Modificación al Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía.

Fecha de disposición19 Junio 2017
Fecha de publicación19 Junio 2017
EmisorCENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGIA
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un logotipo, que dice: Centro Nacional de Control de Energía. EDUARDO MERAZ ATECA, Director General del Centro Nacional de Control de Energía, con fundamento en los artículos 25, párrafo quinto, 27, párrafo sexto, 28, párrafos cuarto y quinto, 49, párrafo primero, 90, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., párrafos primero y tercero, 3o., párrafo primero, fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., párrafo primero, 2o., 14, párrafo primero, fracción I, 15, párrafos primero y antepenúltimo, 22, párrafo primero, fracción I, 58, fracción VIII y 59, fracción XII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 107 y 110, párrafos primero y segundo de la Ley de la Industria Eléctrica; PRIMERO, párrafo primero, SEGUNDO, párrafo primero, SEXTO, VIGÉSIMO PRIMERO, párrafo primero, fracciones IV, X y XI, y VIGÉSIMO CUARTO del Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía; 1o. y 3o. párrafos penúltimo y último del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía, y en cumplimiento al Acuerdo número CA-014/2017-15, emitido por el Consejo de Administración del Organismo en su 15ª Sesión Extraordinaria de fecha 29 de mayo de 2017, por el que aprobó e instruyó la publicación de la modificación al Estatuto Orgánico, y

CONSIDERANDO

Que el Centro Nacional de Control de Energía (CENACE) tiene a su cargo el Control Operativo del Sistema Eléctrico Nacional; la operación del Mercado Eléctrico Mayorista y garantizar el acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución; proponer la ampliación y modernización de la Red Nacional de Transmisión y los elementos de las Redes Generales de Distribución que correspondan al Mercado Eléctrico Mayorista, y ejercer sus funciones bajo los principios de eficiencia, transparencia y objetividad, así como en condiciones de eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, seguridad y sustentabilidad en cuanto a la operación del Sistema Eléctrico Nacional.

Que por acuerdo No. CA-007/2014-02, de fecha 27 de noviembre de 2014, el Consejo de Administración aprobó la estructura básica, e instruyó al Director General para que realizara las gestiones ante las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública para la aprobación y registro de la estructura orgánica y ocupacional, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Que el 29 de junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía, el cual establece la organización y funcionamiento de las Unidades Administrativas del Organismo y la distribución de las facultades y atribuciones encomendadas al CENACE.

Que derivado de la dinámica que se tiene actualmente en el organismo público descentralizado, y con el propósito de operar el mismo con mejores estándares de calidad en las actividades y responsabilidades de las distintas Unidades Administrativas que lo integran, resulta conveniente emitir la presente modificación al Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía para el logro de los objetivos que le son aplicables en el ámbito de sus facultades.

Que con fundamento en el artículo VIGÉSIMO PRIMERO del Decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía, el Director General presentó las modificaciones antes señaladas para aprobación del Consejo de Administración.

Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15, párrafo antepenúltimo y 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, el Consejo de Administración del Centro Nacional de Control de Energía en su 15a. Sesión Extraordinaria, celebrada el día 29 de mayo de 2017, mediante acuerdo número CA-014/2017-15, aprobó la modificación al Estatuto Orgánico del referido Organismo, se expide la siguiente:

MODIFICACIÓN AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA

Artículo Único

Se ADICIONAN el párrafo segundo al punto I.1, fracción I, apartado B del artículo 3o.; la fracción VII al artículo 17; el párrafo segundo y tercero al artículo 19; el párrafo tercero al artículo 20; el artículo 43 Bis, y el párrafo tercero al artículo 52, y se MODIFICA el párrafo segundo del artículo 20, del Estatuto Orgánico del Centro Nacional de Control de Energía, para quedar como sigue:

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