Segunda modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior
Fecha de disposición | 12 Octubre 2007 |
Fecha de publicación | 12 Octubre 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE ECONOMIA |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
SEGUNDA modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.
EDUARDO SOJO GARZA ALDAPE, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34, fracciones I y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5o., fracciones XI y XII de la Ley de Comercio Exterior; 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía; 5, fracciones I y II, 21, 24, 25, 29, 32, cuarto y quinto transitorios del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, y
CONSIDERANDO
Que la Ley de Comercio Exterior en su artículo 5o., fracción XII faculta a la Secretaría de Economía para emitir reglas que establezcan disposiciones de carácter general en el ámbito de su competencia, así como los criterios necesarios para el cumplimiento de las leyes, acuerdos o tratados comerciales internacionales, decretos, reglamentos y demás ordenamientos generales de su competencia;
Que el 6 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior;
Que el 3 de septiembre de 2007 la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior, dando a conocer diversas disposiciones y criterios sobre la aplicación de los programas e instrumentos de comercio exterior;
Que el 1 de noviembre de 2006 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (Decreto IMMEX), cuyas disposiciones y alcances lo convierten en un instrumento para la facilitación y promoción de las operaciones de comercio exterior, toda vez que además de reducir los costos asociados a este tipo de operaciones, permite la adopción de nuevas modalidades de hacer y operar negocios, así como la exportación de servicios;
Que los artículos cuarto y quinto transitorios del Decreto IMMEX, ordenan que esta Secretaría asignará el número de Programa IMMEX para realizar operaciones de manufactura en cualquiera de sus modalidades, a las personas morales que cuenten con autorización expedida por la misma de programas de importación temporal para producir artículos de exportación y de operación de maquila;
Que a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el considerando anterior, esta Secretaría ha publicado en el Diario Oficial de la Federación seis listados dando a conocer 5,906 números de Programas IMMEX, con lo que se tiene un avance en su asignación del 91%;
Que a fin de permitir a la totalidad de las empresas obtener el citado número, es necesario ampliar el plazo para completar dicho proceso sin afectar a las empresas, al mes de enero de 2008, plazo prudente y en que se habrá concretado el desarrollo informático que permitirá realizar la validación...
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