Acuerdo por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2004, publicadas el 25 de marzo de 2003

Fecha de disposición23 Marzo 2004
Fecha de publicación23 Marzo 2004
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se modifican las Reglas de Operación del Programa Hábitat para el Ejercicio Fiscal 2004, publicadas el 25 de marzo de 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

JOSEFINA EUGENIA VAZQUEZ MOTA, Secretaria de Desarrollo Social, con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 55 fracción III, y 57 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, dispone que con el objeto de asegurar una aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, los programas, entre otros, el Programa Hábitat deberán sujetarse a Reglas de Operación conforme a los requisitos, criterios e indicadores que el mismo establece.

Que los programas de subsidios del Ramo Administrativo 20 Desarrollo Social, se destinarán exclusivamente a la población en condiciones de pobreza y de marginación de acuerdo con los criterios oficiales dados a conocer por la Secretaría de Desarrollo Social, a través de acciones que promuevan el desarrollo integral de las personas, comunidades y familias, la generación de ingresos y de empleos, y el desarrollo local y regional. Los recursos de dichos programas se ejercerán conforme a las Reglas de Operación emitidas y las demás disposiciones aplicables.

Que en este marco, dichas Reglas de Operación deberán ser autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictaminadas por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, a efecto de que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación, a más tardar a los 10 días hábiles posteriores a que se obtengan la autorización y el dictamen respectivos, así como ponerlas a disposición de la población en términos de la Ley Federal de...

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