Manual de Organización General del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales.

Fecha de disposición06 Febrero 2018
Fecha de publicación06 Febrero 2018
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales. MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES

Ciudad de México a 30 de noviembre de 2017.

En México, Ciudad de México a los treinta días del mes de noviembre de 2017, la Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción II, 7 fracción VI y 8 fracción X del Reglamento vigente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, ha tenido a bien expedir el siguiente MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DEL INSTITUTO DE ADMINISTRACIÓN Y AVALÚOS DE BIENES NACIONALES.- Autorizó: la Presidente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, Soraya Pérez Munguía.- Rúbrica.- Integró y registró: el Coordinador de Desarrollo Institucional, Luis Giovanni Santos González.- Rúbrica.- Validó: el Titular de la Unidad Jurídica, Manuel Fernando Lizardi Calderón.- Rúbrica.- Validó: el Director General de Política y Gestión Inmobiliaria, Eduardo Saúl Topete Pabello.- Rúbrica.- Validó: el Director General de Administración del Patrimonio Inmobiliario Federal, Alan Daniel Cruz Porchini.- Rúbrica.- Validó: el Director General de Avalúos y Obras, Xavier Gaytán Zepeda.- Rúbrica.- Validó: el Director General de Administración y Finanzas, José Eduardo González Gómez Tagle.- Rúbrica.

ÍNDICE
INTRODUCCIÓN
ANTECEDENTES
BASES JURÍDICO-ADMINISTRATIVAS
VISIÓN, MISIÓN, VALORES Y PRINCIPIOS
ESTRUCTURA ORGÁNICA
ORGANOGRAMA
OBJETIVO DE INDAABIN
OBJETIVOS Y FUNCIONES
PRESIDENCIA DEL INDAABIN
COORDINACIÓN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL
UNIDAD JURÍDICA
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA Y GESTIÓN INMOBILIARIA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO INMOBILIARIO FEDERAL
DIRECCIÓN GENERAL DE AVALÚOS Y OBRAS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
INTRODUCCIÓN

El Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, encargado de ejercer las atribuciones que la Ley General de Bienes Nacionales le confiere a dicha Secretaría, así como aquellas que expresamente otros ordenamientos le confieren a dicho Instituto.

De conformidad con lo establecido en los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracción II, 7 fracción VI y 8 fracción X del Reglamento vigente del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN), y con el fin de que el INDAABIN cuente con un instrumento de apoyo para llevar a cabo de una manera eficaz y eficiente las facultades que le otorga la legislación aplicable en la materia, se expide la actualización de su Manual de Organización General.

El presente Manual de Organización General, muestra la misión, visión y estructura orgánica hasta el nivel de Enlace o su equivalente, señalando los objetivos que se pretenden alcanzar y las funciones de las Unidades Administrativas que lo conforman, mismas que se derivan de las atribuciones que les confiere el Reglamento del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de mayo de 2012, incluyendo sus últimas modificaciones, adiciones y/o reformas.

ANTECEDENTES

Uno de los primeros antecedentes del Instituto se sitúa en el año de 1859, con la sección de bienes intervenidos a la iglesia, misma que se encontraba auxiliada por Jefaturas Superiores de Hacienda en cada estado de la República, cuya función era aplicar las disposiciones de la Ley de Desamortización de los Bienes de Corporaciones Civiles y Eclesiásticos, así como la Ley de Nacionalización de Bienes Eclesiásticos expedida el 12 de julio de 1859; fue hasta el año de 1902 que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) introduce la aplicación de la Ley de Clasificación y Régimen de Bienes Muebles Inmuebles Federales, dicho ordenamiento además de establecer algunas de las acciones para el adecuado control y administración de los bienes inmuebles federales, también buscó garantizar que el Gobierno Federal contara con un servicio de valuación interno, a propósito de la enajenación de inmuebles federales, condición que se fortaleció en 1936, con el servicio de inspección fiscal, mediante la expedición del Reglamento de la Ley del Servicio de Inspección Fiscal, que formalizó la función de la justipreciación de las rentas que debía pagar el Gobierno Federal por el arrendamiento de inmuebles destinados a oficinas o servicios de su dependencia, así como la determinación de los precios o rentas que debía percibir derivado de la celebración de dichos contratos.

Posteriormente, la Dirección de Bienes Nacionales de la referida Secretaría, se encargó de la aplicación de la Ley General de Bienes Nacionales (LGBN) durante sus primeros años de vigencia, después de su expedición en el año de 1942. Dicha Ley puso a cargo de los Bancos Nacionales el servicio de valuación como base del avalúo a realizar por la oficina federal de hacienda competente, en los casos de los bienes de poco valor, ubicados fuera del Distrito Federal.

La función particular en administración y valuación que se realizaba en el gobierno, encuentra un referente organizacional con La Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, expedida el 7 de diciembre de 1946 y a partir de la cual se crea la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa, instancia que no tenía una estructura administrativa desconcentrada territorialmente y cuyas atribuciones eran administrar y disponer de los bienes propiedad de la nación.

El 17 de diciembre de 1949 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto que reformó el artículo 41 de la entonces LGBN, cuya modificación dio lugar a la creación de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales (CABIN), la esencia de este instrumento normativo se centró en los avalúos de los bienes inmuebles objeto de actos adquisitivos o traslativos de dominio en los que intervenía como parte el Gobierno Federal o sus entidades paraestatales. La CABIN desde entonces se convirtió en el referente institucional más importante en materia inmobiliaria del gobierno.

Diez años después entró en vigor una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, la cual fue expedida el 1º de enero de 1959 y en ella se sustituyó a la Secretaría de Bienes Nacionales e Inspección Administrativa por la Secretaría de Patrimonio Nacional, instancia a la que se le confirió la facultad de poseer, vigilar y administrar los bienes de propiedad federal, así como otras funciones relacionadas con los bienes nacionales. La CABIN quedó adscrita a dicha secretaría, además de que contó con una Subsecretaría de Bienes Inmuebles y Urbanismo.

En el año de 1969, la Ley General de Bienes Nacionales estableció que la CABIN debía realizar funciones relacionadas con la venta, adquisición y permuta de inmuebles propiedad de la Federación y organismos descentralizados. De forma complementaria, la Ley para el Control de los Organismos Descentralizados y Empresas de Participación Estatal estableció el dictamen de la CABIN como base del registro y revisión de los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles. El artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, publicada en el DOF el 29 de diciembre de 1976, confirió a la Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas facultades en materia inmobiliaria y valuatoria federal, quedando bajo su adscripción la CABIN, creándose sus Delegaciones Regionales.

En el año de 1982 se crea la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SEDUE) mediante el decreto en el que se reformó la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, el cual fue publicado en el DOF el 29 de diciembre de ese mismo año, asignándole atribuciones fundamentales como determinar y conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal y la administración de los bienes inmuebles propiedad de la Federación; quedando bajo su adscripción la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario Federal y la CABIN, modificándose nuevamente la adscripción para el año 1992 con la creación de la Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), pero solamente funcionó así por dos años, ya que en 1994 fue la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SECODAM) quien asumió las funciones de conducción de la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal, la administración de los bienes inmuebles propiedad de la Federación, la adquisición, arrendamiento, enajenación, destino o afectación de los bienes inmuebles de la Administración Pública Federal, así como la conducción del Registro Público de la Propiedad Inmobiliaria Federal, asimismo, la CABIN se convierte en órgano desconcentrado de la misma Secretaría, asignándosele atribuciones en materia de administración de inmuebles federales y de obras en edificios públicos, presentando su más importante cambio cinco años después, en 1999, donde conforme a la Agenda

Presidencial del Buen Gobierno, se reconfiguraron varias plazas de gran relevancia de la estructura original de la CABIN, debido a que su organización y funcionamiento real no correspondían con su estructura y funcionamiento formal, situación que se regularizó en 1999 con la expedición de su nuevo Reglamento, en el que se estableció una nueva estructura orgánica.

Dentro de los acontecimientos de los últimos años, destaca la reestructuración de la SECODAM, misma que...

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