Manual de Organización General de la Secretaría de Salud. (Continúa en la Cuarta Sección).

Fecha de disposición27 Agosto 2018
Fecha de publicación27 Agosto 2018
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. JOSÉ RAMÓN NARRO ROBLES, Secretario de Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 7 fracción XIV del Reglamento Interior de esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DE LA SECRETARIA DE SALUD

CONTENIDO

  1. Introducción

  2. Antecedentes Históricos

  3. Marco Jurídico

  4. Atribuciones

  5. Organigrama

  6. Funciones

  7. Órgano Interno de Control

  8. Transitorios

  9. INTRODUCCIÓN

    Con fundamento en el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal se elabora el presente Manual, cuya estructura orgánica atiende las líneas de acción marcadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013, así como en el Programa Sectorial de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de diciembre de 2013 y su vinculación con otros programas sectoriales.

    El presente Manual contiene la información sistematizada que comprende los antecedentes más relevantes en la historia orgánicafuncional de la Secretaría, su Marco Jurídico, las Atribuciones conferidas a la Secretaría de Salud por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (artículos 19 y 39), el Reglamento Interior de la Dependencia publicado en el Diario Oficial el 7 de febrero de 2018.

  10. ANTECEDENTES HISTÓRICOS

    La reseña de los eventos más importantes que han ocurrido en la evolución histórica de los servicios de salud en nuestro país, puede resumirse en cinco grandes etapas que ofrecen evidentes contrastes hasta 2006 y cambios significativos en 2010 y 2011.

    En una primera etapa se pueden incluir los acontecimientos ocurridos desde la época de la Independencia hasta antes de la promulgación de la Constitución de 1917.

    Durante el siglo pasado e inicios del actual, no se concebía aún un sistema n-se limitó a llevar a cabo acciones de control epidemiológico, fundamentalmente en puertos y fronteras. La asistencia social se manifestaba en acciones aisladas que prestaban las organizaciones eclesiásticas, las instituciones de beneficencia privada y los particulares, de manera desarticulada y casuística. Posteriormente, la desamortización de los bienes del clero dio lugar a que las instituciones de asistencia en el Distrito Federal quedaran bajo el control del gobierno federal, con ello, la autoridad ejercía la vigilancia de los establecimientos asistenciales administrados por el ayuntamiento, a través de la Secretaría de Gobernación.

    En 1846 se creó el Consejo Superior de Salubridad, el cual en 1872 fue transformado. Poco después se crearon Juntas de Salubridad en cada uno de los estados, así como Juntas de Sanidad en los Puertos. El primer Código Sanitario se expidió en 1894, el cual concedió facultades al Ejecutivo Federal sobre puertos, fronteras y asuntos migratorios. En 1899 entró en vigor la Ley de Beneficencia Privada para el Distrito Federal y Territorios Federales, la cual establecía una Junta para promover y vigilar los establecimientos. Sin embargo, cabe destacar que, en la segunda mitad del siglo pasado, el estado no asumió la responsabilidad de prestar atención médica conforme a un criterio de universalidad. Las acciones efectuadas de prevención y restauración de la salud, en su mayoría, se constituían en expresión de algunos grupos y sistemas sociales preocupados por el bienestar de ciertos núcleos de población desprotegidos.

    La segunda etapa se inició con la publicación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 5 de febrero de 1917 cuyo artículo 73 previó la creación del Departamento de Salubridad y del Consejo de Salubridad General, y concluyó en 1982 en donde dicho ordenamiento establece las bases fundamentales de la seguridad social de los trabajadores.

    En 1934 entró en vigor la Ley de Coordinación y Cooperación de Servicios de Salubridad, que previno la celebración de convenios entre el Departamento de Salubridad y los Gobiernos de los Estados para que se crearan los Servicios Coordinados de Salud Pública, órganos regionales de competencia coordinada y concurrente, para así sumar los esfuerzos de los niveles de gobierno y lograr la unificación técnica de los servicios.

    En 1937 se creó la Secretaría de Asistencia, la cual, en 1943, se fusionó con el Departamento de Salubridad para constituir la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

    En 1947 se publicó la Ley de Secretarías y Departamentos, la cual otorgó a la Secretaría de Salubridad y Asistencia facultades para organizar, administrar, dirigir y controlar la prestación de servicios de salud; la asistencia y la beneficencia pública. Ese mismo año, se confío a la Secretaría de Salubridad y Asistencia la administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública.

    En 1954 se creó la Comisión Nacional de Hospitales. Por decreto se encomendó, a la Secretaría de Salubridad y Asistencia, la tarea de orientar los programas de construcción y organización de unidades hospitalarias y se declaró de interés y beneficio social la campaña para erradicar el paludismo.

    En 1977, con base en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se estableció el Sector Salud, entendido como el agrupamiento administrativo de entidades paraestatales bajo la coordinación de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, para asegurar la coordinación operativa y el control de las entidades que actuaron en el campo de la salud.

    En 1978 se instituyó la Comisión Intersecretarial de Saneamiento Ambiental, para apoyar la coordinación de las acciones que en materia de mejoramiento del ambiente llevaban a cabo las distintas dependencias y entidades competentes. Por lo tanto, esta segunda etapa se caracterizó por la centralización de los servicios de salud. Se desarrollaban acciones importantes, pero que no estaban programadas en forma integral, lo que generaba la dificultad de definir en esta etapa un Sector Salud formalmente constituido.

    Entre las primeras acciones que se emprendieron, en la tercera etapa destacó la adición al párrafo penúltimo del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 3 de febrero de 1983, en la que se estableció el derecho a la protección de la salud como una garantía social.

    Asimismo, fue reformado el Código Sanitario para establecer lo que era responsabilidad de la Secretaría de Salubridad y Asistencia. En este sentido, se reformó también la fracción I del artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para enriquecer la atribución normativa y coordinadora de la Secretaría, al encargarse de establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general, y de coordinar los programas de servicios de salud de la administración pública federal, así como los agrupamientos por funciones y programas afines que se determinen.

    De esta manera, el Sector Salud quedó integrado por todas las entidades e instituciones de la Administración Pública Federal que desarrollaban funciones en la materia, teniendo como coordinadora a la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

    El 30 de agosto de 1983, se expidió el Decreto mediante el cual el Ejecutivo Federal estableció las bases a las que se sujetó el programa de descentralización de los servicios de salud de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, con el cual se dio inicio la descentralización. Con base en este Decreto, en febrero de 1984 los gobiernos federal y estatal, en el marco del Convenio Único de Desarrollo, acordaron promover la descentralización de la vida nacional y fortalecer las bases del régimen federal, así como realizar conjuntamente las acciones necesarias para llevar a cabo la integración programática de los servicios de salud en los estados y, posteriormente, la integración orgánica de los servicios de salud a población abierta a cargo de la SSA, del IMSS-COPLAMAR y de la propia entidad.

    El 7 de febrero de 1984 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Salud, que definió la naturaleza y composición del Sistema Nacional de Salud, así como las facultades y atribuciones de la Secretaría en su carácter de coordinadora de dicho Sistema.

    La Ley General de Salud estableció las atribuciones en salubridad general; atención médica, salud pública y asistencia social y redistribuyó, con intenciones descentralizadoras, la competencia sanitaria entre la federación y las entidades federativas, como lo dispuso la enmienda constitucional. Igualmente, definió la naturaleza del derecho a la protección de la salud e instituyó los mecanismos que utilizó el estado para disponer de las condiciones que aseguraron su cumplimiento creciente.

    El Ejecutivo Federal expidió el 8 de marzo de 1984, el Decreto por el que se descentralizan a las entidades federativas los servicios que prestaban la Secretaría en los estados y los que, dentro del Programa de Solidaridad Social por Cooperación Comunitaria, denominado IMSS-COPLAMAR, proporcionaba el IMSS. El 7 de agosto de 1984 fue aprobado por el Ejecutivo Federal el Programa Nacional de Salud. Este programa se articuló a partir de las estrategias básicas de descentralización, sectorización, modernización administrativa, coordinación intersectorial y participación de la comunidad.

    El 16 de agosto de 1984 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las bases de coordinación para la integración y descentralización de los servicios de la Secretaría de Salubridad y...

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