Oficio Circular mediante el cual se informa la sustitución, designación y domicilio respecto de los apoderados de la institución de fianzas que se menciona, facultados para recibir requerimientos de pago por responsabilidades derivadas de fianzas otorgadas a favor de la Federación para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, así como de aquellas otras fianzas expedidas a favor de la propia Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios
Fecha de disposición | 06 Marzo 2012 |
Fecha de publicación | 06 Marzo 2012 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social.- Dirección General Adjunta de Seguros y Fianzas.- Subdirección de Fianzas. OFICIO CIRCULAR No. 366-II-030/12.- 366/193.5/305787
INSTITUCIONES DE FIANZAS.- Se informa la sustitución, designación y domicilio de los apoderados de la que se indica.
Esta Secretaría, con fundamento y para los efectos de los artículos 143, inciso a), del Código Fiscal de la Federación, 95, fracción II y 130, fracción I, de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y con base en lo establecido por los artículos 32 y 33, fracción IX, de su Reglamento Interior, informa de la sustitución, designación y domicilio respecto de los apoderados de la institución de fianzas que en el presente se menciona, en la región competencia de la Sala Regional Peninsular del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, facultados para recibir requerimientos de pago que formulen las autoridades facultadas para ello, por responsabilidades derivadas de fianzas otorgadas a favor de la Federación para garantizar obligaciones fiscales a cargo de terceros, así como de aquellas otras fianzas expedidas a favor de la propia Federación, del Distrito Federal, de los estados y de los municipios, por lo que única y exclusivamente se modifica en tales casos el Oficio Circular Nº 366-IV-A-2780 del 13 de julio del 2001, modificado mediante Oficios Circulares números 366-IV-A-6380, 2361, 5850, 2410, 3294, 5190, 980, 7290, 870/05, 1690/05, 030/06, 1401/06, 1801/06, 370/07, 530/07, 1080/07, 1360/07, 1893/07, 190/08, 1190/08, 150/09, 1410/09, 430/10, 1170/10, 110/11, 130/11, 1260/11, 1290/11 y 020/12, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de agosto y 26 de noviembre del 2001, 2 de...
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