Acuerdo por el que se modifica la vigencia de la licencia federal de conductor
Fecha de disposición | 21 Abril 2010 |
Fecha de publicación | 21 Abril 2010 |
Emisor | SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS, Subsecretario de Transporte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, IX, XV y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 5o. fracciones I y IV, y 36 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1o., 3o., 18, 28, 30, 39, 41 y 88 a 91 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares; 47 del Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales y 1o., 3o., 6o. fracciones IX y X y 22 fracciones IV, XLVII y XLVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, establece que los conductores de vehículos de autotransporte federal deberán obtener y, en su caso, renovar la licencia federal que expida la Secretaría, en los términos que establezcan los reglamentos respectivos;
Que el Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares, dispone que para la operación y explotación de los servicios de autotransporte federal y los servicios auxiliares que los complementan, se sujetarán a las disposiciones de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, los tratados internacionales, dicho reglamento y las normas que emita la Secretaría; asimismo, clasifica los servicios del autotransporte federal atendiendo a la forma de operación y al tipo de vehículo para su explotación;
Que el 15 de septiembre de 1999 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Acuerdo por el que se establecen las categorías de licencia federal de conductor, atendiendo al tipo de vehículo y clase de servicio que se presta", instrumento que no se encuentra actualizado con los ordenamientos legales, y que es prioritario satisfacer requerimientos que se dan por el desarrollo de las diversas actividades sociales, políticas y económicas, y el autotransporte federal, sus servicios auxiliares y el transporte privado, no son la excepción, dado la gran injerencia que tienen en el desarrollo de otras actividades;
Que el Acuerdo de Calidad Regulatoria publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero de 2007 establece en su artículo 3 que a efecto de garantizar...
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