Acuerdo por el que se establecen las bases del mecanismo de protección de defensoras y defensores de los derechos humanos a partir de la instrumentación de acciones coordinadas que en el ámbito de sus atribuciones, desarrollarán la Secretaría de Gobernación, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, y la Procuraduría General de la República

Fecha de disposición07 Julio 2011
Fecha de publicación07 Julio 2011
MateriaDerecho Constitucional
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 1o., 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 3, 11 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, y

CONSIDERANDO

Que los derechos humanos tienen su origen en la dignidad y valor de la persona humana, por lo que ésta debe ser la principal beneficiaria de los mismos y participar activamente en su realización;

Que todos los miembros de la comunidad internacional deben cumplir, conjunta y separadamente, su obligación de promover y fomentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin distinción alguna por motivos de raza, color, idioma, religión, género, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social;

Que la Resolución 53/144 adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 9 de diciembre de 1998, reconoce el derecho de toda persona para que individual o colectivamente, promueva la protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los planos nacional e internacional;

Que las recomendaciones formuladas en febrero de 2009, por el Grupo de Trabajo que llevó a cabo para México el Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, señalan la necesidad de proteger la vida e integridad física de las promotoras y defensoras así como de los promotores y defensores de derechos...

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