Modificación al numeral 3.12 de la Norma Oficial Mexicana NOM- 160-SCFI-2014, Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de vehículos nuevos. Publicada el 2 de septiembre de 2014.

Fecha de disposición02 Septiembre 2014
Fecha de publicación27 Septiembre 2018
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas. MODIFICACIÓN AL NUMERAL 3.12 DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-160-SCFI-2014 "PRÁCTICAS COMERCIALES-ELEMENTOS NORMATIVOS PARA LA COMERCIALIZACIÓN DE VEHÍCULOS NUEVOS". PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2014.

ALBERTO ULISES ESTEBAN MARINA, Director General de Normas y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de la Secretaría de Economía (CCONNSE), con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF); 38 fracción II, 39 fracción V, 51 segundo y tercer párrafo de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN); 1, 2, 22 fracciones I y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía (RISE), y

CONSIDERANDO

Que el día 2 de septiembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-160-SCFI-2014, "Prácticas comerciales-Elementos normativos para la comercialización de vehículos nuevos".

Que es obligación del Gobierno Federal implementar los instrumentos regulatorios que faciliten la protección del consumidor, previendo mecanismos que faciliten la expresión de la información comercial.

Que el párrafo segundo del artículo 51 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización le permite a la Secretaría de Economía la modificación de las normas oficiales mexicanas de su competencia sin seguir el procedimiento para su elaboración; siempre que no se creen nuevos requisitos o procedimientos o bien se incorporen especificaciones más estrictas.

Que las causas que motivaron la definición 3.12 no subsisten actualmente, toda vez que las necesidades del mercado han evolucionado y actualmente es más ordenado; resultando ineficiente la restricción contenida en dicha definición provocando ambigüedades para los sujetos obligados.

Que, por lo anterior, la Secretaría de Economía determina pertinente la modificación del numeral 3.12 de la NOM-160-SCFI-2014 con objeto de dar certeza sobre la definición del instrumento normativo.

Que la Modificación, en su oportunidad, se sometió al proceso de mejora regulatoria previsto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; indicando que dicha modificación no pretende crear nuevos requisitos o procedimientos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR