Manual de Organización General de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Fecha de disposición06 Enero 1999
Fecha de publicación06 Enero 1999
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

MANUAL de Organización General de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

JOSE ANGEL GURRIA TREVIÑO, Secretario de Hacienda y Crédito Público, en cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 6o. fracción XXXIII del Reglamento Interior de esta Secretaría, he tenido a bien expedir el presente MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.

CONTENIDO

INTRODUCCION
  1. ANTECEDENTES HISTORICOS

  2. MARCO JURIDICO-ADMINISTRATIVO

  3. ATRIBUCIONES

  4. ORGANOGRAMA

  5. ESTRUCTURA ORGANICA BASICA

  6. OBJETIVOS Y FUNCIONES

INTRODUCCION Artículos 4 a 144

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 6o. fracción XXXIII de su Reglamento Interior, ha formulado el presente Manual de Organización General, cuyo propósito fundamental es conformar una fuente actualizada de referencia y consulta que oriente a los servidores públicos de la Secretaría, de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a los particulares, respecto de la organización y funcionamiento de la Dependencia.

A fin de cumplir con el citado propósito fundamental, se hace necesario la actualización del Manual de Organización General publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 28 de noviembre de 1997 y reformado el 31 de diciembre del mismo año, en virtud del cambio organizacional de la Secretaría, derivado del fortalecimiento de las funciones en materia de política fiscal del Gobierno Federal y de la instrumentación del Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), establecido mediante Acuerdo Presidencial en el Diario Oficial de la Federación de fecha 27 de enero de 1998.

Por lo anterior, la estructura orgánica actual de la Secretaría, se deriva de su Reglamento Interior, reformado mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación de fechas 24 de diciembre de 1996, 30 de junio de 1997 y 10 de junio de 1998. El objetivo del presente Manual de Organización General es contribuir a que el ejercicio de las atribuciones de la Secretaría se realice de manera ágil, eficiente y honesta, mediante la delimitación precisa de responsabilidades, ámbitos de competencia y relaciones de coordinación entre las distintas unidades administrativas de la Dependencia.

Para tal efecto, el documento contiene información sobre los antecedentes históricos más relevantes de la Secretaría, su marco jurídico-administrativo, atribuciones, estructura orgánica básica, así como el objetivo y las funciones de cada una de las unidades administrativas que la integran, hasta el nivel de Dirección General o equivalente; se incluyen también las Delegaciones Regionales de la Tesorería de la Federación y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), como órgano desconcentrado de la Secretaría. El Servicio de Administración Tributaria (SAT), se representa en la estructura orgánica básica de la Secretaría, y conforme a lo establecido en el artículo 14 fracción IV de su Ley de creación, contará con su propio Manual de Organización General.

La integración del presente Manual estuvo a cargo de la Oficialía Mayor, por conducto de la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto, contándose con la destacada participación de la Subprocuraduría Fiscal Federal de Legislación y Consulta.

  1. ANTECEDENTES HISTORICOS

    El 8 de noviembre de 1821, se expidió el Reglamento Provisional para el Gobierno Interior y Exterior de las Secretarías de Estado y del Despacho Universal, por medio del cual se creó la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda, aun cuando desde el 25 de octubre de 1821 existía la Junta de Crédito Público.

    En 1824, el Congreso Constituyente otorgó a la Hacienda Pública el tratamiento adecuado a su importancia, para ello expidió, el 16 de noviembre del mismo año la Ley para el Arreglo de la Administración de la Hacienda Pública, en la que la Secretaría de Hacienda centralizó la facultad de administrar todas las rentas pertenecientes a la Federación, inspeccionar las Casas de Moneda y dirigir la Administración General de Correos, la Colecturía de la Renta de Lotería y la Oficina Provisional de Rezagos.

    Para el despacho de las nuevas funciones atribuidas, se conformaron los siguientes Departamentos:

    Departamento de Cuenta y Razón, antecedente de la Contaduría Mayor de la Federación, creado para subrogar a las Contadurías Generales.

    Tesorería General de la Federación, creada con el propósito de reunir en una dependencia todos los elementos que hicieran posible conocer el estado verdadero de las rentas y gastos de la Administración.

    Comisaría Central de Guerra y Marina, encargada de la formulación de las cuentas del Ejército y la Marina.

    Contaduría Mayor, órgano de control que estuvo bajo la inspección de la Cámara de Diputados, con la función principal de examinar los presupuestos y la memoria que debería presentar anualmente la Secretaría.

    El 26 de enero de 1825, se expidió el Reglamento Provisional para la Secretaría del Despacho de Hacienda, considerado como el primer Reglamento de la Hacienda Republicana y en el cual se señalaron, en forma pormenorizada, las atribuciones de los nuevos funcionarios constituidos conforme a la citada ley del 16 de noviembre de 1824.

    Al transformarse nuestro país en una República Central, se expidió la ley del 3 de octubre de 1835, misma que precisó la forma en que se manejarían las rentas de los Estados que quedaban sujetos a la administración y vigilancia de la Secretaría de Hacienda.

    Las Bases Orgánicas de la República Mexicana del 14 de junio de 1843, le dieron a la Secretaría el carácter de Ministerio de Hacienda.

    El 27 de mayo de 1852, se publicó el Decreto por el que se modifica la Organización del Ministerio de Hacienda, quedando dividido en seis secciones, siendo una de ellas la de Crédito Público; antecedente que motivó que en 1853 se le denominara por primera vez Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Las Bases Generales para el Arreglo de la Hacienda Pública del 11 de febrero de 1854 elevan a rango de Dirección General a la Sección de Aduanas, comprendiendo tanto a las marítimas como a las interiores. El 1o. de enero de 1856, se expide la Ley para la Deuda Pública y la Administración de las Aduanas Marítimas y Fronterizas, la cual establece una Junta de Crédito Público para la Administración de las Aduanas y el manejo de los negocios relativos a la deuda nacional y extranjera.

    El 14 de octubre de 1856, mediante Decreto, se creó el Departamento para la Impresión de Sellos, antecedente de la actual Dirección General de Talleres de Impresión de Estampillas y Valores.

    El 6 de agosto de 1867, se dispuso que las Aduanas Marítimas y Fronterizas, las Jefaturas de Hacienda, la Administración Principal de Rentas del Distrito Federal, la Dirección General de Correos y la Casa de Moneda y Ensaye, dependieran exclusivamente en lo económico, directivo y administrativo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    El 1o. de octubre de 1869, se determinó que correspondía al Segundo Oficial Mayor, las funciones de elaboración de la glosa y compilación de las leyes en materia hacendaria.

    Al expedirse la Ley del Impuesto del Timbre en 1871, se creó la Administración General de este gravamen, con lo que se abandonó el sistema de papel sellado de herencia colonial.

    El 13 de mayo de 1891, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público incrementó sus atribuciones en lo relativo a comercio, por lo que se denominó Secretaría de Hacienda, Crédito Público y Comercio. Asimismo, salió de su ámbito de competencia el sistema de correos y se rescindió el contrato de arrendamiento de la Casa de Moneda a particulares, con lo que la acuñación de moneda quedó a cargo del Estado.

    El 23 de mayo de 1910, se creó la Dirección de Contabilidad y Glosa asignándosele funciones de registro, glosa y contabilidad de las cuentas que le rindiesen sobre el manejo de los fondos, con el propósito fundamental de integrar la Cuenta General de la Hacienda Pública. Asimismo, la Tesorería General de la Federación, a partir de esa fecha cambió su denominación por Tesorería de la Federación.

    En el año de 1913, mediante las reformas al Reglamento Interior se facultó al entonces Departamento de Crédito y Comercio, para el manejo del Crédito Público, lo que constituye el antecedente de la actual Dirección General de Crédito Público.

    La Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, promulgada el 31 de diciembre de 1917, estableció la creación del Departamento de Contraloría, el cual asumió las funciones desempeñadas por la Dirección de Contabilidad y Glosa. Asimismo las atribuciones relativas a comercio se transfirieron a la nueva Secretaría de Comercio.

    En 1921, se expidió la Ley del Centenario y el 27 de febrero de 1924 la Ley para la Recaudación de los Impuestos establecidos en la Ley de Ingresos vigente sobre Sueldos, Salarios, Emolumentos, Honorarios y Utilidades de las Sociedades y Empresas, antecedentes que dieron origen al Impuesto sobre la Renta, actualmente el gravamen más importante del sistema impositivo mexicano.

    El 1o. de septiembre de 1925, se fundó el Banco de México, S.A., como Banco Central, con el propósito de terminar con la anarquía en la emisión de billetes.

    El 1o. de enero de 1934, se creó la Dirección General de Egresos y el 9 de enero del mismo año se expide el Decreto mediante el cual se prevé que las atribuciones y facultades para la autorización de egresos concedidas a la Tesorería de la Federación, quedarían a cargo de dicha Dirección General.

    El 13 de diciembre de 1946, se publicó en el Diario Oficial de la Federación una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, quedando fuera...

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