Modificación del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.

Fecha de disposición14 Julio 2017
Fecha de publicación14 Julio 2017
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. La Junta de Gobierno del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, en su primera sesión extraordinaria del 15 de marzo de 2017, con fundamento en los artículos 53 y 56 fracción IX de la Ley de Ciencia y Tecnología, 15 y 58 fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, aprobó las siguientes modificaciones al Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua.

ARTÍCULOS. Se ADICIONAN modificaciones a los capítulos de considerandos, recorriendo los subsecuentes en el orden que les corresponda; se REFORMAN los artículos 5, párrafo, inciso I y del artículo 14, párrafo, del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua, para quedar como sigue:

CONSIDERANDOS

Se adicionan modificaciones a los capítulos de considerandos, recorriendo los subsecuentes en el orden que le corresponda:

Que mediante resolución conjunta de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2009, se reconoció al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua como Centro Público de Investigación.

ARTÍCULO 5

Para el ejercicio de sus atribuciones, las Unidades Administrativas contarán con las siguientes Subcoordinaciones, Subdirecciones o Subgerencias quienes ejercerán las atribuciones que les sean delegadas en función del Decreto de Creación y del Manual de Organización del Instituto, así como de este Estatuto Orgánico y de otras disposiciones legales aplicables:

  1. Coordinación de Hidráulica: a) Subcoordinación de Hidráulica Ambiental; b) Subcoordinación de Hidráulica Urbana; c) Subcoordinación de Obras y Equipos Hidráulicos y d) Subcoordinación de Tecnología Apropiada.

ARTÍCULO 14

Limnología física; oceanografía física; ingeniería de costas; modelación hidrodinámica, de transporte, advección y dispersión de solutos en ríos, cuerpos de agua superficiales y conductos presurizados; ecohidráulica; mejora de eficiencia hidráulica y energética en aprovechamiento hidráulicos; uso eficiente del agua en zonas urbanas, turismo y procesos industriales; hidráulica e hidrología urbana; sistemas de distribución de agua potable y alcantarillado; gestión de organismos operadores de agua potable y...

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