Circular 18/2011, dirigida a las instituciones de crédito y casas de bolsa relativa a las modificaciones al procedimiento para actuar como Formadores de Mercado de Valores Gubernamentales

Fecha de disposición29 Julio 2011
Fecha de publicación29 Julio 2011
EmisorBANCO DE MEXICO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un logotipo, que dice: Banco de México. CIRCULAR 18/2011

A LAS INSTITUCIONES DE CREDITO

Y CASAS DE BOLSA:

ASUNTO: MODIFICACIONES AL PROCEDIMIENTO PARA ACTUAR COMO FORMADORES DE MERCADO DE VALORES GUBERNAMENTALES

El Banco de México, en su carácter de agente financiero del Gobierno Federal, con el objeto de dar cumplimiento a la instrucción de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de hacer del conocimiento de esas entidades diversas modificaciones al procedimiento para actuar como formadores de mercado de valores gubernamentales a fin de fomentar la transparencia en la medición de su actividad, adjunta a la presente copia del Oficio número 305.-105/2011, emitido por dicha Secretaría, el cual entrará en vigor el próximo 1 de agosto.

Lo anterior, con fundamento en lo previsto en los artículos 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos párrafos sexto y séptimo; 3° fracción III, 7º fracción I y 10 de la Ley del Banco de México; 22 de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, así como 4º párrafo primero, 8º párrafos cuarto y séptimo, 10 párrafo primero, 14 Bis en relación con el 17 fracción I y 19 fracción VII, del Reglamento Interior del Banco de México, que le otorgan la atribución de expedir disposiciones a través de la Dirección General Jurídica y de la Dirección de Operaciones, respectivamente, así como Segundo del Acuerdo de Adscripción de las Unidades Administrativas del Banco de México fracciones VII y XI.

México, D.F., 28 de julio de 2011.- BANCO DE MEXICO.- El Director General Jurídico, Héctor Reynaldo Tinoco Jaramillo.- Rúbrica.- El Director de Operaciones, Jaime José Cortina Morfín.- Rúbrica.

"Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Crédito Público.- Oficio No. 305.-105/2011.

México, D.F., a 26 de julio de 2011.

Lic. Francisco Javier Duclaud González de Castilla

Director General de Operaciones de Banca Central

Banco de México

Presente.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por conducto de la Unidad de Crédito Público, con fundamento en los artículos fracciones I y V de la Ley General de Deuda Pública; 3º fracción III, 7º fracción I, y 10 de la Ley del Banco de México; 17 fracciones VIII, X y XXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Unico fracciones V y VII del Decreto por el que se autoriza al Ejecutivo Federal para emitir Certificados de la Tesorería de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 8 de julio de 1993; 1º fracción VI, 2º y 3º del Decreto por el que se autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a emitir Bonos de Desarrollo del Gobierno Federal, publicado en el DOF el 22 de septiembre de 1987, modificado mediante Decreto publicado en el DOF el 9 de septiembre de 1998; el Decreto por el que se establecen las obligaciones que podrán denominarse en Unidades de...

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