Manual de Organización General del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Fecha de disposición22 Septiembre 2017
Fecha de publicación22 Septiembre 2017
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

JORGE FRANCISCO MÁRQUEZ MONTES, OFICIAL MAYOR DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 7, fracción XXIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE ORGANIZACIÓN GENERAL DEL SECRETARIADO EJECUTIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN
  1. ANTECEDENTES

  2. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

  3. ATRIBUCIONES

  4. MISIÓN Y VISIÓN

  5. ESTRUCTURA ORGÁNICA

  6. ORGANIGRAMA

  7. OBJETIVO Y FUNCIONES POR ÁREA

    Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

    Secretaría Ejecutiva Adjunta del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

    Dirección General de Vinculación y Seguimiento

    Dirección General de Planeación

    Dirección General de Apoyo Técnico

    Dirección General de Coordinación Operativa

    Dirección General del Registro Público Vehicular

    Dirección General de Asuntos Jurídicos

    Dirección General de Administración

    Centro Nacional de Información

    Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana

    Centro Nacional de Certificación y Acreditación

  8. GLOSARIO

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
INTRODUCCIÓN Artículo 18

El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), es un Órgano Administrativo Desconcentrado (OAD) de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) del Ejecutivo Federal, con atribuciones específicas en ejecutar y dar seguimiento a los acuerdos y resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP) y de su Presidente, por lo que es el eje de coordinación entre las instancias federales, estatales y municipales responsables de la función de salvaguardar la integridad de las personas, la seguridad ciudadana, así como de preservar el orden y la paz públicos, conforme a lo establecido en los artículos 18 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública (LGSNSP) y 8 del Reglamento del

Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (RSESNSP).

Con base en lo anterior, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 19 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); Artículo 7, fracción XXIII, 57, fracción XVI, 70, fracción X del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB), ha sido elaborado el presente Manual de Organización General (MOG) del SESNSP, en razón de la importancia que reviste contar con una herramienta de referencia y consulta que oriente a los servidores públicos que se adscriben a este OAD, sobre la organización y funcionamiento del mismo.

La finalidad de este documento es proporcionar información referente a la estructura organizacional del SESNSP; asimismo, se mencionan los objetivos y funciones de cada uno de los puestos que forman parte de la Estructura Orgánica, a efecto de que sirvan de guía en las labores encomendadas al personal y coadyuven al logro de los objetivos institucionales

En este sentido, el MOG se encuentra integrado principalmente por los apartados de: Antecedentes; Marco Jurídico-Administrativo; Atribuciones; Misión y Visión; Estructura Orgánica, Organigrama; Objetivo y Funciones de las Áreas que conforman al SESNSP, Glosario y Disposiciones Transitorias.

Para la elaboración del presente Manual intervinieron la Oficina del Secretario Ejecutivo, la Secretaría Ejecutiva Adjunta, los Centros Nacionales de Información, de Prevención del Delito y Participación Ciudadana y de Certificación y Acreditación; así como las Direcciones Generales de Vinculación y Seguimiento, Planeación, Apoyo Técnico, Coordinación Operativa, Registro Público Vehicular, Asuntos Jurídicos y Administración.

Finalmente, es importante señalar que a fin de mantener permanentemente actualizado este MOG, se deberán realizar revisiones periódicas por parte del personal responsable de las áreas a las que sirve para que, en caso de que la Estructura Orgánica se modifique y/o la LGSNSP y/o el RSESNSP sufran cambios que repercutan directamente con las atribuciones conferidas a este OAD, se efectúen las modificaciones a que haya lugar.

  1. ANTECEDENTES

    Mediante la reforma a los artículos 21 y 73 fracción XXIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), publicada en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F. ) el 31 de diciembre de 1994, se elevaron a rango Constitucional los principios que dan cauce y sustento jurídico a la coordinación en materia de seguridad pública y se ordenó que una ley fijara las bases sobre las cuales debían actuar los tres órdenes de gobierno, con el fin de dar respuesta y combatir a la delincuencia organizada.

    A fin de instrumentar y coordinar los esfuerzos en los tres niveles de gobierno, el 11 de diciembre de 1995 se publicó en el D.O.F. , la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, ordenamiento en donde se define y crea el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP), disponiéndose la creación del Consejo Nacional.

    Asimismo, en dicho ordenamiento se creó la figura del Secretario Ejecutivo del Sistema, dependiente de la SEGOB, al que se le asignaron las funciones de carácter general que se señalaban en su artículo 17, con el objeto de garantizar la operación eficaz del Sistema, instruir y dar seguimiento a los acuerdos y convenios en la materia, así como para realizar los trabajos de preparación técnica de los asuntos a presentar en el Consejo Nacional.

    El 26 de octubre de 1999 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) autorizó la actualización de la estructura ocupacional del SESNSP, misma que se encontraba vigente desde 1996. La autorización de referencia se dio mediante oficio No. 308.A.-1914 emitido por la Unidad de Servicio Civil (USC) habiéndose dictaminado favorable la creación de una plaza en estructura y 216 plazas de alto nivel de responsabilidad.

    Asimismo, la Dirección General de Programación y Presupuesto de Servicios (DGPyPS) de la SHCP comunicó, a través del oficio 311.A.9074 del 19 de diciembre de 2000, que en atención al oficio 400/OM925/2000 la Oficialía Mayor (OM) de la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo (SCDA), remite para autorización y registró por primera vez la estructura ocupacional del Órgano Interno de Control (OIC) en el SESNSP con 6 plazas de mando.

    De conformidad con el Decreto por el que se reforma, adiciona y derogan diversas disposiciones de la

    LOAPF, publicado en el D.O.F. , el 30 de noviembre de 2000, se creó la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), teniendo como propósito desarrollar las políticas de seguridad pública y proponer una política federal contra la criminalidad, que comprendiera las normas, instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de los delitos; fomentara la participación ciudadana en la formulación de planes y programas de prevención en materia de delitos federales y, por conducto del Sistema, en los delitos del fuero común; salvaguardara la integridad y el patrimonio de las personas, previniera la comisión de delitos del orden federal, así como preservara la libertad, el orden y la paz públicos.

    El 6 de febrero de 2001, se publicó en el D.O.F. , el Reglamento Interior de la SSP, el cual integró, como OAD de dicha dependencia, al SESNSP. El 12 de febrero del mismo año, la USC de la SHCP, mediante oficio 308-A-0075, dictaminó la creación y registro por primera vez de la estructura orgánica básica de la SSP.

    Con la finalidad de contar con las unidades administrativas necesarias para la operación y funcionamiento del SESNSP, la Dirección General de Administración del citado OAD solicitó a la Oficialía Mayor de la SSP, mediante oficios DGSF/446/01 y DGAF/464/01, del 11 de julio y 8 de agosto de 2001, respectivamente, la modificación a su estructura ocupacional básica y no básica.

    La Oficialía Mayor de dicha dependencia, mediante oficios No. SSP/OM/398/01 y 404/01, del 21 de septiembre de 2001, autorizó y dictaminó administrativamente favorable la estructura ocupacional básica y no básica del SESNSP, quedando conformada por 361 plazas de mando y 69 plazas de enlace, con vigencia a partir del 16 de agosto de 2001.

    La estructura básica se integraba por un Secretario Ejecutivo, siete Direcciones Generales y un OIC.

    El 6 de mayo de 2002 se publicó en el D.O.F. , el RSESNSP, el cual establecía su estructura conformada por una Secretaría Ejecutiva, ocho Direcciones Generales y un OIC.

    A partir de entonces, el SESNSP realizó modificaciones a su estructura ocupacional básica y no básica, las cuales fueron presentadas a consideración del Oficial Mayor de la SSP que consistieron en la creación, renivelación, reubicación, conversión, cambio de denominación y cancelación de puestos, mismas que fueron en su momento autorizadas y dictaminadas administrativamente favorables.

    El 2 de enero de 2009, se publicó en el D.O.F. , la nueva LGSNSP, la cual es reglamentaria del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de seguridad pública y tiene por objeto regular la integración, organización y funcionamiento del Sistema, así como establecer la distribución de competencias y las bases de coordinación entre la Federación, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, en esta materia.

    En dicho ordenamiento, se establece que el SESNSP es el órgano operativo del Sistema, y que contará con los Centros...

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