Acuerdo de la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban los modelos de pauta para la transmisión en radio y televisión de los mensajes de las autoridades electorales, fuera de los periodos de precampañas y campañas, en las entidades federativas en las que no se están llevando a cabo procesos electorales locales

Fecha de disposición27 Octubre 2009
Fecha de publicación27 Octubre 2009
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Junta General Ejecutiva.- JGE84/2009. ACUERDO DE LA JUNTA GENERAL EJECUTIVA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBAN LOS MODELOS DE PAUTA PARA LA TRANSMISION EN RADIO Y TELEVISION DE LOS MENSAJES DE LAS AUTORIDADES ELECTORALES, FUERA DE LOS PERIODOS DE PRECAMPAÑAS Y CAMPAÑAS, EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN LAS QUE NO SE ESTAN LLEVANDO A CABO PROCESOS ELECTORALES LOCALES.

Antecedentes

  1. El 13 de noviembre de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual entró en vigor al día siguiente al de su publicación en términos de su artículo transitorio primero.

  2. El 14 de enero de 2008 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual entró en vigor al día siguiente al de su publicación, de acuerdo con su artículo transitorio primero.

  3. El 11 de agosto de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo del Consejo General mediante el cual se expide el Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral, identificado con la calve CG327/2008 el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación en términos de su artículo transitorio primero.

  4. De acuerdo con lo señalado en el artículo 210, párrafos 1 y 3 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, la sesión extraordinaria del Consejo General del Instituto Federal Electoral celebrada el 3 de octubre de 2008, dio formal inicio al Proceso Electoral Federal 2008-2009.

  5. El 3 de septiembre de 2008, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dictó la sentencia recaída al expediente SUP-RAP-140/2008 y Acumulado, cuyos resolutivos dicen, en lo que interesa, lo siguiente:

    TERCERO. Se deja sin efectos el apartado 2, del artículo 9 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, [sic] y se ordena al Consejo General del Instituto Federal dictar una nueva disposición reglamentaria en los términos precisados en la parte final del considerando quinto de esta resolución.

    CUARTO. Se deja sin efectos el inciso b), del apartado 1, del artículo 40 del Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral.

    QUINTO. Se deja sin efectos el apartado 2 del artículo 40 del Reglamento de Acceso a Radio y Televisión en Materia Electoral, para los efectos precisados en la parte final del considerando sexto de la presente resolución.

    SEXTO. Se confirma el acuerdo CG327/2008, emitido por el Consejo General del Instituto Federal Electoral el diez de julio de dos mil ocho, por cuanto hace al resto de los artículos impugnados del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral [sic].

  6. Mediante oficio IEPCC/CAMC/311/2009, recibido el 29 de abril de 2009, el Lic. Rafael Rodríguez Pantoja, Presidente de la Comisión de Acceso a Medios de Comunicación del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, remitió oficio sin número del 25 de marzo del año en

    curso, signado por el C.P. Roberto Carlos Villa Delgado, Representante Propietario del Partido Político Estatal Unidad Democrática de Coahuila ante la referida autoridad estatal, mediante el cual solicitó a la misma gestionar ante el Instituto Federal Electoral la asignación de tiempos en radio y televisión.

  7. En la Cuarta Sesión Ordinaria del Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral, celebrada el 28 de mayo de 2009, se aprobó el Acuerdo del Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban las pautas para la distribución del tiempo que corresponde administrar al Instituto Federal Electoral para sus propios fines y para el ejercicio del derecho de los partidos políticos nacionales fuera de los periodos de precampaña y campañas electorales federales, conforme a lo establecido en el artículo 41, base III, apartado a, inciso g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

  8. En sesión extraordinaria del 19 de junio de 2009, el Consejo General emitió el Acuerdo [...] por el que se establecen las condiciones de acceso de los partidos políticos con registro local a tiempos de radio y televisión, identificado con la clave CG306/2009, cuyo primer punto resolutivo indicaba lo siguiente:

    PRIMERO. Los partidos políticos con registro local accederán únicamente a la distribución del tiempo disponible en radio y televisión, relativo a las etapas de precampañas y campañas electorales dentro de los procesos electorales locales en la entidad federativa correspondiente. Consecuentemente, cualquier solicitud de tiempo fuera de dichas etapas, que presenten partidos o autoridades electorales de ámbito local, será respondida en tal sentido y con base en las consideraciones contenidas en el cuerpo del presente Acuerdo.

  9. De conformidad con el artículo 210, párrafo 4 del código electoral federal, la jornada relativa al Proceso Electoral Federal 2008-2009 se llevó a cabo el domingo 5 de julio de 2009.

  10. Inconforme con el acuerdo mencionado en el antecedente VIII del presente instrumento, con fecha 6 de julio del presente año, el Partido Unidad Democrática de Coahuila por conducto de Roberto Carlos Villa Delgado, en su carácter de Representante Suplente de dicho partido ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, interpuso recurso de apelación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, con el cual se ordenó integrar el expediente identificado con la clave SUP-RAP-210/2009.

  11. El 29 de julio de 2009 el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió sentencia dentro del expediente SUP-RAP-210/2009 en los términos siguientes:

    "PRIMERO. SE REVOCA el acuerdo número CG306/2009, de diecinueve de junio de dos mil nueve, emitido por Consejo General del Instituto Federal Electoral.

    SEGUNDO. SE ORDENA al Consejo General del Instituto Federal Electoral emita otro acuerdo en un plazo de quince días naturales, contado a partir del día siguiente a aquél en que le sea notificada esta ejecutoria, en el que de respuesta a la solicitud efectuada por el Partido Unidad Democrática de Coahuila, siguiendo los lineamientos del presente fallo; debiendo informar a esta Sala Superior sobre el cumplimiento que dé a esta sentencia, dentro de las veinticuatro horas siguientes al mismo."

  12. Con fecha 11 de agosto de 2009, fue aprobado el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se atiende la solicitud formulada por el Partido Unidad Democrática de Coahuila, en acatamiento a la sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación identificada con la clave SUP-RAP-210/2009.

  13. El 19 de agosto de 2009, el Consejo General del Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo [...] por el que se emiten criterios especiales para la transmisión en radio y televisión de los programas mensuales de cinco minutos y promocionales de partidos políticos y autoridades electorales.

  14. En la misma sesión, fue aprobado el Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se establece el criterio conforme al cual se transmitirán los programas mensuales de cinco minutos de los partidos políticos en las emisoras permisionarias de radio y televisión, en acatamiento a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación identificada con la clave SUP-RAP-140/2008 y SUP-RAP-143/2008 acumulado.

  15. Con fecha 19 de agosto de 2009, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió los medios de impugnación interpuestos por los partidos políticos y las coaliciones, respecto de los resultados de la elección federal efectuada el 5 de julio de 2009.

  16. En sesión extraordinaria de fecha 21 de agosto de 2009, el Consejo General de este Instituto llevó a cabo el cómputo total y declaró la validez de la elección de diputados por el principio de representación proporcional.

  17. En esa misma fecha, la Junta General Ejecutiva del Instituto Federal Electoral emitió la declaratoria de pérdida de registro del Partido Socialdemócrata, por encontrarse bajo el supuesto previsto en el artículo 101, párrafo 1, inciso b) del código electoral federal, mediante la resolución JGE76/2009 Resolución [...] por la que se emite la declaratoria de pérdida de registro del Partido Socialdemócrata, por no haber obtenido por lo menos el dos por ciento de la votación emitida en la elección federal ordinaria para diputados por ambos principios, celebrada el 5 de julio de 2009.

  18. En su vigésimo segunda sesión extraordinaria, celebrada el 21 de agosto de 2009, el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral aprobó el Acuerdo [...] por el que se ajusta el modelo de pautas para la transmisión en radio y televisión de programas mensuales y promocionales de los partidos políticos nacionales que conservaron su registro, fuera de las etapas de precampaña y campaña de procesos electorales.

  19. En esa misma sesión, se aprobó el Acuerdo del Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral por el que se aprueban el ajuste a las pautas específicas para la transmisión en radio y televisión de programas mensuales y promocionales de los partidos políticos nacionales que conservaron su registro, fuera de las etapas de precampaña y campaña de procesos electorales.

  20. En la sesión extraordinaria aludida en los dos antecedentes previos, el Comité de Radio y Televisión del Instituto Federal Electoral también aprobó los modelos y pautas específicas para el acceso a radio y televisión de partidos políticos nacionales y locales, incorporando el criterio para la transmisión de programas mensuales en emisoras permisionarias previsto en el acuerdo descrito en el...

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