Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-29-70.90 hectárea de riego de uso común, propiedad del ejido San Miguel Sultepec, Municipio de Donato Guerra, Edo. de Méx. (Reg.- 1053

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-29-70.90 hectárea de riego de uso común, propiedad del ejido San Miguel Sultepec, Municipio de Donato Guerra, Edo. de Méx. (Reg.- 1053)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

ERNESTO ZEDILLO PONCE DE LEÓN, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 120 de fecha 23 de enero de 1998, el Ayuntamiento Municipal de Valle de Bravo solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 1-44-52.63 Ha., de terrenos ejidales localizados en el Municipio de Valle de Bravo, Estado de México, propiedad del núcleo ejidal denominado SAN MIGUEL SULTEPEC , Municipio de Donato Guerra de ese mismo Estado, para destinarlos a la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 1-29-70.90 Ha., de riego de uso común y que se localiza dentro del Municipio de Valle de Bravo, Estado de México.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 11 de marzo de 1942, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 1942, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido SAN MIGUEL SULTEPEC , Municipio de Donato Guerra, Estado de México, una superficie de 332-87-00 Has., ubicadas tanto en el Municipio de Donato Guerra como en el Municipio de Valle de Bravo, para beneficiar a 18 capacitados en materia agraria, más la parcela escolar, ejecutándose dicha resolución en forma parcial el 20 de abril de 1944, entregándose una superficie de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR