Modificaciones al Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Fecha de disposición | 05 Septiembre 2017 |
Fecha de publicación | 05 Septiembre 2017 |
Emisor | CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA |
Sección | PRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados |
MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Con fundamento en los artículos 6, fracción XV y 9 fracción XIII de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología y por Acuerdo 10Extraord-02/17 de la Junta de Gobierno del CONACYT en su 10a. Sesión Extraordinaria, se dan a conocer las:
MODIFICACIONES AL ESTATUTO ORGÁNICO DEL CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Se reforman los artículos: 25, en su fracción XVII; 26; 27, en sus fracciones I a la X y de la XII a la XX; 28; 29; 30; 31; 33; 34, en su fracción XI; 36, en sus fracciones IV a la VII; y 37. Se adicionan los párrafos penúltimo y último del 27, 34 y 36; Se derogan las fracciones XXI a la XXIV del 27; las fracciones XII y XIII del 34; las fracciones de la VIII a la X del 36; para quedar como sigue:
Corresponde a los titulares de las Unidades Administrativas enunciadas en las fracciones IV a VIII del artículo 8 del presente Estatuto, las siguientes facultades:
I...
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Solicitar a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales los requerimientos en materia de adquisición de bienes, arrendamientos y prestación de servicios de los capítulos 2000, 3000, 5000, para llevar a cabo los procedimientos establecidos en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y demás normatividad vigente.
Las demás que establezcan las disposiciones legales y administrativas aplicables, el presente Estatuto y las que le sean encomendadas por el Director General en el ámbito de su competencia.
Corresponde a la Dirección Adjunta de Desarrollo Científico:
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Establecer y coordinar políticas de investigación científica básica y aplicada, así como evaluar y dar seguimiento a los proyectos que presenten los sujetos de apoyo en repuesta a dichas políticas. Dirigir la atención de las demandas específicas de las dependencias y entidades de la administración pública federal, y coordinar, en conjunto con la comunidad científica, la identificación de las áreas de conocimiento prioritarias en materia científica.
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Dirigir en los términos de las disposiciones legales y administrativas aplicables, la operación del Sistema Nacional de Investigadores (SNI) y de las Cátedras CONACYT, a fin de promover la formación de capital humano de alto nivel.
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Planear las políticas para el otorgamiento de los apoyos a la investigación de largo aliento en temas de frontera y en la atención de problemas nacionales. Así como, coordinar la colaboración científica interinstitucional y de grupos de investigación inter y multidisciplinarios en áreas emergentes a través de la conformación y el impulso de redes temáticas.
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Establecer políticas y acciones que apoyen la consolidación de la infraestructura científica. En particular, dirigir el desarrollo de los laboratorios nacionales CONACYT a través de su equipamiento y certificación.
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Establecer en colaboración con la Dirección de Cooperación Internacional y en el ámbito de su competencia, acuerdos de colaboración científica internacionales.
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Establecer en colaboración con las otras unidades administrativas, la articulación transversal de las demandas de los fondos sectoriales hacia la solución de problemas nacionales.
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Autorizar en el ámbito de su competencia, la definición de los ordenamientos internos necesarios para la operación, el seguimiento y la evaluación de los programas y los proyectos de desarrollo científico.
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Planear en coordinación con las Direcciones Adjuntas en los ámbitos de sus competencias: la formación de recursos humanos de alto nivel académico; la realización de estudios de prospectiva nacional y de procesos de evaluación de sus programas; asesoría a las dependencias y entidades de la administración pública federal, así como, a solicitud expresa, a los gobiernos de las entidades federativas, de los municipios y de los organismos de los sectores público, social y privado; y evaluar sobre la pertinencia para la creación de centros de investigación en materia de ciencia.
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Coordinar programas destinados a la difusión, divulgación y apropiación social del conocimiento que permitan coadyuvar a la difusión y promoción de la cultura científica, tecnológica y de innovación. Así como a la incorporación de la dimensión de género, cuando sea pertinente, y la equidad, en las convocatorias y los procesos de evaluación.
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Planear los mecanismos para la constitución, operación, control, seguimiento administrativo y técnico, y evaluación de los fondos bajo la responsabilidad del CONACYT conforme a la LCYT; así como de los programas presupuestales a su cargo o en los que participe conforme las facultades que en cada uno de ellos se le otorgue.
Atender las demás funciones y tareas que le asignen las disposiciones legales y administrativas en el ámbito de su competencia, así como las que sean encomendadas por el Director General del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Las anteriores atribuciones podrá realizarlas la Dirección Adjunta, por sí o a través de la Estructura Orgánica bajo su adscripción.
Corresponde a la Dirección Adjunta de Desarrollo Tecnológico e Innovación:
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Autorizar programas de apoyo para la investigación, desarrollo tecnológico e innovación.
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Coordinar la vinculación y articulación entre la industria, los centros de investigación y las Instituciones de educación superior, nacionales e internacionales, y las unidades de vinculación.
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Coordinar actividades y formalizar acciones en materia de desarrollo tecnológico e innovación con las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, en el ámbito regional, para promover la descentralización.
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Establecer en los instrumentos y programas del CONACYT mecanismos de transferencia de tecnología a los sectores productivo y de servicios, así como los mecanismos para la incorporación de recursos humanos especializados a estos sectores en coordinación con las instancias competentes del CONACYT.
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Autorizar proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación que propicien la competitividad de las empresas a través de la creación y fortalecimiento de la infraestructura de investigación y desarrollo tecnológico.
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Planear la creación de unidades de vinculación y transferencia de conocimiento en las instituciones de educación superior, centros e institutos públicos o privados de investigación aplicada e innovación tecnológica.
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Promover y apoyar la creación de empresas de base tecnológica, a partir del conocimiento científico y avances tecnológicos.
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Dirigir la planeación, constitución, operación, control, seguimiento y evaluación, de los fondos y programas bajo su responsabilidad, conforme a la LCYT.
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Representar a los comités y comisiones de evaluación de los fondos establecidos en la LCYT, para la selección y coordinación de los grupos de expertos y en el enfoque de las propuestas presentadas en las convocatorias que para el efecto se emitan.
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Establecer la creación de modelos replicables de negocios basados en la innovación y el desarrollo tecnológico, con la participación de empresas y otras instancias de colaboración.
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Autorizar la constitución, operación, evaluación y control de mecanismos financieros que favorezcan el desarrollo de negocios tecnológicos de alto valor agregado a partir del conocimiento científico y el desarrollo e innovación tecnológica.
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Determinar los esquemas que propicien la generación de propiedad intelectual en sus diferentes modalidades, para facilitar la implementación de los apoyos en materia de tecnología.
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Dirigir la formación de alianzas y redes públicas y/o privadas regionales, nacionales o internacionales, que tengan como objetivo el desarrollo tecnológico y la innovación, promoviendo la participación del Sistema Nacional de Centros Públicos de Investigación.
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Establecer las acciones para instrumentar el proceso de evaluación de los proyectos que apoye a través de los fondos a su cargo, y coadyuvar con la Dirección Adjunta de Planeación y Evaluación, la evaluación de impacto de sus programas.
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Dirigir las acciones de fomento, coordinación, supervisión y evaluación técnica de los programas y estímulos en materia de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en el marco de las disposiciones legales y administrativas aplicables.
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Implementar, en el ámbito de su competencia, acuerdos de colaboración y acciones en materia tecnológica o de innovación, tanto nacionales como internacionales, coadyuvando en el caso de internacionales con la Dirección de Cooperación Internacional.
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Autorizar la realización de estudios de prospectiva nacionales e internacionales, y colaborar con las unidades, para identificar las necesidades y soluciones en materia de desarrollo tecnológico e innovación, así como formular y proponer estrategias, políticas y esquemas de innovación y desarrollo tecnológico.
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Dirigir con las unidades del CONACYT, en el diseño y operación de los esquemas que propicien incentivos para la formación, consolidación e incorporación de investigadores, en los sectores, productivo y de servicios.
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Establecer la integración y la coordinación de los comités intersectoriales y de vinculación que, en materia de tecnología e innovación, se requieran en cumplimiento a la LCYT.
Atender las demás funciones y tareas que le asignen las disposiciones legales y administrativas en el ámbito de...
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