Decreto por el que se declara zona de monumentos arqueológicos el área conocida como Dzibilnocac, en el Municipio de Hopelchén, Estado de Campeche. (Segunda publicación

Fecha de disposición26 Diciembre 2002
Fecha de publicación26 Diciembre 2002
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se declara zona de monumentos arqueológicos el área conocida como Dzibilnocac, en el Municipio de Hopelchén, Estado de Campeche. (Segunda publicación)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 2o., 5o., 23, 27, 28, 30, 37, 38, 39, 42, 43 y 44 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; 2o., 29 y 43 de la Ley General de Bienes Nacionales; 2o. de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia; 33 de la Ley de Planeación; 6o. y 10 de la Ley General de Asentamientos Humanos; así como 32 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 reconoce el valor de nuestras profundas raíces históricas y culturales para darnos sentido de Nación y que, para construir el México pleno de unidad nacional al que aspiramos, es necesario preservar y difundir nuestra riqueza cultural;

Que la zona arqueológica conocida como Dzibilnocac, ubicada en el municipio de Hopelchén, en el estado de Campeche, ocupa una superficie de 29 hectáreas, 67 áreas y 44.65 centiáreas;

Que de acuerdo a los estudios técnicos realizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, señalan una cronología para la zona arqueológica que se remonta a un periodo de ocupación desde el 600 a.C. hasta el 900 d.C.;

Que esta zona conserva abundantes restos de arquitectura monumental, así como varias esculturas y estelas, algunas con inscripciones jeroglíficas y que sus construcciones ejemplifican con claridad el estilo Chenes y, en menor proporción, el Puuc;

Que en Dzibilnocac, la cantidad y calidad de los edificios pertenecientes a los siglos VII al X de nuestra era, junto con la presencia de varios textos jeroglíficos, indican que en ese tiempo esta zona jugó un importante rol económico y político en la región;

Que la zona arqueológica de Dzibilnocac ha sido destruida en gran medida por el asentamiento moderno del poblado de Iturbide, siendo necesario terminar con los daños al patrimonio arqueológico ahí existente, y

Que para atender a la preservación del legado arqueológico que existe en la zona arqueológica conocida como Dzibilnocac, es necesario otorgarle la protección que las leyes de los Estados Unidos Mexicanos establecen para estos casos, incorporándola al régimen...

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