Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda, Tu Casa, para el ejercicio fiscal 2007   

Fecha de disposición18 Mayo 2007
Fecha de publicación18 Mayo 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda, Tu Casa, para el ejercicio fiscal 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

BEATRIZ ZAVALA PENICHE, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 25 y 27 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos el Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda, Tu Casa, se destinarán exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.

Que esta Secretaría recibió el oficio 312.A.-000333 de fecha 27 de marzo de 2007, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda, Tu Casa; asimismo, recibió con fecha 30 de abril de 2007, el oficio COFEME/07/1359 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE AHORRO, SUBSIDIO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA, TU CASA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007

Unico: Se modifican las Reglas de Operación del Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda, Tu Casa, para el ejercicio fiscal 2007.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Las presentes Reglas de Operación se publican en su totalidad para mayor entendimiento.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los ocho días del mes de mayo de dos mil siete.- La Secretaria de Desarrollo Social, Beatriz Zavala Peniche.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE AHORRO, SUBSIDIO Y CREDITO PARA LA VIVIENDA TU CASA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007

1. PRESENTACION

El artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos confiere a toda familia el derecho de disfrutar de una vivienda digna y decorosa.

El Gobierno Federal, conocedor de los retos que existen en el país en materia de vivienda de interés social, derivados principalmente del crecimiento demográfico, estableció el Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda Tu Casa, diseñado para apoyar a las familias de menores ingresos económicos, situación que les permite acceder a financiamiento para su vivienda, mediante un apoyo económico otorgado como Subsidio Federal.

En el Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda Tu Casa se aplican los principios de equidad e inclusión social de manera que toda persona en situación de pobreza patrimonial, sin importar su origen étnico, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social o económica, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias o el estado civil les impidan acceder a los apoyos del Programa.

Los recursos federales se aplicarán otorgando a los Beneficiarios un apoyo económico complementario a su ahorro y a la aportación de los gobiernos estatales, municipales, o ambos, para adquirir, edificar, terminar, ampliar o mejorar su vivienda.

En este sentido, la familia como núcleo básico de la sociedad, será la beneficiaria de este programa y que recibirán a través de su representante (Jefe de Familia), los apoyos correspondientes.

1.1 GLOSARIO DE TERMINOS

Para los efectos del Programa de Ahorro, Subsidio y Crédito para la Vivienda Tu Casa, se entenderá y utilizará cada uno de los siguientes términos como indica su definición.

Acta de Entrega Recepción de Subsidio Federal: Es el documento que comprueba la entrega del Subsidio al Beneficiario. Debidamente firmado por el Beneficiario, hace las veces de Recibo de Subsidio Federal. Está contenida como parte desprendible en el Certificado de Subsidio Federal.

Adquisición de vivienda: La compra de una vivienda nueva o usada, en cualquiera de las modalidades contempladas en el Programa Tu Casa; es decir, Unidad Básica de Vivienda y Unidad de Vivienda Económica.

Ahorro previo: Cantidad en dinero que el Solicitante Calificado aportará a la Instancia Ejecutora, para que se aplique a la adquisición, edificación, ampliación o mejoramiento de una vivienda.

Ampliación de vivienda: Se considera como ampliación de vivienda, la construcción de uno o dos espacios habitables, adicionales a la vivienda existente.

Aportación de la Instancia Ejecutora: Es el apoyo económico o en especie que brindan los gobiernos estatales, municipales, o ambos, para la adquisición, edificación, ampliación o mejoramiento de una vivienda. La aportación de la Instancia Ejecutora deberá otorgarse como un subsidio al Beneficiario.

Apoyo económico federal: Ver Subsidio federal.

Beneficiario: El ciudadano que recibe el apoyo económico federal para una acción de vivienda.

Bono: Bono de Subsidio Federal: Talón incluido en el Certificado de Subsidio Federal con el que, endosado a su favor por el Beneficiario, la Instancia Ejecutora solicita al FONHAPO el importe del subsidio federal otorgado al Beneficiario, para aplicarlo a la acción de vivienda correspondiente.

CIS: Cédula de Información Socioeconómica: Formato donde se recopilan los datos socioeconómicos y de la vivienda en que habita el solicitante del subsidio federal. Esta será la base para calificar al solicitante mediante el sistema informático diseñado por el FONHAPO. Firmada por el solicitante hace las veces de Solicitud para ingresar al Programa Tu Casa. ANEXO I de las Reglas.

CDI: Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

Certificado: Certificado de Subsidio Federal: Documento que expide el FONHAPO para los Beneficiarios del Programa Tu Casa. Este documento da certidumbre al Beneficiario del Programa Tu Casa, sobre el monto del subsidio federal. El acuse de recibo contenido en el Acta de Entrega Recepción del Cerificado y Bono, firmado por el Beneficiario acreditará el subsidio federal otorgado.

Comunidad: El conglomerado de familias que habitan en el medio rural, cuya tenencia de la tierra se da en términos de propiedad colectiva o comunal.

CONAFOVI: Comisión Nacional de Fomento a la Vivienda.

CONAPO: Consejo Nacional de Población.

Contrato de Ejecución: Contrato de Ejecución de Acción de Vivienda: que celebran el Beneficiario del Programa Tu Casa y la Instancia Ejecutora, donde se establecen las condiciones y tiempos para que esta última realice la acción de vivienda acordada con el beneficiario. Según la modalidad, puede ser de tres tipos.

CONAVI: Comisión Nacional de Vivienda: Organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, por conducto del cual el Ejecutivo Federal ejerce las atribuciones que la Ley de Vivienda y otras leyes le confieren. www.conavi.gob.mx

Contrato Privado de Donación y Convenio de Edificación: Celebrado cuando la Instancia Ejecutora otorga al Beneficiario la propiedad del lote de terreno, con los servicios de agua, drenaje y energía eléctrica, en el que se edificará la Vivienda.

Contrato Privado de Compra Venta y Convenio de Edificación: Celebrado cuando la Instancia Ejecutora otorga su apoyo al Beneficiario, por medio de un crédito para la adquisición del lote de terreno, con los servicios de agua, drenaje y energía eléctrica, en el que se edificará la Vivienda y;

Contrato Privado de Crédito y Convenio de Ejecución: Celebrado cuando la acción de vivienda, sea edificación, ampliación o mejoramiento, se realizará en terreno propiedad del Beneficiario. En él se establece el financiamiento que la Instancia Ejecutora otorgará al beneficiario, así como las condiciones y plazo.

Convenio de Ejecución: Convenio de Ejecución del Programa Tu Casa: Convenio celebrado entre el Municipio y el FONHAPO, en el que se establecen el número de acciones y las modalidades, así como los montos de los apoyos que otorgarán las partes a los Beneficiarios del Programa Tu Casa.

Convenio Especial: Convenio Especial para la Terminación del Programa VivAh...

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