Modificaciones al Reglamento Interior del Banco de México.

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Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- "2021: Año de la Independencia". MODIFICACIONES AL REGLAMENTO INTERIOR DEL BANCO DE MÉXICO

ÚNICO. Se ADICIONA la fracción X al artículo 15 Bis del Reglamento Interior del Banco de México, para quedar en los términos siguientes:

Artículo 15 Bis.- ...

I. a IX. ...

X. Administrar y operar el Museo Banco de México.

TRANSITORIOS

PRIMERO. La presente modificación al Reglamento Interior del Banco de México entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO. La totalidad de los actos jurídicos realizados durante la vigencia del artículo modificado, conservarán todo su valor y fuerza legales.

La presente modificación al Reglamento Interior del Banco de México fue aprobada por su Junta de Gobierno, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 46, fracción XVI, de la Ley del Banco de México, en sesión del 17 de marzo de 2021.

Ciudad de México, a 25 de marzo de 2021.- El Gobernador del Banco de México, Lic. Alejandro Díaz de León Carrillo.- Rúbrica.

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