Norma Oficial Mexicana NOM-035-SSA3-2012, En materia de información en salud

Fecha de disposición30 Noviembre 2012
Fecha de publicación30 Noviembre 2012
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. GERMAN ENRIQUE FAJARDO DOLCI, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3, fracciones I y X, 7, fracciones V y X, 13, apartado A, fracción I, 104, 105, 106, 107, 108 y 109 de la Ley General de Salud; 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 43, 45, 47, fracción IV y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3, 4, 20, 21, 22, 45, 46, 47 y 78 de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica; 28, 33 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 8, fracciones V y XVI, 9, fracciones IV Bis y VI, 16, fracción XV y 24 fracción IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito expedir y ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SSA3-2012, EN MATERIA DE INFORMACION EN SALUD

CONSIDERANDOS

Que el 28 de septiembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SSA2-2004 "En Materia de Información en Salud", la cual tiene por objeto establecer los criterios para obtener, integrar, organizar, procesar, analizar y difundir la Información en Salud, en lo referente a población y cobertura, recursos disponibles, servicios otorgados, daños a la salud y evaluación del desempeño del Sistema Nacional de Salud, y es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para los establecimientos, personas físicas y morales del Sistema Nacional de Salud de los sectores público, social y privado, que proporcionen servicios de atención a la salud.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, dentro del año siguiente a la entrada en vigor de la mencionada Norma Oficial Mexicana, el Comité Consultivo Nacional de Normalización respectivo, podrá solicitar a la dependencia responsable de su emisión que se analice su aplicación, efectos y observancia, a fin de determinar las acciones que mejoren su aplicación y si procede o no su modificación.

Que del análisis de la aplicación, efectos y observancia de la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SSA2-2004, la Secretaría de Salud, por conducto de la Dirección General de Información en Salud, determinó modificar el alcance de su contenido.

Que dicha norma ha permitido contar con un sistema oportuno e integrador, que administra los datos, la información y el conocimiento que sirven de apoyo para conformar un sistema de salud universal, equitativo, de alta calidad, descentralizado y participativo, que orienta al proceso de planeación, la gestión de programas y servicios, así como a la toma de decisiones.

Que el Sistema Nacional de Salud debe contar con información que apoye los procesos de toma de decisiones de los diferentes actores y usuarios del Sistema, y con indicadores que impulsen las acciones de equidad, calidad y protección financiera en salud.

Que la Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Información en Salud, consciente de estas responsabilidades, ha impulsado la revisión de esta norma, dando así cumplimiento a las disposiciones jurídicas aplicables.

Que con fecha 23 de agosto de 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, para su consulta pública, el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SSA2-2004, En Materia de Información en Salud, para quedar como PROY-NOM-035-SSA3-2012, En Materia de Información en Salud.

Que mediante oficio número COFEME12/2505 de 24 de agosto de 2012 la Comisión Federal de Mejora Regulatoria emitió Dictamen Total, que surte los efectos de un Dictamen Final, respecto a lo previsto por el artículo 69-L, segundo párrafo, de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, sobre el anteproyecto denominado Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-040-SSA2-2004, En Materia de Información en Salud, para quedar como PROY-NOM-035-SSA3-2012, En Materia de Información en Salud.

Que con fecha previa conforme a lo establecido en el artículo 47, fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, las respuestas a los comentarios realizados, respecto del proyecto antes mencionado.

PREFACIO

En la elaboración de esta norma participaron:

SECRETARIA DE SALUD

SUBSECRETARIA DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD

Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud

Dirección General de Información en Salud

Dirección General de Calidad y Educación en Salud

Dirección General de Evaluación del Desempeño

SUBSECRETARIA DE PREVENCION Y PROMOCION DE LA SALUD

Dirección General de Epidemiología

COMISION COORDINADORA DE INSTITUTOS NACIONALES DE SALUD Y HOSPITALES DE ALTA ESPECIALIDAD

Dirección General de Coordinación de Institutos Nacionales de Salud

Dirección General de Coordinación de Hospitales Federales de Referencia

UNIDAD COORDINADORA DE VINCULACION Y PARTICIPACION SOCIAL

UNIDAD DE ANALISIS ECONOMICO

SECRETARIA DE GOBERNACION

Dirección General del Registro de Población e Identificación Personal

CONSEJO NACIONAL DE POBLACION

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL

Dirección General de Sanidad

SECRETARIA DE MARINA-ARMADA DE MEXICO

Dirección General Adjunta de Sanidad Naval

SECRETARIA DE SALUD DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Dirección de Prestaciones Médicas

Dirección de Finanzas

Unidad del Programa IMSS-Oportunidades

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

Dirección Médica

Dirección de Finanzas

PETROLEOS MEXICANOS

Subdirección de Servicios de Salud

SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA

Dirección General de Profesionalización de la Asistencia Social

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y GEOGRAFIA

Dirección General de Estadísticas Sociodemográficas

ASOCIACION NACIONAL DE HOSPITALES PRIVADOS A.C.

ASOCIACION MEXICANA DE INSTITUCIONES DE SEGUROS A.C.

NUEVO SANATORIO DURANGO

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y Campo de Aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Abreviaturas

  6. Generalidades

  7. Flujos de Información

  8. Aspectos Específicos

  9. Población y Cobertura

  10. Recursos para la Salud

  11. Servicios para la Salud

  12. Nacimientos

  13. Daños a la Salud

  14. Acceso, Difusión y Uso de la Información en Salud

  15. Concordancia con Normas Mexicanas e Internacionales

  16. Bibliografía

  17. Vigilancia

  18. Vigencia

  19. Introducción

    La Secretaría de Salud, a través de la Dirección General de Información en Salud, tiene bajo su responsabilidad la coordinación del Sistema Nacional de Información Básica en Materia de Salud, así como del Sistema Nacional de Información en Salud; también le corresponde elaborar, difundir y vigilar la normatividad para los procesos de diseño, captación, integración, procesamiento y difusión de la estadística en salud; y, de igual manera, tiene la atribución de generar la información estadística en salud que requieran las unidades administrativas de la Secretaría y otras dependencias y entidades.

    El contar con información oportuna y de calidad permite: a) Reorientar los recursos materiales, financieros y humanos hacia políticas públicas en salud, principalmente preventivas y correctivas; b) Coadyuvar para planear, normar, coordinar y evaluar el Sistema Nacional de Salud y los diferentes sistemas a cargo de la Secretaría de Salud; c) Proveer la adecuada participación de los integrantes del Sistema Nacional de Salud, a fin de promover el cumplimiento del derecho a la protección de la salud establecido en el Artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; d) Impulsar que se proporcionen servicios de salud a toda la población y mejorar la calidad de los mismos; y, e) Reforzar las acciones de atención a los problemas sanitarios y a los factores que condicionen y causen daños a la salud, con especial interés en la promoción de acciones preventivas.

  20. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Objetivo

    Esta norma tiene por objeto establecer los criterios y procedimientos que se deben seguir para producir, captar, integrar, procesar, sistematizar, evaluar y divulgar la Información en Salud.

    Para cumplir con lo anterior, esta norma adicionalmente regula el Centro de Inteligencia en Salud, constituido por un conjunto de procesos específicos para integrar, usar y explotar la información en materia de salud, a través de una solución tecnológica que presenta indicadores, así como estadísticas relevantes y prioritarias para la toma de decisiones en políticas públicas en la materia y de igual forma consolida los diversos componentes que integran el Sistema Nacional de Información en Salud y de aquellos que integran el Sistema Nacional de Salud.

    1.2 Campo de aplicación

    Esta norma es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para todos los integrantes del Sistema Nacional de Salud, que presten servicios de atención a la salud en establecimientos fijos y/o móviles.

  21. Referencias

    2.1 Acuerdo por el que se establece el Sistema Nacional de Información Básica en Materia de Salud publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de septiembre de 2012.

    2.2 Sistema Nacional de Información en Salud.

    2.3 Norma Oficial Mexicana NOM 004-SSA3-2012, del Expediente Clínico.

    2.4 Norma Oficial Mexicana NOM-005-SSA3-2010, Que Establece los Requisitos Mínimos de Infraestructura y Equipamiento de Establecimientos para la Atención Médica de Pacientes Ambulatorios.

    2.5 Norma Oficial Mexicana NOM-016-SSA3-2009, Que Establece los Requisitos Mínimos de Infraestructura y Equipamiento de Hospitales y Consultorios de Atención Médica Especializada.

    2.6 Norma Oficial Mexicana NOM-024-SSA3-2012, Sistemas de Información de Registro...

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