Resolución por la que se revoca la autorización otorgada a Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V., para la constitución y funcionamiento de un grupo financiero, integrado por dicha sociedad controladora y otras entidades financieras

Fecha de disposición09 Diciembre 2005
Fecha de publicación09 Diciembre 2005
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se revoca la autorización otorgada a Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V., para la constitución y funcionamiento de un grupo financiero, integrado por dicha sociedad controladora y otras entidades financieras.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101-704.

Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V. Paseo Ma. Elena No. 1145 Col. Valle del Mirador Monterrey, Nuevo León C.P. 64750

Esta Secretaría, mediante oficio número 366-IIl-DG-037/05 de fecha 21 de febrero de 2005, emplazó a esa sociedad controladora, con lo que se dio inicio el procedimiento de revocación de la autorización para constituir una sociedad controladora con la denominación "Grupo Financiero Margen, S.A." así como para que funcione una agrupación financiera, derivado de que dicha sociedad controladora se ubicaba en el supuesto previsto por el artículo 12 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, en relación con la causal de revocación prevista en la fracción I de la vigésima primera de las Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 23 de enero de 1991, en virtud de no contar con el número mínimo requerido de entidades financieras para la integración de grupos financieros previstas en el artículo 7o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

Sobre el particular, se precisan los antecedentes y consideraciones siguientes:

ANTECEDENTES

  1. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con oficio número 102-E-366-DGSV-4016 del 26 de agosto de 1991, otorgó autorización para la constitución de una sociedad controladora con la denominación "Grupo Financiero Margen, S.A.", así como para que funcionara una agrupación financiera integrada con la propia sociedad controladora y las entidades financieras siguientes:

    • Arrendadora Financiera Margen, S.A. de C.V.

    • Afianzadora Margen, S.A.

    • Factor Margen, S.A. de C.V.

  2. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con oficio número 102-E-366-DGSV-1416 del 16 de marzo de 1992, autorizó la incorporación al grupo financiero de Banco de Oriente, S.A., institución de banca múltiple. Asimismo, se autorizó que la sociedad controladora participara mayoritariamente en el capital de las empresas de servicios denominadas Servicios Corporativos Margen, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Margen, S.A. de C.V., y en consecuencia, modificó la autorización citada en el antecedente I anterior, mediante oficio número 102-E-366-DGSV-1417 del 17 de marzo de 1992.

  3. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con oficio 102-E-367-DGBM-Ill-A-1933 del 4 de agosto de 1992, modificó la autorización citada en el antecedente I anterior, derivado del aumento en el capital mínimo fijo de Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V.

  4. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con oficio número 102-E-366-DGSV-I-290 del 23 de septiembre de 1992, autorizó a Grupo Financiero Margen, S.A., a adquirir el 60% de las acciones representativas del capital pagado de La Continental, Seguros, S.A., con el propósito de incorporarla al grupo financiero controlado por dicha sociedad. Asimismo, mediante oficio número 102-E-366-DGSV-I-A-a-5519 de fecha 11 de diciembre de 1992, esta dependencia autorizó a la citada sociedad controladora a incrementar de 60% al 99.99% su participación en el capital pagado de la aseguradora mencionada en este antecedente. Esta Secretaría mediante oficio número 102-E-367-DGBM-llI-A-4287 del 20 de diciembre de 1993, modificó la autorización señalada en el antecedente I.

  5. A esta fecha, ese grupo financiero integrado por la controladora denominada Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V., cuenta únicamente con dos entidades financieras que son: Arrendadora Financiera Margen, S.A. de C.V. y Factor Margen, S.A. de C.V. Por ende, dicho grupo no está integrado por el número mínimo de entidades financieras requerido por virtud del artículo 7o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, toda vez que:

    1. Banco de Oriente, S.A., Institución de Banca Múltiple, dejó de formar parte de ese grupo financiero, en virtud de que: i) mediante oficio número 102-E-367-DGBM-III-A-a-3548 del 2 de diciembre de 1996, esta Secretaría emitió opinión favorable para reformar los estatutos sociales de Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V., así como el convenio único de responsabilidades correspondiente con motivo de la desincorporación del grupo financiero de dicha institución de banca múltiple; ii) la asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V., celebrada el 30 de mayo de 1996, acordó, entre otros asuntos la desincorporación de Banco de Oriente, S.A., de Grupo Financiero Margen, S.A. de C.V.; iii) el primer testimonio de la escritura pública en la que consta la celebración y acuerdos de la citada asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Financiero...

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