamó Secretaría de Agricultura y Fomento, agregándosele la función de restitución de tierras.

    El 22 de marzo de 1934, por Decreto, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Código Agrario y, como consecuencia, se transfiere el Departamento Agrario a la Secretaría y con él sus funciones relacionadas con el reparto de tierras.

    En el año de 1939, por reformas a la Ley de Secretarías, se incluyeron a la Secretaría las funciones en materia forestal y de caza, y el 7 de diciembre de 1946 se le dio el nombre de Secretaría de Agricultura y Ganadería.

    En diciembre de 1958 se emite la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, la cual da la atribución en ese entonces a la Secretaría de Agricultura y Ganadería de: "planear, fomentar y asesorar técnicamente la producción agrícola, ganadera, avícola, apícola y forestal en todos sus aspectos".

    El 22 de enero de 1963, por reformas de la misma Ley, se le transfieren al Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización, las funciones de colonización y terrenos nacionales.

    En el nivel foráneo existieron 32 agencias generales, en las cuales se apoyaban operativamente las Direcciones Generales de nivel central.

    Posteriormente, la Secretaría de Agricultura y Ganadería y la Secretaría de Recursos Hidráulicos, se fusionaron al expedirse la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la cual entró en vigor el 1 de enero de 1977, dando origen a la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos. Por lo que el 12 de agosto del mismo año, al publicarse en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior, quedaron formalizadas sus atribuciones.

    Como resultado de la fusión, el ámbito foráneo de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos quedó conformado por el modelo de organización de las representaciones generales, estructurándose hasta el nivel de jefatura de programa, asignándoles las funciones de competencia para cada subsector.

    El 13 de septiembre de 1982, se define la situación administrativa del Instituto Superior Agropecuario del Estado de Guerrero, toda vez que se publica en el Diario Oficial de la Federación, el Reglamento de la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos, mismo que lo determina como un órgano administrativo desconcentrado, cambiando así su denominación a Colegio Superior Agropecuario del Estado de Guerrero.

    El 29 de diciembre de 1982, por reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, las funciones relacionadas con la flora y fauna que esta dependencia desempeñaba, pasaron a ser competencia de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, lo cual originó una nueva reestructuración.

    En 1983, con la emisión del Plan Nacional de Desarrollo, la Secretaría de Agricultura y Recursos Hidráulicos (1983-1988) asume la coordinación del Programa de Desarrollo Rural y, por lo tanto, la responsabilidad de procurar la convergencia de acciones para dar integridad al desarrollo del campo mexicano; fue así como posteriormente en 1988 se publica el Acuerdo mediante el cual se establecen los Distritos de Desarrollo Rural y sus Centros de Apoyo, publicándose la Ley de Distritos de Desarrollo Rural.

    El 7 de junio de 1985 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las modificaciones a su Reglamento Interior, que abrogó el similar del 13 de septiembre de 1982, en virtud del proceso de modernización administrativa al que la Secretaría se sometió desde 1983.

    En el nivel central se fusionan las Subsecretarías de Agricultura, de Ganadería y la Forestal, lo que significó en las Delegaciones Estatales de la Secretaría, el agrupamiento de las áreas que desarrollaban estas funciones, a través de la Subdelegación de Fomento y Desarrollo.

    Por lo que se refiere a los Distritos de Riego y de Temporal, en 1988 se fusionan creando los Distritos de Desarrollo Rural, orientados a optimizar la producción en zonas con características ecológicas y socioeconómicas similares.

    En 1989, a raíz del cambio de administración y con fundamento en el Reglamento Interior publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 10 de abril del mismo año, la Secretaría se adecua orgánicamente.

    Derivado de lo anterior, la Contraloría Interna desaparece de la estructura básica y se constituye en una Unidad conformada con puestos homólogos de autorización específica, la cual no genera estructura orgánica y pasa a depender directamente de la Oficialía Mayor.

    La Subsecretaría de Desarrollo Agropecuario y Forestal se reestructura y sus funciones se reasignan por materia, en las Subsecretarías de Agricultura, Ganadería y la Forestal, para el mejor desarrollo de las actividades sustantivas, y la Dirección General de Infraestructura Rural se fusiona con el Fideicomiso de Riesgo Compartido.

    En abril de 1990, en virtud del proceso de modernización del campo y de la Administración Pública Federal, se instrumentan nuevos cambios a la organización y funcionamiento, los cuales quedaron formalizados en el Reglamento Interior publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo del mismo año.

    En marzo de 1991, se crea la...

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