Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2007

Fecha de disposición28 Febrero 2007
Fecha de publicación28 Febrero 2007
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

BEATRIZ ZAVALA PENICHE, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 43 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 25, 27 y Décimo Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2007; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos, podrá señalar los programas, a través de los cuales se otorguen subsidios, que deberán sujetarse a reglas de operación con el objeto de asegurar que la aplicación de los recursos públicos se realice con eficiencia, eficacia, economía, honradez y transparencia. Asimismo, se señalarán en el Presupuesto de Egresos los criterios generales a los cuales se sujetarán las reglas de operación de los programas.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, entre ellos el Programa de Coinversión Social, se destinarán exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, mediante acciones que promuevan la superación de la pobreza a través de la educación, la salud, la alimentación, la generación de empleo e ingreso, autoempleo y capacitación; programas asistenciales; el desarrollo regional; la infraestructura social básica y el fomento del sector social de la economía; conforme lo establece el artículo 14 de la Ley General de Desarrollo Social, y tomando en consideración los criterios que propongan las entidades federativas. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las reglas de operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, las dependencias serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. Las nuevas reglas de operación deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el último día hábil de febrero.

Que esta Secretaría recibió el oficio 312.A.-000111 de fecha 1 de febrero de 2007, de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público por el que emitió la autorización correspondiente a las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social; asimismo, recibió con fecha 9 de febrero de 2007, el oficio COFEME/07/0525 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria por el que se emitió el dictamen respectivo, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE COINVERSION SOCIAL, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007

Unico: Se modifican las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, para el ejercicio fiscal 2007.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- Se abrogan los Lineamientos Específicos del Programa de Coinversión Social 2005, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 23 de marzo de 2005 y modificados mediante publicaciones en dicho órgano de difusión, de fechas 14 y 23 de diciembre de 2005.

TERCERO.- Las presentes Reglas de Operación se publican en su totalidad para mayor entendimiento.

Dado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los doce días del mes de febrero de dos mil siete.- La Secretaria de Desarrollo Social, Beatríz Zavala Peniche.- Rúbrica.

Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social para el Ejercicio Fiscal 2007

1. Presentación

El Programa de Coinversión Social, a cargo de la Secretaría de Desarrollo Social y operado por el Instituto Nacional de Desarrollo Social, promueve y fortalece la participación de actores sociales en acciones de desarrollo social y la generación de conocimiento y metodologías que son de utilidad para la política pública. Las acciones apoyadas por este Programa se enfocan a la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social y son llevadas a cabo bajo un marco de corresponsabilidad.

Por corresponsabilidad se entiende la participación conjunta de los actores sociales con el gobierno federal y, en su caso, estatal, para la realización de los proyectos convenidos. Los actores sociales participarán mediante la aportación de sus conocimientos, experiencia en actividades de promoción social y la coinversión de sus recursos humanos, materiales y financieros; mientras que los gobiernos federal y/o estatal otorgarán recursos a través del Programa de Coinversión Social.

1.1 Glosario

a) Acta de dictaminación: Documento que asienta los nombres de los integrantes de la Comisión Dictaminadora así como los acuerdos de la misma.

b) Actores Sociales: Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), Instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación y/o Gobiernos Municipales que participan en este programa mediante la presentación de proyectos dirigidos a impulsar el desarrollo social y humano con equidad de género y la creación de oportunidades y el fortalecimiento de capacidades.

c) AREP: Agentes Responsables de la Ejecución de los Proyectos (denominación que aplica a los actores sociales cuyos proyectos resultan elegibles y que suscriban el instrumento jurídico correspondiente).

d) Coinversión: la aportación de los conocimientos, experiencias y actividades de promoción social de los actores sociales, así como de sus recursos humanos, materiales y financieros, la cual podrá ser monetaria y no monetaria.

e) Coinversión monetaria: aportación de recursos económicos, en moneda nacional o extranjera que realiza el actor social para el desarrollo del proyecto.

f) Coinversión no monetaria: aportación en especie que el actor social destinará para la realización del proyecto; que puede ser en infraestructura y equipo (como terrenos, locales, maquinaria, vehículos, mobiliario y equipo de cómputo); en recursos humanos (como empleos voluntarios, becas, igualas, honorarios u otro tipo de pago o compensación por servicio o función); e insumos (como papelería, material de oficina, material didáctico, material de difusión, luz, teléfono, agua, predial, etc.).

g) CURP: Clave Unica de Registro Poblacional.

h) Delegación(es): Delegación(es) de la Sedesol en la(s) Entidad(es) Federativa(s).

i) Indesol: Instituto Nacional de Desarrollo Social.

j) Instrumento jurídico: Convenios o contratos de concertación o convenios de coordinación que se celebren con los distintos AREP.

k) Programa: Programa de Coinversión Social.

l) Registro: Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

m) Redes: Conjunto de actores sociales diversos que unen esfuerzos y voluntades generando sinergias.

n) RFC: Registro Federal de Contribuyentes.

o) Sedesol: Secretaría de Desarrollo Social.

p) Sistema Electrónico del Programa: Sistema de Gestión de Proyectos del Programa de Coinversión Social.

q) TESOFE: Tesorería de la Federación.

2. Objetivos

2.1 Generales

Fomentar el desarrollo social y humano de la población en situación de pobreza, exclusión, marginación, desigualdad por género o vulnerabilidad social, a través de la participación corresponsable de los actores sociales, a efecto de generar las condiciones que permitan que el individuo y su comunidad estén en posibilidad de crear su propio desarrollo.

2.2 Específicos

a) Fortalecer las acciones de los actores sociales para el desarrollo social y humano de la población objetivo del Programa.

b) Promover la generación y ampliación del capital social, mediante el fortalecimiento de los actores sociales generadores de redes, confianza, cooperación y acción colectiva para propósitos comunes de desarrollo social.

c) Favorecer la promoción y defensa de los derechos para el desarrollo de la población objetivo del Programa.

d) Fortalecer las políticas públicas de desarrollo social mediante la generación de conocimientos en la materia, que conduzca a la mejora de condiciones de vida de la población objetivo del Programa.

3. Lineamientos generales

3.1 Vertientes del Programa

El Programa opera con las siguientes vertientes:

a) Promoción del Desarrollo Humano y Social: Proyectos dirigidos a la ampliación de oportunidades y acciones de protección, para mejorar las condiciones de vida de la población en pobreza y vulnerabilidad, el desarrollo comunitario y su integración a la vida productiva y social, así como el fortalecimiento del capital social, entendido como las redes, las normas y la confianza que facilitan la cooperación y la acción colectiva para lograr intereses comunes.

b) Fortalecimiento y Profesionalización Institucional: Proyectos dirigidos a mejorar las capacidades, conocimientos, habilidades y metodologías para el desarrollo social, la gestión y organización de los actores sociales, la participación ciudadana en las políticas públicas, así como promover la articulación entre dichos actores sociales con los tres órdenes de gobierno, para generar sinergias, mayor concurrencia de recursos e impacto social.

c) Investigación para el Desarrollo Social: Proyectos que generen y difundan conocimientos, metodologías, instrumentos, diagnósticos, propuestas y recomendaciones, entre otros, para fortalecer el diseño, instrumentación y evaluación de políticas...

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