Acuerdo que modifica al anexo número 5 al Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, celebrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Jalisco
Emisor | Secretaría de Hacienda y Crédito Publico |
ACUERDO que modifica al anexo número 5 al Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, celebrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Jalisco.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
ACUERDO QUE MODIFICA AL ANEXO NUMERO 5 AL CONVENIO DE ADHESION AL SISTEMA NACIONAL DE COORDINACION FISCAL CELEBRADO POR EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO.
El Gobierno Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Jalisco convienen en modificar el Anexo número 5 al Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que tienen celebrado.
CONSIDERANDO
Que el 31 de diciembre de 1998 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se modifican diversas Leyes Fiscales y otros Ordenamientos Federales, entre otras, la Ley del Impuesto al Valor Agregado, en sus artículos 15 fracción XIII y 41 fracción VI, conforme a la cual, a partir del 1 de enero de 1999, los espectáculos públicos consistentes en funciones de cine, son objeto del pago del Impuesto al Valor Agregado y, en consecuencia, no pueden ser a su vez objeto de impuestos estatales o municipales, sin contravenir el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal.
Que derivado de la citada reforma a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, y con fundamento en el artículo 10 de la Ley de Coordinación Fiscal, es necesario modificar el Anexo número 5, celebrado por el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de Jalisco el 4 de mayo de 1992 y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 1996, por lo que ambas partes:
ACUERDAN
UNICO.- Modificar la cláusula PRIMERA del Anexo número 5 al Convenio de Adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, para quedar en los siguientes términos:
PRIMERA.- El Estado conviene con la Secretaría en establecer en su...
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