Resolución por la que se establece la metodología del precio máximo del gas licuado de petróleo objeto de venta de primera mano conforme al Decreto del Ejecutivo Federal, publicado el 27 de septiembre de 2007   

Fecha de disposición27 Septiembre 2007
Fecha de publicación02 Noviembre 2007
EmisorSECRETARIA DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se establece la metodología del precio máximo del gas licuado de petróleo objeto de venta de primera mano conforme al Decreto del Ejecutivo Federal, publicado el 27 de septiembre de 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.

RESOLUCION No. RES/349/2007

RESOLUCION POR LA QUE SE ESTABLECE LA METODOLOGIA DEL PRECIO MAXIMO DEL GAS LICUADO DE PETROLEO OBJETO DE VENTA DE PRIMERA MANO CONFORME AL DECRETO DEL EJECUTIVO FEDERAL, PUBLICADO EL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2007 EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.

RESULTANDO

Primero. Que el 27 de febrero de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que el Ejecutivo Federal, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 89 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determina que el gas licuado de petróleo (gas LP) y los servicios involucrados en su entrega quedarán sujetos a precios máximos de venta de primera mano y de venta a usuarios finales.

Segundo. Que la vigencia del Decreto señalado en el Resultando anterior se amplió mediante los Diversos publicados en el DOF con fechas 10 de julio y 27 de noviembre de 2003; 30 de junio y 24 de diciembre de 2004, y 29 de diciembre de 2005.

Tercero. Que el 1 de enero de 2007, con fundamento en el Artículo Cuarto transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2007 (Ley de Ingresos), se publicó en el DOF el Decreto por el que el Ejecutivo Federal sujeta el gas licuado de petróleo a precios máximos de venta de primera mano y de venta al usuario final.

Cuarto. Que, con fundamento en el Decreto a que se refiere el Resultando anterior y demás disposiciones jurídicas aplicables, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) expidió la Resolución número RES/001/2007, publicada en el DOF con fecha 26 de febrero de 2007, por medio de la cual se estableció la metodología del precio máximo del gas licuado de petróleo objeto de venta de primera mano aplicable a partir de enero de 2007 en los términos del citado Decreto, y

Quinto. Que el titular del Ejecutivo Federal, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 31, fracción X, 33, fracción VIII, y 34, fracción I, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como 3, fracciones I, VII y IX de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, expidió el Decreto...

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